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73 NORMAS LEGALES Viernes 18 de julio de 2025 El Peruano / Convenio Marco y Convenio Especí fi co, a desarrollarse en la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy – Argentina del 02 al 07 de agosto del 2025; previo a ello se deberá tramitar el presupuesto que corresponde antes las diferentes instancias administrativas; encargando a la Ofi cina de Secretaria General, la emisión de la Resolución de aprobación respectiva; Que, con Memorando N° 491-2025-R-UNAMBA el Rectorado dispone a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, emitir la disponibilidad presupuestal para la participación del Rector y Vicerrector Académico en las actividades a desarrollarse en la Universidad Nacional de Jujuy en Argentina; y mediante Informe N 014-2025-OPP- UNAMBA, el Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, comunica la disponibilidad presupuestal para pasajes y viáticos por cinco (05) días, afecto al centro de Costo del Rectorado por el importe de S/.9,734.91 soles, meta 0027, fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados; y Vicerrectorado Académico por el importe de S/.9,744.28, meta 006, fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados; en el marco de la Resolución N° 106-2025-R-UNAMBA y su modi fi catoria con la Resolución N° 403-2025-R-UNAMBA, y su publicación en el diario o fi cial El Peruano, para lo cual se emitió la asignación presupuestal al centro de costo de la O fi cina de Imagen Institucional, meta 029, especi fi ca de gasto 2.3.2 2.51, fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados; Que, estando a los considerandos antes expuestos y en uso de las atribuciones, facultades y autonomía universitaria conferidas por la Constitución Política del Estado, Ley Universitaria, Ley N° 30220, el Estatuto Universitario; Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; al Rector de la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac, en calidad de presidente del Consejo Universitario; 9,569.81 SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje en comisión de servicios al Dr. Wilber Jiménez Mendoza, Rector de la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac, y al Dr. Mauro Huayapa Huaynacho, Vicerrector Académico, a la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy – Argentina del 02 al 07 de agosto del 2025, con la fi nalidad de participar en actividades interinstitucionales que permitan la suscripción de Convenio Marco y Especi fi co, por las consideraciones antes expuestas. Artículo Segundo.- ESTABLECER, la asignación presupuestal para el habilito de viáticos y pasajes desde la ciudad de Cusco – Lima – Argentina – Jujuy y viceversa, por el importe de S/.9,734.91 que se afectara a la meta 0027 y el monto de S/.9,744.28 afecto a la meta 006, fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, del Pliego 539: Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Dirección General de Administración, O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, Unidad de Recursos Humanos, Unidad de Abastecimiento de la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac, adoptar las acciones correspondientes para el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Cuarto.- PUBLICAR, la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional, realizar la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y a la O fi cina de Tecnologías de la Información, la publicación en el Portal Institucional de la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac. Regístrese, comuníquese, publiquese y archívese.WILBER JIMÉNEZ MENDOZA Rector LIDA I. PANIURA RODAS Secretaria General 2419616-1Aprueban el Reconocimiento de docente de la Universidad Nacional de Moquegua como Becario del Programa de Movilidad Académica Administrativa (PMAA) de CRISCOS, bajo la modalidad docente en universidad de Bolivia UNIVERSIDAD NACIONAL DE MOQUEGUA RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO N° 325-2025-CU- UNAM Moquegua, 14 de mayo de 2025VISTOS: El Proveído N° 1744-2025 de fecha 13 de mayo del 2025 emitido por el Rectorado, Informe Legal N° 0530-2025-OAJ-R/UNAM de fecha 12 de mayo de 2025 emitido por el Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica, Informe N° 136-2025/OCRI/R/UNAM con sello de recepción de fecha 07 de mayo de 2025 emitido por el Jefe de la O fi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales, Carta de Aceptación S/N CITE: REC- 207-2024, de fecha 16 de diciembre de 2024 emitida por la Secretaría General Nacional de la Universidad Privada Domingo Savio - Bolivia, el Acuerdo del Pleno del Consejo Universitario de Sesión Extraordinaria N° 014-2025-SE-CU-UNAM de fecha 14 de mayo de 2025, y; CONSIDERANDO:Que, conforme al 4to párrafo del artículo 18, de la Constitución Política del Perú, dispone que cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Y el artículo 8º de la Ley N° 30220-Ley Universitaria, establece que la referida autonomía inherente a las Universidades, se ejerce de conformidad con la Constitución y demás normativa aplicable. Concordante con el artículo 1, de la Ley N° 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas, así como la Ley N° 32141, Ley que modi fi ca la Ley N° 30220-Ley Universitaria, a fi n de fortalecer la institucionalidad de las Universidades Públicas licenciadas; Que, el artículo 58° de la Ley N° 30220-Ley Universitaria, establece que el Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica y administrativa de la Universidad. Concordante con el artículo 14° del Estatuto de la UNAM, aprobado bajo Resolución N° 578-2021-UNAM; Que, el numeral 59.14 del artículo 59° de la Ley N° 30220-Ley Universitaria, establece las atribuciones del Consejo Universitario, estando entre ellas: Conocer y resolver todos los demás asuntos que no están encomendados a otras autoridades universitarias, concordante con el numeral 15, del artículo 16° del Estatuto de la UNAM; Que, el señor Rector es el personero y representante legal de la Universidad Nacional de Moquegua, conforme a lo dispuesto por la Ley N° 30220-Ley Universitaria, tiene a su cargo la Dirección, Conducción y Gestión del Gobierno Universitario en todos sus ámbitos, concordante con el artículo 18° y numeral 2 del artículo 20° del Estatuto de la UNAM; Que, mediante Informe N° 136-2025/OCRI/R/ UNAM con sello de recepción de fecha 07 de mayo de 2025, el Jefe de la O fi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales de la UNAM, informa sobre la conclusión del proceso de postulación al Programa de Movilidad Académica Administrativa (PMAA) siendo los países participantes Perú, Paraguay, Argentina, Chile, Ecuador y Bolivia; El Programa de Movilidad Académica y Administrativa (PMAA) tiene como objetivo principal fomentar el intercambio de conocimientos, experiencias y mejores prácticas entre instituciones educativas y administrativas, con el fi n de fortalecer las capacidades institucionales,