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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2025 (09/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 61

61 NORMAS LEGALES Domingo 9 de marzo de 2025 El Peruano / intereses de buena fe de terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto, el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción; Que, mediante Carta de Donación, signada con Trámite N° 2024-0230817 del 6 de noviembre del 2024, el señor Carlos Jaime Del Castillo Rodríguez, identi fi cado con D.N.I. N° 08230136, mani fi esta su intención de donar, a favor del Museo Municipal Prehispánico de la Subgerencia de Promoción Cultural, Artes Escénicas, Museos y Bibliotecas de la Gerencia de Cultura de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a título gratuito, bienes culturales muebles de su propiedad debidamente evaluados por el Ministerio de Cultura, conformado por ochocientas setenta y cinco piezas arqueológicas de época prehispánica; por lo que, remite la documentación que sustenta dicho acto de disposición; Que, con Informe N° D000148-2024-MML-GC- SPCAEMB-MFB del 31 de diciembre de 2024, la Dirección del Museo Municipal Prehispánico, con la conformidad de la Subgerencia de Promoción Cultural, Artes Escénicas, Museos y Bibliotecas a través del Memorando N° D000002-2025-MML-GC-SPCAEMB del 2 de enero de 2025, concluye que es conveniente aceptar la donación de ochocientos setenta y cinco piezas arqueológicas de época prehispánica; Que, con Informe Técnico N° D000007-2025-MML- OGA-OL-ABMI del 3 de febrero de 2025, el Área de Bienes Muebles e Inventario, con la conformidad de la O fi cina de Logística a través del Informe N° D000256-2025-MML- OGA-OL y de la O fi cina General de Administración en su Memorando N° D000049-2025-MML-OGA del 6 de febrero de 2025; sostiene, entre otros, que: i) las ochocientos setenta y cinco piezas arqueológicas de época prehispánica, materia de aceptación de donación, se encuentran en buen estado de conservación y valorizadas en un total S/ 283,450.00 (doscientos ochenta y tres mil cuatrocientos cincuenta con 00/100 soles), cuya fi nalidad es ser exhibidas en el Museo Municipal Prehispánico; ii) los mencionados bienes serán objeto de inclusión al patrimonio de la entidad, cuyos datos y valores se encuentran detallados en el Apéndice A adjunto al referido Informe Técnico; iii) el valor inicial de los bienes, antes señalado, se desprende del Acta de Entrega de Donación a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, del 23 de enero de 2025, suscrita por el donante, por Director del Museo de Sitio Bodega y Quadra y por el Director del Museo Municipal Prehispánico de la Subgerencia de Promoción Cultural, Artes Escénicas, Museos y Bibliotecas de la Gerencia de Cultura de la Municipalidad Metropolitana de Lima; iv) da su conformidad a las cerámicas donadas; en tanto se encuentran en posesión de la Municipalidad Metropolitana de Lima, señalando que las características de los bienes se ajustan a lo descrito en la documentación correspondiente; cumpliendo con los requerimientos básicos para su exhibición y puesta en uso; Que, la O fi cina General de Asuntos Jurídicos, a través del Informe N° D000133-2025-MML-OGAJ del 11 de enero de 2025, concluye, entre otros que, resulta conforme a la normativa vigente que el Concejo Metropolitano apruebe la donación sub materia; ACORDÓ: Artículo Primero.- ACEPTAR la transferencia a título de DONACIÓN por parte del señor Carlos Jaime Del Castillo Rodríguez a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, la cual consiste en ochocientas setenta y cinco piezas arqueológicas de época prehispánica (bienes culturales muebles - cerámicas), con un valor inicial total de S/ 283,450.00 (doscientos ochenta y tres mil cuatrocientos cincuenta con 00/100 soles), con efi cacia anticipada al 23 de enero de 2025; sustentado en el Informe Técnico N° D000007-2025-MML-OGA-OL-ABMI y cuyos detalles necesarios para su registro e incorporación al patrimonio se describen en el Apéndice A del mismo. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la O fi cina General de Administración para que, a través del Área de Bienes Muebles e Inventario, realicen el alta de la unidad recibida en donación, de conformidad con la normativa vigente.Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Cultura para que, en coordinación con la O fi cina General de Administración, adopten las medidas pertinentes para la conservación adecuada de los bienes materia de donación. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo la publicación del presente acuerdo en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la O fi cina de Gobierno Digital su publicación, en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.transparencia.munlima.gob.pe, el mismo día de su publicación en el diario o fi cial. POR TANTO: Al promulgarlo, mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal de Lima, a los seis días de marzo del dos mil veinticinco. FABIOLA MARÍA MORALES CASTILLO Regidora Metropolitana 2378485-1 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Convocan a Elecciones de las Juntas Vecinales Comunales (JVC) del distrito de Miraflores, para el periodo 2025 -2026, respecto a las 14 zonas vecinales del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2025/MM Mira fl ores, 5 de marzo de 2025 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MIRAFLORES Vistos, el Memorando Circular Nº 005-2025-GPV/MM de fecha 27 de febrero de 2025, emitido por la Gerencia de Participación Vecinal; el Memorándum Nº 288-2025-GDH/MM de fecha 28 de febrero de 2025, emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano; el Memorándum Nº 250- 2025-GSC/MM de fecha 28 de febrero de 2025, emitido por la Gerencia de Seguridad Ciudadana; el Memorando Nº 128-2025-GPV/MM de fecha 28 de febrero de 2025, emitido por la Gerencia de Participación Vecinal; el Informe Nº 083-2025-GAJ/MM de fecha 03 de marzo de 2025, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorándum Nº 284-2025-GM/MM de fecha 03 de marzo de 2025, emitido por la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias, el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la mencionada ley mediante decretos de alcaldía; asimismo, el artículo 42º de la referida norma legal, establece que los decretos de alcaldía establecen las normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Consejo Municipal; Que, el artículo 110º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la constitución y delimitación de las Juntas Vecinales Comunales, el número de sus delegados, así como la forma de su elección y revocatoria, serán establecidos mediante ordenanza de la respectiva municipalidad distrital; en concordancia con lo señalado, el artículo 116º de la mencionada ley precisa que dichas juntas se constituyen mediante