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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (05/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 62

62 NORMAS LEGALES Jueves 5 de junio de 2025 El Peruano / Universitaria; el Documento Normativo denominado: “Disposiciones para la Constitución y Funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en proceso de Constitución”, aprobado mediante la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y su modi fi catoria y en la Resoluciones Viceministeriales Nº 069-2022-MINEDU y N° 055-2024-MINEDU, así como en el Estatuto de la Universidad Nacional de Cañete y demás normas concordantes; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR, la modi fi cación de los artículos 10°, 126°, 127° y 128° del Estatuto de la Universidad Nacional de Cañete, aprobado con Resolución de Comisión Organizadora Nº 143-2022-UNDC/CO y modi fi cado a través de la Resolución de Comisión Organizadora N° 193-2022-CO/UNDC, debiendo quedar en los siguientes términos: Artículo 10.- La Misión de la UNDC es la siguiente:La Universidad tiene como misión “Ejercer la rectoría en competencias cientí fi ca, tecnológica y humanista basada en la generación del conocimiento, para la formación de profesionales íntegramente competentes a través de la investigación e innovación y la responsabilidad social; contribuyendo al desarrollo sostenible de la región y del país”. Artículo 126.- La Defensoría Universitaria es la instancia encargada de la tutela de los derechos de los miembros de la comunidad universitaria (alumnos, docentes y administrativos) y vela por el mantenimiento del principio de autoridad responsable, frente a actos u omisiones de las unidades, autoridades o funcionarios de la Universidad que los vulneren. Artículo 127.- Es un órgano autónomo en el ejercicio de sus funciones e independiente de los órganos de gobierno de la Universidad. Es competente para conocer denuncias y reclamos que formulen los miembros de la comunidad universitaria vinculadas con la infracción de derechos individuales. Artículo 128.- No forman parte de su competencia de la Defensoría Universitaria las denuncias vinculadas con derechos de carácter colectivo, derechos laborales, medidas disciplinarias, evaluaciones académicas de docentes y alumnos, así como las violaciones que puedan impugnarse por otras vías ya establecidas en la Ley Universitaria, el presente Estatuto y los Reglamentos de la Universidad. Artículo Segundo.- APROBAR, la incorporación de los artículos 129°, 130°, 131° y la Quinta Disposición Complementaria Transitoria en el Estatuto de la Universidad Nacional de Cañete, aprobado con Resolución de Comisión Organizadora Nº 143-2022-UNDC/CO y modi fi cado a través de la Resolución de Comisión Organizadora N° 193-2022-CO/UNDC, conforme a los siguientes términos: Artículo 129.- La Defensoría Universitaria, estará a cargo del Defensor Universitario, quien será contratado por concurso público, bajo las normas y reglamentos internos de la Universidad. Artículo 130.- Toda actuación de la Defensoría Universitaria garantiza la absoluta con fi dencialidad a cualquier miembro de la comunidad universitaria. Artículo 131.- La Universidad regula el funcionamiento de la Defensoría Universitaria en el Reglamento especí fi co, que es propuesto por el Defensor Universitario y aprobado por el Consejo Universitario. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Quinta.- Para el proceso de institucionalización de la Universidad, de manera excepcional y por única vez, en la representación de docentes para el Consejo de Facultad, señalado en el inciso b. del artículo 38° del presente Estatuto, se deberá considerar: un (1) Docente Principal, un (1) Docente Asociado y un (1) Docente Auxiliar.Artículo Tercero.- DISPONER, que la Resolución a emitirse formará parte integrante de la citada Resolución de Comisión Organizadora N° 143-2022-CO/UNDC de fecha 14.09.2022 y su modi fi catoria. Artículo Cuarto.- El Estatuto de la Universidad Nacional de Cañete, consta de Preámbulo Histórico, 11 Títulos, 29 Capítulos, 209 Artículos, 5 Disposiciones Complementarias Transitorias y Finales y 3 Disposiciones Complementarias Finales, y que en 87 folios se anexa y forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Presidencia de la Comisión Organizadora, para que en un plazo de dos (2) días hábiles de haber sido publicada la presente Resolución, pueda ser remitida a la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (DICOPRO) del Ministerio de Educación y a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU), para su conocimiento y demás fi nes de Ley. Artículo Sexto.- NOTIFICAR, la presente Resolución a todas las instancias y dependencias administrativas y académicas de la Universidad Nacional de Cañete, para su conocimiento, cumplimiento y demás fi nes pertinentes Artículo Séptimo.- DISPONER, a la O fi cina de Comunicación e Imagen Institucional la publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la O fi cina de Tecnologías de la Información realizar la publicación de la presente Resolución en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal Institucional (www.undc.edu.pe). Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.ARNULFO ORTEGA MALLQUI Presidente de la Comisión Organizadora KEVIN YUVER CHIHUAN QUISPE Jefe de Secretaría General NOTA. La Universidad Nacional de Cañete ha solicitado precisar que los Anexos de la Resolución de la Comisión Organizadora N° 202-2025-UNDC/CO, se visualizarán en la siguiente página web: https://www.gob.pe/institucion/unicanete/normas-legales/6781032-202-2025-undc 2405791-1 Aprueban modificación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Universidad Nacional de Cañete UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 210-2025- UNDC/CO Cañete, 23 de mayo de 2025 LA COMISIÓN ORGANIZADORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE VISTOS:El Acuerdo de Sesión Ordinaria de Comisión Organizadora de fecha 22 de mayo de 2025; PROVEÍDO N° 707352-2025 de fecha 15 de mayo de 2025 emitido por la Presidencia de Comisión Organizadora; INFORME LEGAL N° 172- 2025-UNDC/OAJ-JLOC de fecha 05 de mayo de 2025 emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; INFORME N° 468-2025-UNDC/PCO/OPP de fecha 29 de abril de 2025 emitido por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; INFORME N° 055-2025-UNDC/OPP/ UPPM/SJJJ de fecha 28 de abril de 2025 emitido por el Especialista en Planeamiento; MEMORANDUM N°209-2025-UNDC/CO/AOM-P de fecha 28 de abril de 2025 emitido por la Presidencia de la Comisión Organizadora; y, demás documentos que escoltan el expediente administrativo; y,