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72 NORMAS LEGALES Viernes 18 de julio de 2025 El Peruano / los OCI, y demás disposiciones aplicables para dicho proceso; Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, y estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando N° 000728-2025-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa N° 000510-2025-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que da término a la designación y designa en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, entidad bajo el ámbito de la Gerencia de Control Político Institucional y Económico, de conformidad con la propuesta elevada por la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial, disponiendo las acciones de personal necesarias; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, y de conformidad a lo dispuesto en la Directiva N° 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por terminada la designación del señor Luis Antonio Ramírez Soto, en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI.Artículo 2.- Designar al señor Luis Alberto Gil Pasquel en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI. Artículo 3.- Las acciones de personal dispuestas en los artículos 1 y 2 precedentes, tendrán efectividad a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, sin perjuicio del procedimiento de entrega y recepción de cargo correspondiente. Artículo 4.- Disponer que la entidad proporcione los medios necesarios para el ejercicio de la función de control, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- Disponer que el personal de la Contraloría General de la República, a mérito de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente resolución, deberá presentarse al órgano o unidad orgánica que corresponda. Artículo 6.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Gerencia de Administración y la Gerencia de Tecnologías de la Información de la Contraloría General de la República, adopten las acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 7.- Publicar la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (https:// www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR ENRIQUE AGUILAR SURICHAQUI Contralor General de la República 2420490-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de Rector y Vicerrector Académico de la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac a Argentina, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL MICAELA BASTIDAS DE APURÍMAC SECRETARÍA GENERAL CONSEJO UNIVERSITARIO RESOLUCIÓN N° 321-2025-CU- UNAMBA Abancay, 3 de julio del 2025VISTO:El acuerdo de Consejo Universitario adoptado en Sesión Ordinaria de fecha 20 de junio del 2025, y el expediente administrativo con registro N° 1039-SG., sobre autorización de viaje al exterior del Rector y Vicerrector Académico de la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac; y, CONSIDERANDO:Que, por Ley N° 27348, del 26 de setiembre del 2000, se crea la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac; y por Resolución del Consejo Directivo N° 021-2020-SUNEDU/CD del 04 de febrero del 2020, el Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU, le otorga la Licencia Institucional; Que, de conformidad con el cuarto párrafo del Artículo 18° de la Constitución Política del Perú, las universidades gozan de autonomía en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, y se rigen por sus propios Estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes; Que, la Ley Universitaria, Ley Nº 30220, en su artículo 8º, respecto a la autonomía universitaria, establece que “El Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable. Esta autonomía se mani fi esta en los siguientes regímenes: Normativo, De gobierno, Académico, Administrativo y Económico”; Que, en el artículo 58º de la Ley Universitaria, Ley Nº 30220, señala que “El Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica y administrativa de la universidad”; Que, mediante Resolución Nº 035-2024-CEU-UNAMBA, de fecha 15 de julio de 2024, el Comité Electoral Universitario de la UNAMBA, reconoce y proclama al Dr. Wilber Jiménez Mendoza, como Rector, Dr. Mauro Huayapa Huaynacho, Vicerrector Académico y Dr. Wilson John Mollocondo Flores, Vicerrector de Investigación, de la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac, a partir del 01 de agosto del 2024 hasta el 31 de julio del 2029; Que, la Ley de Presupuesto del Sector Público 2025, la Ley Nº 32185, establece en su artículo 10º que las autorizaciones de viajes al exterior para funcionarios públicos, incluidos rectores y docentes universitarios, deben cumplir con la Ley Nº 27619 y su reglamento, que regula los viajes que impliquen gastos al Tesoro Público, requiere su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” antes del viaje, concordante con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, mediante Carta Nº 237-2025-OCRI-UNAMBA, de fecha 06 de junio del 2025, la Jefa de la O fi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales, señala que se tiene la invitación de parte del Rector de la Universidad Nacional de Jujuy, para la visita a la ciudad de San Salvador de Jujuy, provincia Jujuy – Argentina; con el propósito de suscribir los Convenios Marco y Especí fi co, que tienen por objetivo fortalecer los vínculos académicos, cientí fi cos, investigación, en bene fi cio de la comunidad universitaria; Que, habiéndose sometido al pleno del Consejo Universitario en sesión ordinaria de fecha 20 de junio del 2025, se aprueba por unanimidad, Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicio al Dr. Wilber Jiménez Mendoza, Rector y al Dr. Mauro Huayapa Huaynacho Vicerrector Académico de la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac, para participar en la suscripción de