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7 NORMAS LEGALES Jueves 12 de junio de 2025 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Capitán de Fragata Carlos OSHIRO ROMERO, como titular, y del Capitán de Fragata Luis Jean Carlo AMAYO CHUQUILLANQUI, como suplente, para participar en la Cuadragésima Séptima Reunión Consultiva del Tratado Antártico (XLVII RCTA), a realizarse en la ciudad de Milán, Lombardía, República Italiana, del 24 al 27 de junio de 2025, así como autorizar su salida del país el 22 de junio y su retorno el 28 de junio de 2025. Artículo 2.- La participación del personal militar suplente quedará supeditada a la imposibilidad de la participación del personal militar titular. Artículo 3.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos: Lima - Milán, Lombardía (República Italiana) - Lima (Clase económica)US$ 2,589.65 x 1 persona US$ 2,589.65 Viáticos: US$ 540.00 x 1 persona x 4 días US$ 2,160.00 Total a pagar: US$ 4,749.65 Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5.- El personal naval comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2408236-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Aprueban la modificación del Plan de Estrategia Publicitaria 2025 del Servicio Nacional de Sanidad Agraria RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº D000107-2025- MIDAGRI-SENASA-JN La Molina, 9 de junio de 2025 VISTO:El MEMORÁNDUM N° D000054-2025-MIDAGRI- SENASA-ST de fecha 4 de junio de 2025, de la Secretaría Técnica del Servicio Nacional de Sanidad Agraria; y, CONSIDERANDO:Que, los literales a) y d) del artículo 3 de la Ley N° 28874, Ley que regula la publicidad estatal, establecen que, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, para la autorización de la realización de publicidad estatal, deberá cumplir como requisito contar con un Plan de estrategia publicitaria acorde con las funciones y atribuciones de las entidades o dependencias, las mismas que deben adecuarse a los objetivos y prioridades establecidos en los programas sectoriales, y contar con un proyecto de presupuesto para llevar a cabo las acciones comprendidas en las campañas; Que, a través de la Resolución Jefatural N° D000091- 2025-MIDAGRI-SENASA-JN publicada el 15 de mayo de 2025 en el diario o fi cial El Peruano, se aprueba el Plan de Estrategia Publicitaria 2025 del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) que como Anexo forma parte integrante de la misma; Que, con el memorándum del visto, la Secretaría Técnica del SENASA remite y hace suyo el INFORME N° D000009-2025-MIDAGRI-SENASA-ST-ERUIZ de fecha 4 de junio de 2025 mediante el cual se comunica el retiro de la campaña denominada “Mosca de la Fruta y Plagas de Importancia Económica” del Plan de Estrategia Publicitaria 2025 aprobado; de esta manera, la Secretaría Técnica recomienda aprobar la modi fi cación del referido Plan al haberse reducido el presupuesto con el que fue aprobado inicialmente; Que, de acuerdo con lo expuesto en el informe referido en el considerando precedente, se estima necesario emitir el acto resolutivo que modi fi que el Plan de Estrategia Publicitaria 2025 del SENASA aprobado con la Resolución Jefatural N° D000091-2025-MIDAGRI-SENASA-JN; Que, el artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2005-AG y modi fi cado por el artículo 4 del Decreto Supremo N° 027-2008-AG, establece que el Jefe del SENASA es la máxima autoridad ejecutiva de la institución que ejerce funciones ejecutivas y administrativas en su calidad de funcionario de mayor jerarquía de la entidad; asimismo, según el literal k) del citado artículo, tiene la función de emitir Resoluciones Jefaturales en asuntos de su competencia; Con la visación del Secretario Técnico, del Director General de la O fi cina de Administración, de la Directora General de la O fi cina de Plani fi cación y Desarrollo Institucional y de la Directora General de la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- APROBAR la modi fi cación del Plan de Estrategia Publicitaria 2025 del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, aprobado con la Resolución Jefatural N° D000091-2025-MIDAGRI-SENASA-JN, que como Anexo forma parte integrante del presente acto resolutivo. Artículo 2.- DISPONER que la Secretaría Técnica coordine, supervise y evalúe el cumplimiento de lo establecido en el Plan de Estrategia Publicitaria 2025 del Servicio Nacional de Sanidad Agraria. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Jefatural y de su Anexo en el portal institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (www.gob.pe/senasa), el mismo día de la publicación del presente acto resolutivo en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. VILMA AURORA GUTARRA GARCÍA JefaJefatura NacionalServicio Nacional de Sanidad Agraria 2408009-1 DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Designan Coordinadora de Presupuesto de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO RESOLUCIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA N° D000078-2025- MIDIS/PNPDS-DE San Isidro, 11 de junio del 2025