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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (29/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Domingo 29 de junio de 2025 El Peruano / unidades ejecutoras indicadas en el Informe Nº 000006- 2025-SIS/GNF-EAZ”; Que, mediante Informe Legal Nº 000272-2025-SIS/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, sobre la base de lo opinado por la Gerencia de Negocios y Financiamiento y la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, considera legalmente viable que la Jefatura del SIS, en su condición de Titular del Pliego, emita la resolución jefatural que apruebe la transferencia fi nanciera hasta por la suma de S/ 30,247,007.00 (Treinta millones doscientos cuarenta y siete mil siete y 00/100 Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, a favor de las unidades ejecutoras descritas en el Anexo Nº 01 “Pliego 135 Seguro Integral de Salud – Unidad Ejecutora 001 - 1091 Seguro Integral de Salud - Transferencia Financiera - Recursos Ordinarios Junio 2025” adjunto al Informe Nº 000035-2025-SIS/GNF, para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud y administrativas en mérito a las adendas a los convenios suscritas; Con el visto del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento; de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; del Secretario General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA; en el Decreto Legislativo Nº 1163, Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2014-SA y sus modi fi catorias. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 001-1091 Seguro Integral de Salud - SIS hasta por la suma de S/ 30,247,007.00 (TREINTA MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SIETE Y 00/100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, a favor de las unidades ejecutoras descritas en el Anexo Nº 01 “Pliego 135 Seguro Integral de Salud – Unidad Ejecutora 001 - 1091 Seguro Integral de Salud - Transferencia Financiera - Recursos Ordinarios Junio 2025” que forma parte integrante de la presente resolución, para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud y administrativas en mérito a los convenios y adendas suscritos. Artículo 2.- Disponer que las unidades ejecutoras que reciban la transferencia fi nanciera de la Unidad Ejecutora 001-1091 Seguro Integral de Salud - SIS por prestaciones de salud y administrativas diferencie, para su incorporación y ejecución, las actividades presupuestarias y/o secuencias funcionales, de acuerdo al Anexo Nº 01 de la Directiva Nº 008-2024-SIS/GNF-V.05 “Directiva de monitoreo, supervisión y seguimiento a las trasferencias fi nancieras del Seguro Integral de Salud”, aprobada con Resolución Jefatural Nº 000165-2024-SIS/J. Artículo 3.- Los recursos a que se re fi ere el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son autorizados, los que están sujetos a monitoreo, supervisión y liquidación fi nanciera, según corresponda. Artículo 4.- Remitir copia de la presente resolución a la O fi cina General de Administración de Recursos, para que realice las acciones necesarias para el cumplimiento de la transferencia fi nanciera señalada en el artículo 1. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, y la resolución y su anexo en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS NAPOLEÓN QUIROZ AVILÉS Jefe del Seguro Integral de Salud 2414186-1ORGANISMOS REGULADORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 00039-2025- SUNASS-PE Lima, 26 de junio de 2025 VISTOS: El Memorando N° 00202-2025-SUNASS-OAF-UT, Informe N° 00056-2025-SUNASS-OPPM-UPP de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; así como el Memorando N° 00425-2025-SUNASS-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República 1, establece que las sociedades de auditoría son contratadas por dicho organismo de control para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados fi nancieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados a estas. Para tal fi n, las entidades del gobierno nacional están autorizadas para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional, a favor de la Contraloría General de la República (en adelante, la CGR) para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de ésta. Asimismo, se señala que las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego y que se publica en el diario o fi cial El Peruano. Que, a través de la Resolución N° 237-2021- CG, la CGR aprobó el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría por el periodo a auditar, que las entidades del gobierno nacional, los gobiernos regionales y gobiernos locales deben transferir a la CGR para la contratación y pago de las sociedades de autoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo. Que, mediante el O fi cio N° 000239-2025- GG/ GRECE, noti fi cado el 11 de junio de 2025, la Gerencia de Recursos Estratégicos en Control Gubernamental de la CGR solicitó a la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - Sunass, entre otros requerimientos, efectuar la transferencia fi nanciera para el pago de la retribución económica (incluido el IGV) correspondiente a la auditoría del periodo 2025 por un monto de S/ 67,968.00 (sesenta y siete mil novecientos sesenta y ocho con 00/100 soles) y del periodo 2026 por un monto de S/ 67,968.00 (sesenta y siete mil novecientos sesenta y ocho y 00/100 soles). Que, mediante el Informe N° 00056-2025- SUNASS- OPPM-UPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, en el ámbito de su competencia, señala que la Sunass cuenta con la disponibilidad presupuestal para realizar la transferencia a favor de la CGR - Unidad Ejecutora 002-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades, por el monto total de S/ 135,936.00 (ciento treinta y cinco mil novecientos treinta y seis y 00/100 soles) para la contratación de la sociedad de auditoría que realizará la auditoría fi nanciera gubernamental por los periodos 2025 y 2026. Que, el artículo 9 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunass, aprobado por Decreto Supremo N° 145-2019-PCM dispone que el