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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (14/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 85

85 NORMAS LEGALES Sábado 14 de junio de 2025 El Peruano / Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Penales a cargo de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargada, en adición a sus funciones, de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, Coordinadora del Equipo Especial de Fiscales para casos con víctimas durante las protestas sociales, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2409568-13 Dejan sin efecto la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 517-2025-MP-FN RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1803-2025-MP-FN Lima, 13 de junio de 2025VISTO Y CONSIDERANDO: La Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 517-2025-MP-FN, de fecha 20 de febrero de 2025, mediante la cual se resolvió nombrar a la abogada Fanny Consuelo Canchari Carbajal como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Amazonas, designándola en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Jazán. Mediante el o fi cio Nº 000683-2025-MP-FN- PJFSAMAZONAS, de fecha 26 de marzo de 2025, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas, se remite la carta de fecha 19 de marzo de 2025, suscrita por la abogada Fanny Consuelo Canchari Carbajal, quien declina a su nombramiento y designación descritos en el párrafo precedente, por motivos estrictamente personales. En virtud a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación y en mérito a la evaluación de los actuados contenida en el informe Nº 0067-2025-MP-FN-OREF-PEFC, de fecha 10 de junio de 2025, resulta necesario aceptar la declinación de la referida abogada y, en consecuencia, dejar sin efecto la resolución señalada en el primer párrafo. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Dejar sin efecto la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 517-2025-MP-FN, de fecha 20 de febrero de 2025, mediante la cual se nombra a la abogada Fanny Consuelo Canchari Carbajal como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Amazonas, designándola en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Jazán. Artículo Segundo .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Penales a cargo de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargada, en adición a sus funciones, de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2409568-14Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Pasco RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1804-2025-MP-FN Lima, 13 de junio de 2025VISTO Y CONSIDERANDO:El o fi cio Nº 001061-2025-MP-FN-PJFSPASCO de fecha 4 de junio de 2025, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Pasco, por el cual remite y expresa conformidad a la carta de fecha 3 de junio de 2025, suscrita por la abogada Ruth Yenny Sotomayor Torres, fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Pasco, designada en la Fiscalía Provincial Mixta de Santa Ana de Tusi - Daniel Alcides Carrión, con sede en el distrito de Santa Ana de Tusi, quien presenta su renuncia al cargo por motivos de salud y solicita que esta sea efectiva a partir del 3 de julio de 2025. De lo señalado en el párrafo precedente, se veri fi ca que la renuncia presentada cumple con los lineamientos establecidos en el o fi cio circular Nº 001-2022-MP-FN- PJFS, de fecha 20 de abril de 2022. Del reporte de quejas y denuncias emitido por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, de fecha 6 de junio de 2025, se advierte que la citada abogada registra 6 quejas en trámite por irregularidad en el ejercicio de sus funciones. El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fi scal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que: “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fi scales) . En virtud a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la evaluación de los actuados contenida en el informe Nº 0119-2025-MP-FN-OREF-YGRC de fecha 9 de junio de 2025, resulta necesario emitir el acto resolutivo que acepte la renuncia de la referida fi scal, a partir del 3 de julio de 2025. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE:Artículo Primero .- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Ruth Yenny Sotomayor Torres, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Pasco, y su designación en la Fiscalía Provincial Mixta de Santa Ana de Tusi -Daniel Alcides Carrión, con sede en el distrito de Santa Ana de Tusi, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2583-2023-MP-FN y 2956-2024-MP-FN de fechas 6 de octubre de 2023 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente; a partir del 3 de julio de 2025, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo .- Hacer de conocimiento a la abogada Ruth Yenny Sotomayor Torres que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero .- Disponer que la O fi cina General de Potencial Humano, de acuerdo a sus atribuciones, realice la gestión correspondiente a fi n de que la abogada Ruth Yenny Sotomayor Torres contratada a plazo indeterminado