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77 NORMAS LEGALES Jueves 5 de junio de 2025 El Peruano / Cuarta Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad Callao, Lima Centro, Lima Este, Lima Norte, Lima Noroeste y Lima Sur, con sede en la ciudad de Lima Centro; laborando a la fecha en virtud a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. Con la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1253-2025-MP-FN, de fecha 24 de abril de 2025, se resolvió designar al abogado Renato Daniel Lavy Coral, fi scal adjunto provincial titular especializado en derechos humanos e interculturalidad de Lima Centro, Distrito Fiscal de Lima Centro, en el Equipo Especial de Fiscales para casos con víctimas durante las protestas sociales. Según el numeral 64.1 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modi fi cada por la Ley Nº 31718, los fi scales titulares son aquellos a los que se nombra de manera permanente para el ejercicio de la función fi scal en el nivel que corresponde. Según el numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modi fi cada por la Ley Nº 31718, los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. El artículo 65 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley Nº 31718, establece que el fi scal llamado a cubrir provisionalmente una plaza superior es aquel que ocupe el puesto más alto en el cuadro de méritos de su nivel, como consecuencia del proceso de evaluación del desempeño parcial. En defecto de ello, el nombramiento se realiza respetando el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El Tribunal Constitucional, en reiterada jurisprudencia, ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); y, la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. Estando a que el Ministerio Público ha establecido como Objetivo Estratégico Institucional (OEI. 01): “Incrementar la capacidad resolutiva de casos fi scales requeridos por la sociedad”; se considera necesario contar con fi scales que cuenten con experiencia en las funciones a desempeñar. En ese sentido, conforme a las prerrogativas y a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la fi nalidad de coadyuvar a la labor fi scal y alcanzar el Objetivo Estratégico Institucional antes señalado, así como los objetivos establecidos en el Plan Estratégico Institucional (PEI) que guarda consonancia con la función del Ministerio Público prevista en la Constitución Política del Estado; se ha considerado oportuno designar, de acuerdo a la especialidad en su desempeño fi scal y al título de nombramiento, según corresponda, al personal fi scal que conforma el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro, la Cuarta Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad Callao, Lima Centro, Lima Este, Lima Norte, Lima Noroeste y Lima Sur, con sede en la ciudad de Lima Centro, y el Equipo Especial de Fiscales para casos con víctimas durante las protestas sociales, para lo cual, previamente, se deberá concluir las designaciones señaladas en los párrafos primero, segundo y tercero de la presente resolución; en atención al marco normativo antes citado, previa veri fi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y considerando el informe Nº 00104-2025-MP-FN-OREF-EFS, de fecha 27 de mayo de 2025. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada con el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Christian Adolfo Samillan Ley Cuen, fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, en el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro; materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1230-2025-MP-FN, de fecha 23 de abril de 2025. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación de la abogada Natalia Raquel Sánchez Medina, fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Cuarta Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad Callao, Lima Centro, Lima Este, Lima Norte, Lima Noroeste y Lima Sur, con sede en la ciudad de Lima Centro; materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 781-2024-MP-FN, de fecha 20 de marzo de 2024. Artículo Tercero.- Dar por concluida la designación del abogado Renato Daniel Lavy Coral, fi scal adjunto provincial titular especializado en derechos humanos e interculturalidad de Lima Centro, Distrito Fiscal de Lima Centro, en el Equipo Especial de Fiscales para casos con víctimas durante las protestas sociales; materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1253-2025-MP-FN, de fecha 24 de abril de 2025. Artículo Cuarto.- Designar al abogado Christian Adolfo Samillan Ley Cuen, fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, en el Equipo Especial de Fiscales para casos con víctimas durante las protestas sociales. Artículo Quinto.- Designar a la abogada Natalia Raquel Sánchez Medina, fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, en el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro. Artículo Sexto.- Designar al abogado Renato Daniel Lavy Coral, fi scal adjunto provincial titular especializado en derechos humanos e interculturalidad de Lima Centro, Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Cuarta Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad Callao, Lima Centro, Lima Este, Lima Norte, Lima Noroeste y Lima Sur, con sede en la ciudad de Lima Centro. Artículo Séptimo.- Hacer de conocimiento a los abogados Christian Adolfo Samillan Ley Cuen, Renato Daniel Lavy Coral y Natalia Raquel Sánchez Medina que deben efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Octavo.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Callao, Lima Centro, Lima Este, Lima Norte, Lima Noroeste y Lima Sur, Coordinadora de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, Coordinadora del Equipo Especial de Fiscales para casos con víctimas durante las protestas sociales, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y a los abogados mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2406106-15