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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JULIO DEL AÑO 2025 (18/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 86

TEXTO PAGINA: 75

75 NORMAS LEGALES Viernes 18 de julio de 2025 El Peruano / Que, con O fi cio Nro. 21-2025/ DAIC-FIC-UNSAAC/ VIRTUAL, el Director del Departamento Académico de Ingeniería Civil, eleva el Acta de Sesión Ordinaria de Junta de Docentes de fecha 21 de mayo de 2025 en el cual se acordó la autorización de viaje de estudios a la Carrera Profesional de Ingeniería Civil de la Universidad Federal de Acre (UFAC), Brasil en fecha 14 al 18 de julio del 2025, Que, el Jefe de la Unidad del Centro de Cómputo con Informe Nro.258-2025-UCC-OTI-UNSAAC-VIRTUAL, señala que conforme al Informe del Operador PAD, los Estudiantes de la Escuela Profesional de Ingeniería Civil, se encuentran matriculados en el Semestre Académico 2025-I cuya relación se adjunta al presente formando parte de la presente Resolución; Que, conforme a lo señalado, la Jefe de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Institución, expide el Informe de disponibilidad de Crédito Presupuestario Nro.1283-2025 y Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nro. 1947- 2025 indicando que existe crédito presupuestal, debiendo afectarse conforme al detalle que aparece en el anexo de la presente Resolución; Que, a través del Informe Nro. 074-2025-DIGA/UL/UT- UNSAAC el jefe del Equipo de Transportes señala que la petición será atendida de acuerdo al Informe que se detalla en la resolutiva de la presente; Que, a la fecha en lo concerniente a la ejecución de gasto público, está vigente la Ley 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2025, especialmente la Ley que regula viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos Nro. 27619, Normas Legales que establecen procedimientos rigurosos para dichos fi nes; Que, al respecto el Art. 1º de la Ley 27619, ordena expresamente que los viajes al exterior de servidores de las Universidades Públicas, se autorizan mediante Resolución de la más alta autoridad; asimismo el Art. 3 de la referida Ley señala que las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, la Autoridad Universitaria, ha tomado conocimiento del expediente y ha dispuesto la emisión de la Resolución respectiva, con cargo a dar cuenta al Consejo Universitario; Estando a lo solicitado, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2025, Ley Nº 32185 Informe Escalafonario Nro. 1634--2025-SUEP-URH-DIGA/UNSAAC y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y Estatuto Universitario; RESUELVE: Primero.- DECLARAR EN COMISIÓN DE SERVICIO al Ing. CARLOS HUGO LOAYZA SCHIAFFINO, Profesor Principal a Dedicación Exclusiva, Mgt. GORKI FEDERICO ASCUE SALAS, Profesor Auxiliar a Tiempo Completo; Dr. EDWIN ASTETE SAMANEZ, Profesor Asociado a Tiempo Completo en el Departamento Académico y Facultad de Ingeniería Civil de la Institución, los días 14 al 18 de julio de 2025, quienes de conformidad a la programación del sílabo de las asignaturas que regentan: “APROVECHAMIENTOS HIDROELÉCTRICOS y OBRAS HIDRÁULICA, realizarán viaje de estudios con treinta y dos (32) alumnos, a la Universidad Federal Do Acre (UFAC) - Brasil, del 14 al 18 de julio de 2025; asimismo a los señores: YONIFER FELIPE MUÑOZ CAMA y DARIO MENDOZA GIL, Choferes de la Institución, quienes brindarán servicio de movilidad. Segundo.- AUTORIZAR el viaje de estudios de treinta y dos (32) estudiantes de la Escuela Profesional de Ingeniería Civil de la Facultad de Ingeniería Civil de la UNSAAC, a la Universidad Federal Do Acre (UFAC) –BRASIL, del 14 al 18 de julio de 2025 matriculados en las asignaturas de: “APROVECHAMIENTOS HIDROELÉCTRICOS y OBRAS HIDRÁULICA, Semestre Académico 2025-I bajo la conducción y responsabilidad de los docentes: Ing. CARLOS HUGO LOAYZA SCHIAFFINO, Mgt. GORKI FEDERICO ASCUE SALAS, y Dr. EDWIN ASTETE SAMANEZ, Profesores en el Departamento Académico y Facultad de Ingeniería Civil de la Institución.Tercero.