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67 NORMAS LEGALES Domingo 9 de marzo de 2025 El Peruano / Nº Ordenanza Nº Sumilla o título Fecha de Publicación 67 436-MVES Ordenanza solidaria en materia tributaria y no tributaria a favor de los contribuyentes del distrito de Villa el Salvador02.10.2020 68 448-MVES Ordenanza que establece beneficios especiales en materia tributaria y no tributaria a favor de los contribuyentes del distrito de Villa El Salvador31.03.2021 69 452-MVES Ordenanza del Bicentenario que otorga beneficios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de Villa El Salvador15.07.2021 70 456-MVES Ordenanza que otorga beneficios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de Villa El Salvador31.10.2021 71 458-MVES Establece la tasa de estacionamiento vehicular temporal en las playas del distrito de Villa El Salvador - Temporada Verano 202231.12.2021 72 465-MVES Ordenanza ¨Arriba Villa¨ que otorga beneficios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de Villa El Salvador02.07.2022 2378490-1 Que, el presente viaje del Señor Alcalde a realizarse en Madrid España no irrogará gasto alguno a la Municipalidad Provincial del Cusco porque será cubiertos por la Empresa Municipal de Festejos del Cusco EMUFEC; Que, de conformidad con el numeral 11) del artículo 9º numeral 27) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, son atribuciones del Concejo Municipal “Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario”; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Concejo Municipal ejerce sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas Municipales y Acuerdos Municipales; igualmente, el artículo 41º de dicha Ley precisa que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal sobre asuntos especí fi cos que expresan la voluntad de dicho órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Por tanto, estando a lo establecido por el artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco, por UNANIMIDAD; con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; ACORDÓ:Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje del señor Luis Beltrán Pantoja Calvo, Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco, entre los días 19 al 28 de enero de 2025, a la ciudad de Madrid, España, con la fi nalidad de participar en la presentación de las Fiestas del Cusco 2025 que tendrán lugar en la Feria internacional de Turismo - FITUR, a invitación de la Empresa Municipal de Festejos del Cusco EMUFEC. Asimismo, realizar las gestiones en España para la repatriación de los restos de Fernando Túpac Amaru hijo del Precursor José Gabriel Túpac Amaru Noguera. Artículo Segundo.- DISPONER a la Gerencia Municipal, y demás instancias administrativas tomen las medidas que correspondan, para el cumplimiento del presente Acuerdo Municipal. Artículo Tercero.- PRECISAR de conformidad a lo establecido por el Acuerdo Municipal Nº 058-04-MC, de fecha 14 de junio de 2004, que el señor Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco, deberá emitir un informe en sesión ordinaria inmediata posterior a la realización del viaje, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS BELTRAN PANTOJA CALVO Alcalde 2378606-1PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO Autorizan viaje de Alcalde a España, en comisión de servicios ACUERDO MUNICIPAL Nº 01-2025-MPC Cusco, trece de enero de dos mil veinticincoEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha trece de marzo de dos mil veinticinco, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi catorias y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la autonomía política consiste en la capacidad de dictar normas de carácter obligatorio en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción, la autonomía económica consiste en la capacidad de decidir sobre su presupuesto y los destinos de los gastos y las inversiones con la participación activa de la sociedad civil, la autonomía administrativa es la capacidad de organizarse de la manera que más convenga a sus planes de desarrollo local; Que, con O fi cio Nº 002-GG-EMUFEC-2025, la Gerente General de la Empresa Municipal de Festejos del Cusco invita al Alcalde del Cusco a participar en el lanzamiento internacional de las Fiestas del Cusco e Inti Raymi 2025 el mismo que tendrá lugar en la Feria FITUR, en la ciudad de Madrid en el país de España entre los días 22 al 27 de enero de 2025; Que, asimismo en la Sesión de la fecha se precisó que el Señor Alcalde realizara gestiones ante la Embajada de Perú en España para la posible repatriación de los restos de QEVF Fernando Túpac Amaru hijo de Túpac Amaru II;