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63 NORMAS LEGALES Jueves 5 de junio de 2025 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 18º prevé que cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, y el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que la referida autonomía inherente a las Universidades, se ejerce de conformidad con la Constitución y las Leyes de la República e implica las organizaciones de su sistema académico, económico y administrativo, así como la administración de sus bienes y rentas, elaborar su presupuesto y aplicar sus fondos con la responsabilidad que impone la Ley; Que, de conformidad con la Ley N° 29488 de 22.11.2009, se creó la Universidad Nacional de Cañete, la misma que fue modi fi cado por la Ley Nº 30515, cuyo artículo 1º dispone: “Créase la Universidad Nacional de Cañete con domicilio en la provincia de Cañete, Departamento de Lima”. Asimismo, a través de la Resolución del Consejo Directivo N° 116-2018-SUNEDU/CD, el Concejo Directivo de la SUNEDU, le otorgó la Licencia Institucional a la Universidad Nacional de Cañete; Que, el artículo 29° de la Ley Universitaria, Ley N° 30220, establece que, aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU), constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector (…). Esta Comisión tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que, de acuerdo a la presente Ley, le correspondan”; Que, mediante Resoluciones Viceministeriales Nº 069-2022-MINEDU y N° 055-2024-MINEDU, se reconformó la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete, integrada por los académicos: Dr. Arnulfo Ortega Mallqui, como Presidente de la Comisión Organizadora; Dra. Marcia Adriana Iberico Diaz, como Vicepresidenta Académica y Dra. Janett Karina Vásquez Pérez, como Vicepresidenta de Investigación; Que, el artículo 58° de la Ley Universitaria, Ley Nº 30220, concordado con el artículo 25º del Estatuto de la Universidad Nacional de Cañete, aprobado con Resolución de Comisión Organizadora Nº 143-2022-CO/UNDC y sus modi fi catorias, establecen que el Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica y administrativa de la universidad. En el caso de la Universidad Nacional de Cañete, dada su condición y naturaleza, corresponde ejercer dicha atribución a la Comisión Organizadora quien hace las veces de Consejo Universitario, disposición relacionada con la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y sus modi fi catorias; Que, a través de la Resolución Ministerial N°588- 2019-MINEDU de fecha 02.12.2019, se aprobó los Lineamientos para la Formulación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de las universidades públicas, con el objetivo de establecer criterios y reglas, especiales y fl exibles, para la formulación del Reglamento de Organización y Funciones de las universidades públicas, a fi n que desarrollen sus estructuras orgánicas; así como las funciones generales y especí fi cas de cada uno de sus unidades de organización que la componen, a fi n que contribuyan en el desarrollo de los objetivos y las estrategias de la universidad pública; Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora N° 183-2022-CO/UNDC de fecha 12.10.2022, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Universidad Nacional de Cañete; Que, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), es un instrumento técnico normativo de gestión institucional que de fi ne la naturaleza, fi nalidad, estructura orgánica y funciones de la de la Universidad Nacional de Cañete, así como de los órganos que la conforman en concordancia con la Ley Universitaria, Ley N°30220 y Estatuto Universitaria; Que, durante el proceso de implementación de lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de Cañete, se han identi fi cado necesidades de mejora en algunos articulados, por lo que, el Presidente de la Comisión Organizadora, presenta la propuesta para modi fi car el inciso g) del artículo 10° del ROF de la Universidad Nacional de Cañete, esto en marco del literal b) del numeral 46.1 del artículo 46º de los Lineamientos para la Formulación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de las universidades públicas que señala que se requiere la modi fi cación de un Reglamento de Organización y Funciones, entre otros supuestos, por modi fi cación parcial que conlleva por la reasignación o modi fi cación de funciones entre unidades de organización sin que se afecte la estructura orgánica o cuando la afectación de la estructura orgánica se debe a una disminución del número de unidades de organización por nivel organizacional; Que, mediante Informe N° 468-2025-UNDC/PCO/ OPP de fecha 29.04.2025, el Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, sustentándose en el Informe N° 055-2025-UNDC/OPP/UPPM/SJJJ del Especialista en Planeamiento, informa que respecto a la revisión de la propuesta para modi fi car el inciso g) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de Cañete, se encuentra conforme para su trámite de aprobación; asimismo, solicita su publicación de acuerdo a lo señalado en el Decreto Supremo 054-2018-PCM; Que, a través de Informe Legal N° 172-2025-UNDC/ OAJ-JLOC de fecha 29.04.2025, el Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica indica que teniendo en cuenta la solicitud para modi fi car el inciso g) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de Cañete, propuesto por Presidente de la Comisión Organizadora, esta se encuentra conforme ya que no contraviene con ninguna norma jurídica; por lo que, resulta legalmente procedente que se apruebe, de conformidad con la Ley N° 30220, Ley Universitaria, la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y sus modi fi catorias y los Lineamientos para la Formulación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de las universidades públicas; Que, en virtud a lo expuesto la Presidencia de la Comisión Organizadora con Proveído N° 707352-2025 de fecha 15.05.2025, traslada el presente expediente a Secretaría General, para ser visto en Sesión Ordinaria de fecha 22 de mayo de 2025; Que, se ha establecido como atribución de la Comisión Organizadora de la UNDC, la facultad de dictar el reglamento general de la universidad, el reglamento de elecciones y otros reglamentos internos especiales, así como vigilar su cumplimiento, por lo que en mérito al pedido del Presidente de la Comisión Organizadora y debatido el caso en Sesión Ordinaria de fecha 22 de mayo de 2025, se acordó por unanimidad los acuerdos contenidos en la parte resolutiva de la presente Resolución; Que, mediante Resolución Presidencial N° 131-2025-UNDC-CO/P de fecha 22.05.2025, se encargó el despacho de la Presidencia de Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete, a la Dra. Marcia Adriana Iberico Diaz, Vicepresidenta Académica, para que ejerza las funciones y atribuciones correspondientes en ausencia del Presidente de la Comisión Organizadora, para el día 23 de mayo de 2025; Que, estando a lo expuesto y de conformidad a las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 18° de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; el Documento Normativo denominado: “Disposiciones para la Constitución y Funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en proceso de Constitución”, aprobado mediante la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y sus modi fi catorias; Resoluciones Viceministeriales Nº 069-2022-MINEDU y N° 055-2024-MINEDU, así como en el Estatuto de la Universidad Nacional de Cañete y demás normas concordantes; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR, la modi fi cación del inciso g) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Universidad Nacional de Cañete, aprobado con Resolución de Comisión Organizadora Nº