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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MARZO DEL AÑO 2025 (04/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Martes 4 de marzo de 2025 El Peruano / Cuadro N° 13: Redimensionamiento de la Zona 4C y 7 del BPP Loreto Zona del BBP – Loreto Área (ha) de la CC.NN. en el BPP (2) Área (ha) excluida por edición cartográfica (3) Área (ha) Resultante del redimensionamiento de la Zonas del BPP Loreto (1) - (2) - (3)Zona ResoluciónÁrea Oficial (ha) Según Resolución Área (ha) SIG Zona (1) Zona 4C RJ Nº 136-2006-INRENA 19132.0000 19131.5195 940.2137 43.5721 ZONA 4C: 18147.7336 Zona 7 (*)RM Nº 0521-2009-AG 799683.1400 799683.1366 2434.9616 444.5172 ZONA 7: 796803.6578 Datum WGS 84 y Zona UTM 18 Sur (*) Nota: Para efectos del cálculo de la propuesta de redimensionamiento del BPP Loreto, se ha considerado la Zona 7 del BPP en Zona UTM 18 Sur. Fuente : Informe Técnico Nº D000027-2025-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO Que, a su vez, la citada dirección indica que, como consecuencia del redimensionamiento propuesto, la super fi cie total actual del BPP Loreto (6830914.7396) se modi fi cará a una super fi cie de 6827051.4750 ha, que incluye todas las zonas, lo cual se aprecia en el Cuadro Nº 15: Resumen de la propuesta de redimensionamiento del BPP Loreto, del citado Informe Técnico. Cuadro Nº 15: Resumen de la propuesta de redimensionamiento del BPP Loreto BPP Loreto Área (ha) Total RDE N° D000252- 2023-MIDAGRI- SERFOR-D EZona del BPP Loreto Área (ha) de la CC.NN. en el BPPÁrea (ha) excluida por edición cartográfica del BPP LoretoÁrea (ha) Final Resultante de las Zonas redimensionadas del BPP LoretoBPP Loreto Área (ha) Total FinalZonaÁrea (ha) Oficial Según ResoluciónÁrea (ha) SIG (1) (2) (3) (1)-(2)-(3) 6830914.7396Zona 4C19132.000019131.5195 940.2137 43.5721 ZONA 4C: 1 8147.7336 6827051.4750Zona 7 (*) 799683.1400799683.1366 2434.9616 444.5172 ZONA 7: 796803.6578 Fuente : Informe Técnico Nº D000027-2025-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO Que, en el marco de lo dispuesto en los Lineamientos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, a través del documento del Vistos, efectúa la revisión del expediente administrativo que sustenta el redimensionamiento de la Zona 4C y Zona 7 del BPP Loreto y veri fi ca que este se enmarca en la causal denominada “Derechos otorgados por la autoridad competente para el caso de las Comunidades Nativas, en aplicación de lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 0547-2014-MINAGRI” prevista en el literal a) del numeral 4.1 del artículo 4 de los Lineamientos; por lo que, en virtud a la delegación otorgada al SERFOR mediante el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 0368-2018-MINAGRI, modi fi cada por Resolución Ministerial N° 0442-2019-MINAGRI, concluye que resulta legalmente viable expedir la Resolución de Dirección Ejecutiva que apruebe el redimensionamiento de la Zona 4C y Zona 7 del BPP Loreto; Que, en consecuencia, corresponde aprobar mediante Resolución de Dirección Ejecutiva el redimensionamiento de la Zona 4c y Zona 7 del Bosque de Producción Permanente del departamento de Loreto; Que, de conformidad con el literal m) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, y modi fi cado por Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI, la Dirección Ejecutiva del SERFOR expide resoluciones, referidas a la gestión en los asuntos de su competencia, dando cuenta al Consejo Directivo;Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre y del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; el Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, que aprueba el Reglamento para la Gestión Forestal; la Resolución Ministerial N° 0368-2018-MINAGRI, que aprueba los “Lineamientos para la ejecución del procedimiento de redimensionamiento de bosques de producción permanente”, modi fi cada por Resolución Ministerial N° 0442-2019-MINAGRI; y el Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR;, y su modi fi catoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el redimensionamiento del Bosque de Producción Permanente del departamento de Loreto, respecto de la Zona 4C y Zona 7 que resultan con 18147.7336 ha y 796803.6578 ha, respectivamente, de acuerdo con el Mapa y Cuadros Descriptivos que como Anexos forman parte integrante de la presente Resolución; quedando el Bosque de Producción Permanente del departamento de Loreto con una super fi cie total de 6 827 051.4750 ha (seis millones ochocientos veintisiete mil cincuenta y un hectáreas con cuatro mil setecientos cincuenta metros cuadrados), según el detalle siguiente: BPP Loreto Área (ha) Total RDE N° D000252- 2023-MIDAGRI- SERFOR-DEZona del BPP Loreto Área (ha) de la CC.NN. en el BPPÁrea (ha) excluida por edición cartográfica del BPP LoretoÁrea (ha) Final Resultante de las Zonas redimensionadas del BPP LoretoBPP Loreto Área (ha) Total FinalZonaÁrea (ha) Oficial Según Resolución Área (ha) SIG (1) (2) (3) (1)-(2)-(3) 6 830 914.7396Zona 4C 19132.0000 19131.5195 940.2137 43.5721 ZONA 4C: 1 8147.7336 6827051.4750 Zona 7 (*)799683.1400 799683.1366 2434.9616 444.5172 ZONA 7: 796803.6578