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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 2025 (05/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de marzo de 2025 El Peruano / CATEGORÍA PRESUPUESTAL 0123 : Mejora de las Competencias de la Población Penitenciaria para su Reinserción Social Positiva PROYECTO 2158194 : Ampliación de la Capacidad de Albergue y Construcción de Áreas Complementarias en el Complejo Penitenciario de Arequipa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 38 337 971,00 PROYECTO 2114085 : Rehabilitación y Ampliación Integral del Establecimiento Penitenciario de Pucallpa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 38 248 799,00 =========== TOTAL EGRESOS 76 586 770,00 =========== Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario contados desde la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer día del mes de marzo del año dos mil veinticinco. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRÍGUEZ Ministro de Economía y Finanzas EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2377293-1 Designan Jefe de la Oficina General de Recursos Humanos RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 099-2025-EF/49 Lima, 1 de marzo del 2025CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el puesto de Jefe (a) de la Ofi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en este contexto, resulta necesario designar a la persona que ejerza las funciones inherentes al referido puesto; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; en su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Cesar Méndez Gómez en el puesto de Jefe de la O fi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ A. SALARDI RODRÍGUEZ Ministro de Economía y Finanzas 2377275-1 EDUCACIÓN Derogan la R.M. N° 409-2017-MINEDU y aprueban el “Modelo de Servicio Educativo Superior Tecnológico de Excelencia” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 104-2025- MINEDU Lima, 3 de marzo de 2025 VISTOS, el Expediente N° DIGESUTPA2025- INT-0135014, los Informes N° 0003-2025-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-LRS y N° 0014-2025-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-LRS de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística; el Informe N° 00269-2025-MINEDU/SPE-OPEP- UPP de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la Ofi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, el Informe N° 00277-2025-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y 16 de la Constitución Política del Perú, la educación tiene como fi nalidad el desarrollo integral de la persona humana; correspondiéndole al Estado coordinar la política educativa y formular los lineamientos generales de los planes de estudio, así como los requisitos mínimos de la organización de los centros educativos; Que, el artículo 3 de la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, sus funciones rectoras y técnico-normativas son formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, así como aprobar las