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61 NORMAS LEGALES Jueves 5 de junio de 2025 El Peruano / ORGANISMOS AUTÓNOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban modificación del Estatuto de la Universidad Nacional de Cañete UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 202-2025- UNDC/CO Cañete, 15 de mayo de 2025LA COMISIÓN ORGANIZADORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE VISTOS:El Acuerdo de Sesión Ordinaria de Comisión Organizadora de fecha 15 de mayo de 2025; PROVEÍDO N° 707427-2025 de fecha 15 de mayo de 2025 emitido por la Presidencia de Comisión Organizadora; INFORME LEGAL N° 193-2025-UNDC/OAJ-JLOC de fecha 15 de mayo de 2025 emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; INFORME N° 525-2025-UNDC/PCO/OPP de fecha 14 de mayo de 2025 emitido por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; INFORME N° 081-2025-UNDC/PCO/OPP/UPPM/SJJJ de fecha 14 de mayo de 2025 emitido por el Especialista de Planeamiento; MEMORÁNDUM N° 229-2025-UNDC/CO/AOM-P de fecha 06 de mayo de 2025 emitido por la Presidencia de la Comisión Organizadora y demás documentos que escoltan el expediente administrativo; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 18º prevé que cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, y el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que la referida autonomía inherente a las Universidades, se ejerce de conformidad con la Constitución y las Leyes de la República e implica las organizaciones de su sistema académico, económico y administrativo, así como la administración de sus bienes y rentas, elaborar su presupuesto y aplicar sus fondos con la responsabilidad que impone la Ley; Que, de conformidad con la Ley N° 29488 de 22.11.2009, se creó la Universidad Nacional de Cañete, la misma que fue modi fi cado por la Ley Nº 30515, cuyo artículo 1º dispone: “Créase la Universidad Nacional de Cañete con domicilio en la provincia de Cañete, Departamento de Lima”. Asimismo, a través de la Resolución del Consejo Directivo N° 116-2018-SUNEDU/CD, el Concejo Directivo de la SUNEDU, le otorgó la Licencia Institucional a la Universidad Nacional de Cañete; Que, el artículo 29° de la Ley Universitaria, Ley N° 30220, establece que, aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU), constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector (…). Esta Comisión tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que, de acuerdo a la presente Ley, le correspondan”; Que, mediante Resoluciones Viceministeriales Nº 069-2022-MINEDU y N° 055-2024-MINEDU, se reconformó la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete, integrada por los académicos: Dr. Arnulfo Ortega Mallqui, como Presidente de la Comisión Organizadora; Dra. Marcia Adriana Iberico Diaz, como Vicepresidenta Académica y Dra. Janett Karina Vásquez Pérez, como Vicepresidenta de Investigación;Que, el artículo 56° de la Ley Universitaria, Ley Nº 30220, concordado con el artículo 20º del Estatuto de la Universidad Nacional de Cañete, aprobado con Resolución de Comisión Organizadora Nº 143-2022-CO/UNDC y su modi fi catoria, establecen que la Asamblea es un órgano colegiado que representa a la comunidad universitaria, se encarga de dictar las políticas generales de la universidad. En el caso de la Universidad Nacional de Cañete, dada su condición y naturaleza, corresponde ejercer dicha atribución a la Comisión Organizadora quien hace las veces de Asamblea Universitaria, disposición relacionada con la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y sus modi fi catorias; Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora N° 143-2022-CO/UNDC de fecha 14.09.2022, se aprobó el Estatuto de la Universidad Nacional de Cañete, el mismo que fue modi fi cado a través de la Resolución de Comisión Organizadora N° 193-2022-CO/UNDC de fecha 21.10.2022; Que, el Estatuto de la Universidad Nacional de Cañete, representa el máximo instrumento de gestión normativo de la Universidad Nacional de Cañete, el mismo que norma su funcionamiento para el cumplimiento de sus principios y fi nes, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú, Ley Universitaria, Ley N° 30220 y demás normas que le son aplicables; Que, durante el proceso de implementación de lo dispuesto en el Estatuto de la Universidad Nacional de Cañete, se han identi fi cado necesidades de mejora en algunos articulados, por lo que, el Presidente de la Comisión Organizadora mediante documentos de visto, presenta la propuesta para modi fi car los artículos 10°, 126°, 127° y 128°, así como la incorporación de los artículos 129°, 130°, 131° y una Quinta Disposición Complementaria Transitoria en el Estatuto Universitario, con el fi n de proseguir con el proceso de institucionalización y la elección de los órganos de gobierno de la UNDC en el marco del numeral 6.4.2 del Documento Normativo denominado: “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”; Que, mediante Informe N° 525-2025-UNDC/PCO/ OPP de fecha 14.05.2025, el Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto en atención al Informe N° 081-2025-UNDC/PCO/OPP/UPPM/SJJJ del Especialista de Planeamiento, informa que respecto a la revisión de la propuesta para modi fi car los artículos 10°, 126°, 127° y 128° e incluir los artículos 129°, 130°, 131° y la Quinta Disposición Complementaria Transitoria en el Estatuto de la Universidad Nacional de Cañete, se encuentra conforme para su trámite de aprobación; Que, a través de Informe Legal N° 193-2025-UNDC/ OAJ-JLOC de fecha 14.04.2025, el Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica indica que teniendo en cuenta la solicitud para modi fi car los artículos 10°, 126°, 127° y 128° e incluir los artículos 129°, 130°, 131° y la Quinta Disposición Complementaria Transitoria en el Estatuto de la Universidad Nacional de Cañete, propuesto por Presidente de la Comisión Organizadora, esta se encuentra conforme ya que no contraviene con ninguna norma jurídica; por lo que, resulta legalmente procedente que se apruebe, de conformidad con la Ley N° 30220, Ley Universitaria y la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y sus modi fi catorias; Que, en virtud a lo expuesto la Presidencia de la Comisión Organizadora mediante Proveído N° 707427- 2025 de fecha 15.05.2025, traslada el presente expediente a Secretaría General, para ser visto en Sesión Ordinaria de fecha 15 de mayo de 2025; Que, se ha establecido como atribución de la Comisión Organizadora de la UNDC, la facultad de reformar los estatutos de la universidad con la aprobación de por lo menos dos tercios del número de miembros, y remitir el nuevo Estatuto a la SUNEDU, por lo que en mérito al pedido del Presidente de la Comisión Organizadora y debatido el caso en Sesión Ordinaria de fecha 15 de mayo de 2025, se acordó por unanimidad los acuerdos contenidos en la parte resolutiva de la presente Resolución; Que, estando a lo expuesto y a las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 18° de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 30220, Ley