TEXTO PAGINA: 23
23 NORMAS LEGALES Viernes 13 de junio de 2025 El Peruano / 2025 y la previsión presupuestal para los años fi scales 2026 y 2027, por el importe total de S/ 9 900 000,00 (NUEVE MILLONES NOVECIENTOS MIL Y 00/100 SOLES), para la referida contratación; Que, la O fi cina de Abastecimiento de la O fi cina General de Administración, a través del Informe N° 0376- 2025-EF/43.03, informa que, conforme a la normativa de contratación pública vigente, no se requiere que las contrataciones sujetas a procedimientos de selección o sujetas de regímenes especiales, se incluyan en el Plan Anual de Contrataciones 2025; sin perjuicio de ello, la necesidad sí debe estar prevista en el Cuadro Multianual de Necesidades aprobado y sus modi fi catorias; por lo que, habiéndose veri fi cado que esta necesidad se encuentra prevista en el Cuadro Multianual de Necesidades del Ministerio de Economía y Finanzas del 2025 al 2027, se cumple con el documento al que hace referencia el numeral 4.5 del artículo 4 del Decreto Supremo N° 002-2009-EF; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica adjunta al Memorando N° 0869-2025-EF/42.02, el Informe N° 0601-2025-EF/42.02 de su O fi cina de Asuntos Jurídicos Económicos y Administrativos, con opinión favorable sobre el proyecto de contrato a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el estudio Haussmann Associés SELàRL (con nombre comercial Squire Patton Boggs); y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión; y, en el Decreto Supremo N° 002-2009- EF, que aprueba el procedimiento para la contratación de servicios de abogados, estudios de abogados y otros profesionales necesarios para la participación del Estado en controversias internacionales de inversión en el marco de la Ley N° 28933; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la contratación del estudio Haussmann Associés SELàRL (con nombre comercial Squire Patton Boggs), seleccionado por la Comisión Especial en el marco de la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, de acuerdo con lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Autorizar al/a la Jefe/a de la O fi cina General de Administración para que, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, suscriba el contrato de prestación de servicios de asesoría jurídica con el estudio Haussmann Associés SELàRL (con nombre comercial Squire Patton Boggs). Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Economía y Finanzas 2408972-1 Aprueban Directiva N° 0008-2025-EF/53.01, “Lineamientos para la Inscripción en el Registro de Fondos de Bienestar” RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0010-2025-EF/53.01 Lima, 9 de junio de 2025 VISTO:El Informe N° 2308-2025-EF/53.04 de la Dirección de Gestión de Personal Activo de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, según lo establecido en el literal k) del artículo 4 del Decreto de Legislativo N° 1666, Decreto Legislativo marco de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Sector Público, la Planilla Única del Sector Público es el instrumento que contiene la información sobre los ingresos correspondientes a los recursos humanos del Sector Público, la misma que es gestionada a través del Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) o el sistema informático que haga sus veces. Dicha información constituye la única fuente para la autorización de pago de dichos ingresos; Que, el literal a) del artículo 34 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, en concordancia con el literal c) de la Tercera Disposición Transitoria de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que la planilla única de pago de las entidades públicas solo es afectada por los descuentos establecidos por ley, por cuotas sindicales expresamente autorizadas por el servidor, y por mandato judicial expreso, de corresponder; Que, mediante el Decreto Supremo N° 010-2014-EF, Aprueba normas reglamentarias para que las entidades públicas realicen afectaciones en la Planilla Única de Pagos, se regulan los descuentos y la adecuación de los mismos en la planilla única de pagos de las entidades del Sector Público, en lo que corresponde a conceptos expresamente solicitados y autorizados por el servidor o cesante; Que, asimismo, la Segunda Disposición Complementaria Final de las Normas reglamentarias para que las entidades públicas adecúen y realicen descuentos en la Planilla Única de Pagos, aprobadas mediante el Decreto Supremo N° 010-2014-EF, establece entre otros, que el Ministerio de Economía y Finanzas habilitará un registro en el que inscribirá a los Fondos de bienestar y establecerá los requisitos que deberán cumplir aquellos Fondos que soliciten ser inscritos en el mismo; Que, conforme con lo señalado en el literal b) del artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1666, es función de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos la aprobación de directivas y lineamientos para la gestión e fi ciente de los fondos públicos destinados a las materias de su competencia, alineados con los principios de Sostenibilidad Fiscal y Responsabilidad Fiscal; Que, con la fi nalidad de establecer los lineamientos para la inscripción en el registro de Fondos de Bienestar que administra el Ministerio de Economía y Finanzas, a fi n de afectar la planilla única de pagos y para efectuar, a través de ella, el pago de obligaciones asumidas por el servidor o cesante, vinculadas a los conceptos de bienestar, resulta necesario aprobar los Lineamientos para la inscripción en el Registro de Fondos de Bienestar; De conformidad con lo establecido en el Decreto de Legislativo N° 1666, Decreto Legislativo marco de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Sector Público; el Decreto Supremo N° 010-2014-EF, Aprueba normas reglamentarias para que las entidades públicas realicen afectaciones en la Planilla Única de Pagos, y, en el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Aprobar la Directiva N° 0008-2025-EF/53.01, “Lineamientos para la inscripción en el Registro de Fondos de Bienestar”, la misma que como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral, así como de la Directiva N° 0008-2025-EF/53.01, “Lineamientos para la inscripción en el Registro de Fondos de Bienestar”, en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial “El Peruano”. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogatoria Derogar la Resolución Directoral N° 0009-2025- EF/53.01 que aprueba la Directiva N° 0007-2025-