Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (12/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Jueves 12 de junio de 2025 El Peruano / web institucional, de la Propuesta Tarifaria del Ositrán y documentos anexos. El 7 de febrero de 2025 se llevó a cabo la Sesión Extraordinaria Presencial del Consejo de Usuarios Aeroportuario N° 77 donde, entre otros, se expuso la Propuesta Tarifaria del Ositrán. El 26 de febrero de 2025, a las 3:00pm se desarrolló la Audiencia Pública “Propuesta: Fijación de la Tarifa Unifi cada de Uso Aeroportuario (TUUA) de Transferencia” en la modalidad presencial. Del 4 de febrero al 5 de marzo de 2025, se recibieron comentarios a la Propuesta Tarifaria del Ositrán, de parte de AETAI, IATA, LAP, entre otros. El 28 de marzo de 2025, mediante la Resolución de Presidencia N° 0041-2025-PD-OSITRAN, se aprobó el Informe Tarifario del Regulador. Esta resolución fue publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 29 de marzo de 2025. El 22 de abril de 2025, mediante la Carta N° 0050- 2025-GG/AETAI, AETAI interpuso un recurso de reconsideración contra la Resolución de Presidencia N° 0041-2025-PD-OSITRAN. El 22 de abril de 2025, mediante la Carta S/N (NT 2025056024), IATA interpuso un recurso de reconsideración contra la Resolución de Presidencia N° 0041-2025-PD-OSITRAN. El 22 de mayo de 2025, el Concesionario publicó una política comercial 1, conforme a la cual anunció que el cobro de la TUUA de Transferencia entre el 01 de junio de 2025 y el 25 de septiembre de 2025 será el siguiente no cobrará la TUUA de Transferencia INT-INT y DOM-DOM. El 11 de junio de 2025, mediante el Memorando N° 00909-2025-GSF-OSITRAN, la Gerencia de Supervisión y Fiscalización remitió información sobre el monto de las inversiones de la Ampliación del AIJC que a la fecha han concluido con el procedimiento de reconocimiento de inversiones, detallando el monto de inversión solicitado por LAP. El 11 de junio de 2025, mediante el Memorando N° 00909-2025-GSF-OSITRAN la Gerencia de Supervisión y Fiscalización remitió información sobre el monto de las inversiones de la Ampliación del AIJC que a la fecha han concluido con el procedimiento de reconocimiento de inversiones, detallando el monto de inversión solicitado por LAP. Propuesta de LAPMediante la Carta N° C-LAP-GALG-2024-0309, complementada mediante las Cartas N° C-LAP- GPF-2024-0152 y N° C-LAP-GPF-2024-0176, el Concesionario presentó su propuesta tarifaria para los pasajeros INT-INT y DOM-DOM. En su propuesta, el Concesionario utiliza la metodología de Costos Totalmente Distribuidos y propone las siguientes Tarifas Máximas: • TUUA de Transferencia INT-INT: USD 12,11 por pasajero. • TUUA de Transferencia DOM-DOM: USD 7,30 por pasajero. Metodología y supuestos utilizados para la fi jación tarifaria La TUUA de Transferencia ha sido estimada con base en la información de los Estados Financieros Regulatorios auditados, así como de la información remitida por el Concesionario en el marco del presente procedimiento. Para realizar la estimación de la TUUA de Transferencia se emplea la metodología de costos totalmente distribuidos, la cual se implementa mediante dos fl ujos de caja, uno para los pasajeros de transferencia INT-INT y otro para los DOM-DOM. Como parte del presente procedimiento, se han recibido comentarios de LAP, AETAI, IATA, entre otros, a la publicación de la Propuesta Tarifaria del Ositrán, sobre la metodología, la proyección de la demanda, los costos operativos, la base de capital, el WACC, entre otros. Luego de analizar cada uno de los comentarios recibidos, a continuación, se resumen los supuestos que se consideraron en el presente Informe de revisión tarifaria: - La proyección de la demanda se realizó a partir de las proyecciones de trá fi co presentadas por LAP, las cuales fueron consideradas también en su propuesta de Plan Maestro de Desarrollo. - Para la estimación de ingresos operativos se considera la diferencia entre los ingresos brutos (obtenidos del producto de la demanda de pasajeros de transferencia por la respectiva TUUA de Transferencia INT-INT y DOM-DOM) menos la retribución al Estado y el pago al Ositrán por Tasa de Regulación. - Por su parte, los costos de operación se obtienen sobre la base de la Contabilidad Regulatoria del año 2023 y del presupuesto proyectado para el año 2025 en el nuevo Terminal. Los egresos operativos resultan de agregar los costos de operación, el IGV neto, el pago del IGV y el impuesto a la renta. - El fl ujo de inversiones incluye el valor neto de depreciación de la inversión en áreas exclusivas, inversiones en áreas comunes, inversiones transversales e inversiones indirectas asociadas a la prestación del servicio de pasajeros en transferencia en el nuevo Terminal. Como nuevo criterio, se ha incorporado un ajuste por reconocimiento de inversiones de 92,68%. Dicho porcentaje re fl eja el monto de inversiones de la Ampliación del AIJC reconocidas por la Gerencia de Supervisión y Fiscalización como proporción del monto de inversión solicitado por LAP, a junio de 2025. - La tasa de descuento empleada es el Costo Promedio Ponderado de Capital (WACC) después de impuestos, en términos reales, el cual asciende a 7,54%. Propuesta tarifariaSobre la base de la metodología de Costos Totalmente Distribuidos, y considerando los supuestos señalados en los párrafos precedentes y los comentarios recibidos, se proponen las siguientes Tarifas Máximas: • TUUA de Transferencia INT-INT: USD 10,74 por pasajero. • TUUA de Transferencia DOM-DOM: USD 6,79 por pasajero. Asimismo, se propone que la TUUA de Transferencia esté vigente hasta el 31 de diciembre de 2030 y que dichas Tarifas se reajusten por in fl ación (considerando la variación del índice de precios al consumidor de los Estados Unidos de América) en la misma oportunidad que se actualizan las demás Tarifas reguladas del AIJC, siendo que para el primer reajuste tarifario la Tarifa deberá contar con al menos doce (12) meses de vigencia. Finalmente, conforme a lo señalado en el Informe Conjunto N° 00134-2025-IC-OSITRAN (GRE-GAJ), atendiendo a la imposibilidad fáctica para sesionar del Consejo Directivo y la justi fi cación desarrollada en dicho documento, se estima necesario someter a consideración de la Presidencia Ejecutiva la aprobación de la presente Propuesta Tarifaria del Regulador y su correspondiente publicación, como una medida de emergencia, en el marco de lo dispuesto en el numeral 10 del artículo 9 del ROF. RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE SUSTENTAN LA PROPUESTA ALEXANDER, I.; ESTACHE, A.; y A. OLIVERII (1999). A few things transport regulators should know about risk and the cost of capital. World Bank Policy Research Working Paper N° 2151. Julio. ALMISHER y KISH (2000). Accounting betas - an ex anti proxy for risk within the IPO Market. Journal of Financial and Strategic Decisions. Volumen 13, Número 3, Otoño 2000. BRAVO, S. (2008). Teoría Financiera y Costo de Capital. ESAN. Lima.