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93 NORMAS LEGALES Sábado 14 de junio de 2025 El Peruano / Código InfracciónMulta según UITMEDIDA PROVISIONALMEDIDA COMPLEMENTARIAGradualidad ABC 04-0124No acreditar, mediante medios físicos o virtuales, el dictado de capacitaciones al personal que atiende al público, sobre la atención preferencial a las personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA) y su acompañante.30% UIT Clausura temporal Clausura Temporal Muy Grave 2407774-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Ordenanza que crea el Programa Techo Propio Villa El Salvador del distrito de Villa El Salvador ORDENANZA N° 524-MVES Villa El Salvador, 13 de junio del 2025 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Villa El Salvador, en Sesión Extraordinaria de la fecha; VISTOS: El Dictamen N° 003-2025-CDIS/MVES de la Comisión de Desarrollo e Inclusión Social, el Memorándum N° 829-2025-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el lnforme N° 224-2025-OAJ/MVES de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, los Memorandos Nros. 448-2025-GDIS/MVES y 157-2025-GDIS/MVES de la Gerencia de Desarrollo e Inclusión, sobre Ordenanza que crea el Programa denominado Techo Propio Villa El Salvador del Distrito de Villa El Salvador; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194° modi fi cada por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”, precisando que, esta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; asimismo, el numeral 8) del artículo 195° de la Constitución Política del Perú señala que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo, ostentando competencias sobre el desarrollo de actividades en materia de vivienda; Que, el Artículo X del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, referido a la Promoción del Desarrollo lntegral, señala que los gobiernos locales promueven el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental, y que dicha promoción, permanente e integral, tiene como uno de sus objetos, el propiciar las mejores condiciones de vida de su población; asimismo, el numeral 8) del artículo 9° de la referida Ley, señala como atribuciones del Concejo Municipal, entre otras, la siguiente: “Aprobar, modi fi car, o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos.”; Que, el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece en su primer párrafo que “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa.”; asimismo, el artículo 79° de la referida Ley, señala que las municipalidades, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, ejercen funciones especí fi cas compartidas con las municipalidades provinciales, siendo entre ellas: “2.2. Diseñar y promover la ejecución de programas municipales de vivienda para las familias de bajos recursos.”; Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 005-2025/ MVES, se aprobó el “Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco y la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador”, el cual tiene como fi nalidad establecer mecanismos de mutua colaboración entre la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco y la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, para promover la colaboración, cooperación y asistencia mutua en los ejes de acción de Gestión Ambiental y Gestión de Desarrollo Social, teniendo entre los principales temas a abordar, la implementación y desarrollo del Programa “Techo Propio Villa El Salvador”; disponiéndose en su Clausula Sexta que el mismo se ejecutará mediante la suscripción de convenios especí fi cos, que serán de fi nidos conjuntamente por las partes; posteriormente, con Acuerdo de Concejo N° 048-2025/MVES, se aprueba el texto de la Primera “Adenda al Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco y la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador”, que tiene como objeto permitir que la Empresa Municipal EMUSS S.A., suscriba los convenios especí fi cos con la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, según las necesidades que ameriten; Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 018-2025/ MVES, se aprueba el Convenio de Licencia de Uso de la Marca de “Techo Propio” entre el Fondo “Mi Vivienda S.A.” y esta corporación edil, con el fi n de que dicha marca sea utilizada en el Programa denominado “Techo Propio Villa El Salvador” estableciéndose como uno de los compromisos por parte de esta Corporación Edil, la obligación de remitir la Ordenanza Municipal que crea el Programa denominado “Techo Propio Villa El Salvador”; asimismo, se encargó a la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social cumplir con lo dispuesto en el referido Convenio; Que, con Memorando N° 157-2025-GDIS/MVES ampliado con Memorando N° 448-2025-GDIS/MVES la Gerencia de Desarrollo e Inclusión, propone la creación de un programa de Vivienda Social, para la atención del vecino de Villa El Salvador, en condición de pobreza, que no se encuentre atendido por los Programas de Vivienda Sociales existentes, destinado a dar una solución rápida para el acceso a una vivienda digna mediante la asignación de un bono dinerario en calidad de donación, el cual será destinado para la edi fi cación de una vivienda básica en terreno propio del bene fi ciario en la jurisdicción del distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima; por lo cual eleva la propuesta de Ordenanza que crea el “Programa Techo Propio Villa El Salvador” del Distrito de Villa El Salvador, respecto del cual recaen los informes técnicos favorables de sus unidades orgánicas dependientes y participantes en dicho Programa, siendo