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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (29/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Domingo 29 de junio de 2025 El Peruano / departamento de Tumbes y viceversa, para el control y fi scalización del traslado de insumos químicos que puedan ser utilizados en la minería ilegal ; de la distribución, transporte y comercialización de maquinarias y equipos que puedan ser utilizados en la minería ilegal así como del producto minero obtenido en dicha actividad; y, de los Bienes Fiscalizados que directa o indirectamente, puedan ser utilizados en la elaboración de drogas ilícitas, de conformidad con lo establecido mediante los Decretos Legislativos Nº 1103 , Nº 1107 y Nº 1126, respectivamente, cuya ruta es la siguiente: (…)En caso el transporte o traslado de los insumos químicos, maquinarias, equipos y bienes fi scalizados , se inicie en un lugar no ubicado en la Ruta Fiscal y el destino sea para la zona norte del Perú debe ingresar a la Ruta Fiscal por la vía de transporte terrestre más cercana a la misma.” Artículo 7.- Plazo para el inicio del control y fi scalización en las rutas fi scales 7.1 El inicio del control y fi scalización en las Rutas Fiscales aprobadas en los artículos 1, 2 y 3 de la presente Resolución Ministerial, es a partir de la fecha de entrada en vigencia de esta norma hasta el 31 de diciembre de 2027. 7.2 El inicio del control y fi scalización en las Rutas Fiscales aprobadas en el artículo 4 de la presente Resolución Ministerial, es a partir de la fecha de entrada en vigencia de esta norma hasta el 31 de diciembre de 2025, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto de Urgencia Nº 006-2025, Decreto de Urgencia que dispone la intervención coordinada del Estado en el distrito de Pataz de la provincia de Pataz del departamento de La Libertad, para el control y fi scalización de insumos químicos, explosivos y materiales relacionados, equipos, maquinarias y productos mineros, y otras medidas excepcionales. Artículo 8.- Prórrogas posteriores Los plazos establecidos para las Rutas Fiscales aprobadas mediante los artículos 1, 2 y 3 de la presente Resolución Ministerial, pueden ser prorrogados a propuesta de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT. Artículo 9.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR SANDOVAL POZO Ministro de Transportes y Comunicaciones 2414203-1 Designan Directora de la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 429-2025-MTC/01 Lima, 27 de junio de 2025 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, determina y regula el ámbito de competencias, las funciones y la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme al literal i) del artículo 8 del Texto integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01, es función del Despacho Ministerial designar a los titulares de los cargos de con fi anza del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la Ofi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora MAGDA NATALI BORDO BENAVIDES en el cargo de Directora de la Ofi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR SANDOVAL POZO Ministro de Transportes y Comunicaciones 2414202-1 Autorizan a la empresa Revisiones Técnicas de la Selva Central E.I.R.L. para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo, en local ubicado en el distrito y provincia de Oxapampa, departamento de Pasco RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0288-2025-MTC/17.03 Lima, 28 de mayo de 2025VISTO:La solicitud registrada con Hoja de Ruta N° T-000138- 2025 de fecha 02 de enero de 2025, presentada por la empresa REVISIONES TECNICAS DE LA SELVA CENTRAL E.I.R.L., mediante la cual solicita autorización para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo con una (01) Línea de Inspección Técnica Tipo Mixta, en el local ubicado en Calle C S/N, Sector Mira fl ores I Etapa, distrito y provincia de Oxapampa, departamento de Pasco, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, con facultad, entre otras, para dictar los Reglamentos Nacionales establecidos en la Ley, así como aquellos que sean necesarios para el desarrollo del transporte y el ordenamiento del tránsito; Que, el artículo 3 de la Ley N° 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, dispone que: “El Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector en materia de transportes y tránsito terrestre. Es la entidad del Estado que tiene competencia exclusiva para normar y gestionar el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares en el ámbito nacional (…)”; Que, en el mismo sentido, el artículo 4 de la ley antes señalada establece lo siguiente: “Las inspecciones técnicas vehiculares están a cargo de los Centros de Inspección Técnica Vehicular (CITV), previamente habilitados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Estas