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14 NORMAS LEGALES Jueves 12 de junio de 2025 El Peruano / sus veces y a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, validar la legalidad y sustento técnico para su creación, respectivamente. En el caso de los grupos de trabajo con una vigencia mayor a dos (2) años su creación requiere de la opinión técnica previa de la Secretaría de Gestión Pública; asimismo, los grupos de trabajo de naturaleza temporal se extinguen de forma automática cumplidos sus objetivos y su periodo de vigencia, y se formaliza mediante comunicación a la Secretaría de Gestión Pública; Que, mediante Memorándum N° ANT000622025 del 27 de febrero de 2025, la Dirección de Asuntos Antárticos, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, expresa la necesidad de actualizar la Política Nacional Antártica, dado que la naturaleza compleja en su problemática necesita de una atención integral y articulada de todas las entidades a fi nes a la temática Antártica, por lo que resulta necesario crear un Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal, encargado de elaborar la propuesta de actualización de la Política Nacional Antártica; Que, mediante Memorándum N° DSL002172025 del 7 de marzo de 2025, la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos remite a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto la propuesta de proyecto de resolución para crear el Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de la formulación de la nueva Política Nacional Antártica, indicando que la Dirección de Asuntos Antárticos y la O fi cina de Racionalización y Métodos, han sostenido coordinaciones previas para el diseño de la propuesta de proyecto de resolución; Que, mediante Memorándum N° OPP006862025 del 12 de marzo de 2025, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica favorable sobre la propuesta de creación del Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal denominado “Grupo de Trabajo Multisectorial para la formulación de la nueva Política Nacional Antártica”, presentado por la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, adjuntando el Informe ORM N° 027/2025 de la Ofi cina de Racionalización y Métodos en su calidad de unidad orgánica competente; Que, mediante el Memorándum N° LEG005712025 del 27 de marzo de 2025, la O fi cina General de Asuntos Legales considera legalmente viable crear el Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal, denominado “Grupo de Trabajo Multisectorial para la formulación de la nueva Política Nacional Antártica”, dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores, la cual tiene por objeto elaborar la propuesta de la nueva Política Nacional Antártica; Que, la presente resolución cuenta con el consentimiento de las entidades públicas que integran el referido Grupo de Trabajo Multisectorial, conforme lo dispuesto en el numeral 28.2 del artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; Que, por las consideraciones expuestas y conforme el marco normativo aplicable, resulta necesario crear el Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal, denominado “Grupo de Trabajo Multisectorial para la formulación de la nueva Política Nacional Antártica”, dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con los visados del Despacho Viceministerial; la Secretaria General; la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos; la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, la O fi cina General de Asuntos Legales del Ministerio de Relaciones Exteriores; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo N° 135-2010-RE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo N° 014-2014-RE, que aprueba la Política Nacional Antártica; el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y modi fi catorias, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; y, el Decreto Supremo N° 029-2018-PCM y sus modi fi catorias, que aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales;SE RESUELVE: Artículo 1.- Creación del Grupo de Trabajo Multisectorial Se crea el Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal, denominado “Grupo de Trabajo Multisectorial para la formulación de la nueva Política Nacional Antártica”, dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 2.- Objeto El Grupo de Trabajo Multisectorial tiene por objeto elaborar la propuesta de la nueva Política Nacional Antártica. Artículo 3.- Conformación3.1 El Grupo de Trabajo Multisectorial está conformado por las siguientes entidades: - Ministerio de Relaciones Exteriores, quien lo preside; - Ministerio de Defensa;- Ministerio del Ambiente;- Ministerio de Energía y Minas;- Ministerio de la Producción;- Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego;- Ministerio de Educación; y - Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación; 3.2 Los integrantes del Grupo de Trabajo Multisectorial ejercen sus funciones ad honorem. Artículo 4.- Funciones El Grupo de Trabajo Multisectorial tiene las funciones que a continuación se detallan: a) Elaborar y aprobar el Plan de Trabajo del Grupo de Trabajo Multisectorial. b) Elaborar la propuesta de la nueva Política Nacional Antártica. c) Articular con las entidades públicas o instituciones privadas que se encuentren involucradas en la temática. d) Presentar al Despacho Ministerial informes de avances sobre la propuesta de la nueva Política Nacional Antártica. e) Otras funciones que se consideren necesarias para el cumplimiento del objeto del Grupo de Trabajo Multisectorial. Artículo 5.- Designación de Representantes Los/as integrantes del Grupo de Trabajo Multisectorial cuentan con un/a representante titular y alterno/a, los/as cuales son designados/as mediante comunicación escrita del/la Titular de la entidad o de la Secretaría General, dentro del plazo de cinco (05) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución ministerial. Dicha designación deberá ser comunicada al/la Presidente/a del Grupo de Trabajo Multisectorial y a la Secretaría Técnica. Los/las representantes que fueran designados/as con anterioridad a la presente resolución, debido a las gestiones previas de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, serán reconocidos/as como tal. Artículo 6.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica está a cargo de la Dirección de Asuntos Antárticos de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos del Ministerio de Relaciones Exteriores, la cual brinda apoyo técnico y administrativo para el adecuado cumplimiento del objeto y funciones del Grupo de Trabajo Multisectorial. Artículo 7.- Instalación El Grupo de Trabajo Multisectorial se instala en un plazo que no exceda de diez (10) días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. Artículo 8.- Vigencia El Grupo de Trabajo Multisectorial tiene una vigencia de veinticuatro meses (24) meses contados a partir de su instalación, para el cumplimiento de sus funciones.