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14 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de marzo de 2025 El Peruano / idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; el Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 31419, y otras disposiciones; y, el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora Lorenza Beatriz Sarria García de Rodríguez en el cargo de con fi anza de Directora de Programa Sectorial III, Nivel F-4, del Centro de Estudios en Justicia y Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2376879-1 Aprueban el “Plan de Reestructuración del Instituto Nacional Penitenciario - INPE (2025)” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0082-2025-JUS Lima, 4 de marzo de 2025VISTOS, el Informe N° 000087-2025-JUS/DGAC, de la Dirección General de Asuntos Criminológicos; el Informe N° 090-2025-JUS/OGPM, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° 0257-2025-JUS/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el literal d) del artículo 4 de la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, establece que este ministerio es competente en materia de política penitenciaria; Que, conforme al literal e) del artículo 7 de la citada norma, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos tiene como una de sus funciones especí fi cas la de orientar y contribuir con el establecimiento de la política criminal y formular la política penitenciaria del Estado, así como implementar la política de reinserción social de las y los adolescentes en con fl icto con la ley penal; Que, el Tribunal Constitucional, mediante la sentencia recaída en el Expediente N° 05436-2014-PHC/TC, declara un estado de cosas inconstitucional respecto del permanente y crítico hacinamiento de los establecimientos penitenciarios y las severas de fi ciencias en su capacidad de albergue, calidad de infraestructura e instalaciones sanitarias, de salud, de seguridad, entre otros servicios básicos a nivel nacional; exhortando al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a evaluar la necesidad de ampliar, modi fi car o replantear sustancialmente las medidas que resulten necesarias e indispensables para superar progresivamente el estado de cosas inconstitucional declarado, así como evaluar la decisión de reestructurar integralmente el INPE, a fi n de redimensionar el tratamiento penitenciario con fi nes de reeducación, rehabilitación y reincorporación del penado a la sociedad; Que, la Política Nacional Penitenciaria al 2030, aprobada por Decreto Supremo N° 011-2020-JUS, establece como objetivos prioritarios: “Reducir signi fi cativamente el hacinamiento en el sistema penitenciario”; “Mejorar las condiciones de vida digna para las personas privadas de libertad”; y, “Asegurar condiciones de seguridad y convivencia de la población penitenciaria”; Que, en la III Sesión Ordinaria del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC), desarrollado el 01 de octubre de 2024, los miembros del CONASEC acordaron, entre otros, que: “El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos presentará a la Secretaría Técnica del CONASEC en los próximos 15 días un Plan de Restructuración del Sistema Nacional Penitenciario”; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0262-2024- JUS, del 04 de octubre de 2024, se declara de interés institucional para el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos el cumplimiento de los acuerdos del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana; Que, mediante documento de vistos, la Dirección General de Asuntos Criminológicos, presenta el Plan de Reestructuración del INPE, como resultado de un trabajo conjunto y articulado de la Alta Dirección, unidades de apoyo y dependencias competentes en materia penitenciaria, tanto del MINJUSDH como del INPE; Que, en virtud al sub numeral 11 del numeral 28.1 del artículo 28 del Reglamento que desarrolla el Marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio (AIR) Ex Ante, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2021-PCM, la presente norma se considera excluida del alcance del AIR Ex Ante, por la materia que consiste en aprobar un Plan; Con el visado del Instituto Nacional Penitenciario; de la Dirección General de Asuntos Criminológicos; de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Plan de Reestructuración del INPE Aprobar el “Plan de Reestructuración del Instituto Nacional Penitenciario - INPE (2025)”, en el marco del noveno acuerdo adoptado en la III Sesión Ordinaria del CONASEC, del 1 de octubre de 2024, el mismo que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Acciones de seguimiento Encargar a la Dirección General de Asuntos Criminológicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos el seguimiento del “Plan de Reestructuración del Instituto Nacional Penitenciario - INPE (2025)”. Artículo 3.- Financiamiento La implementación del “Plan de Reestructuración del Instituto Nacional Penitenciario - INPE (2025)”, se fi nancia con el presupuesto institucional del Instituto Nacional Penitenciario, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 4.- Remisión del Plan al CONASEC Remitir la presente Resolución Ministerial y el “Plan de Reestructuración del Instituto Nacional Penitenciario - INPE (2025)” a la Secretaría Técnica del CONASEC, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su anexo en la sede digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), y del Instituto Nacional Penitenciario (https://www.gob.pe/ inpe), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2377041-1