- AUTORIZAR, a la Dirección General de Administración, a favor de los comisionados lo siguiente: DOCENTES: Ing. CARLOS HUGO LOAYZA SCHIAFFINO, Mgt. GORKI FEDERICO ASCUE SALAS, y Dr. EDWIN ASTETE SAMANEZ, Personal Administrativo YONIFER FELIPE MUÑOZ CAMA y DARIO MENDOZA GIL • Viáticos Nacionales por dos (02 ) días en la suma de S/ 320.00 día a cada uno • Viáticos Internacionales por tres (03) días: $ 370.00 día c/u (3,929.4-T.C 3.54 al 7/7/-SUNAT) Cuarto.- DISPONER, a la Dirección General de Administración, otorgue a favor de cada uno de los treinta y dos (32) estudiantes de la Escuela Profesional de Ingeniería Civil Turismo, lo siguiente: 32 ESTUDIANTES• Subvención Económica en el importe de S/ 2.300.00 soles a cada uno (incluye alimentación, hospedaje y movilidad local) Quinto.- DISPONER que el egreso se atienda con cargo a la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nota, Nro.0000001947-2025 e Informe de Disponibilidad de Crédito Presupuestario Nro. 1283-2025 que en anexo constituye parte de la presente Resolución. Sexto.- AUTORIZAR la salida de la unidad móvil de placa de rodaje Nro. EAI-327 bajo la conducción de los Sres: YONIFER FELIPE MUÑOZ CAMA y DARIO MENDOZA GIL, Choferes de la Institución. Séptimo.- DEJAR ESTABLECIDO que la ruta Cusco- Rio Branco Acre Brasil-Cusco (225 galones cubren los usuarios) más (Urea Automotriz 13 galones, estarán a cargo de la parte usuaria) Octavo.- DISPONER que la Unidad de Abastecimiento de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial el Peruano, conforme a lo establecido en el Ar. 3º de la Ley 27619 Noveno.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación de los comisionados de presentar ante la Dirección General de Administración, el Formato Nro. 1 Declaración de Compromiso, asimismo están en la obligación de presentar ante la Dirección General de Administración, la rendición de cuenta documentada con los comprobantes de pago que constituya la sustentación de gasto ( Facturas, Boletas de Venta y/o Electrónica, Tickets, Boletos de viaje y Declaración Jurada con carácter excepcional ) siempre que no haga usos de la movilidad institucional, el comisionado deberá de sustentar con alimentación y alojamiento al 100% con comprobantes de pago, debidamente girados a nombre de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco “UNSAAC” por concepto de ALIMENTACIÓN, ALOJAMIENTO Y/O MOVILIDAD; rendición de cuentas que debe ser presentada en el plazo máximo de (10) días hábiles, posteriores a la fecha de retorno, perdiendo el derecho luego del citado periodo y el Formato Nro. 3 que deberá ser remitido de manera virtual al correo electrónico institucional área.integracióncontable@unsaac.edu.pe.el mismo día de la presentación de la documentación física, con el tenor “RENDICIÓN DE CUENTAS- RESOLUCIÓN Nro..NOMBRE DEL BENEFICIARIO”, para cuyo efecto presentará los formatos Nros. 02,03 y 04 aprobados mediante Resolución Nro. CU-0309-2020-UNSAAC de fecha 10 de septiembre de 2020 proporcionados por el Área de Tesorería de la Dirección General de Administración, igualmente presentarán informe ante el Decanato de la Facultad igualmente informe ante el Despacho Rectoral, respectivamente. Décimo.- DISPONER que al vencimiento del plazo establecido, la Dirección General de Administración, deberá comunicar el incumplimiento a la Unidad de Recursos Humanos, para la correspondiente retención en Planilla Única de Pagos y demás acciones contempladas en el Numeral 7.1.6.3 de la DIRECTIVA PARA AUTORIZACIÓN DE VIAJES Y OTORGAMIENTO DE VIÁTICOS POR COMISIÓN DE SERVICIO DENTRO