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42 NORMAS LEGALES Martes 18 de marzo de 2025 El Peruano / MINISTERIO PÚBLICO Nombran fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 775-2025-MP-FN Lima, 17 de marzo de 2025 VISTO Y CONSIDERANDO: El ofi cio N° 000250-2025-MP-FN-CNFEED, de fecha 31 de enero de 2025, cursado por el Coordinador Nacional de las Fiscalía Especializadas en Extinción de Dominio, mediante el cual eleva la propuesta en terna para cubrir la plaza de fi scal provincial en la Quinta Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Lima, la misma que, se encuentra vacante. A través de los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052, modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. Según el numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley N° 30483, modi fi cada por la Ley N° 31718, prevé que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Conforme al artículo 65 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal modi fi cado por la Ley N° 31718, se establece que el fi scal llamado a cubrir provisionalmente una plaza superior es aquel que ocupe el puesto más alto en el cuadro de méritos de su nivel, como consecuencia del proceso de evaluación del desempeño parcial. En defecto de ello, el nombramiento se realiza respetando el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. En ese sentido y a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la fi nalidad de coadyuvar la labor fi scal y alcanzar el Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la capacidad resolutiva de casos fi scales requeridos por la sociedad”, encontrándose vacante la plaza propuesta, se hace necesario emitir el resolutivo correspondiente a fi n de nombrar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo; en atención al marco normativo antes citado, previa veri fi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y considerando el informe N° 00032-2025-MP-FN-OREF-DEEC, de fecha 13 de marzo de 2025. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada con el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Víctor Hugo Román Valencia, fi scal adjunto provincial titular civil de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Cuarta Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Lima, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N.os 1333-2019-MP-FN y 304-2022-MP-FN, de fechas 10 de junio de 2019 y 10 de marzo de 2022, respectivamente. Artículo Segundo.- Nombrar al abogado Víctor Hugo Román Valencia, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en la Quinta Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Lima, con retención de su cargo de carrera. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento al abogado Víctor Hugo Román Valencia que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General N° 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Cuarto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Extinción de Dominio, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2381410-1 Designan fiscales en el Distrito Fiscal de Lima Este RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 776-2025-MP-FN Lima, 17 de marzo de 2025VISTO Y CONSIDERANDO:El o fi cio N° 0001446-2025-MP-FN-PJFS-DFLE, de fecha 27 de febrero de 2025, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, que eleva la carta de fecha 24 de febrero de 2025, suscrito por el abogado Juan Climaco Ttupa Huallpa, fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal Lima Este, designado en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaycán, mediante el cual presenta su renuncia al cargo, por motivos estrictamente personales y de salud, solicitando el retorno a su cargo de carrera como fi scal adjunto provincial titular mixto de Huaycán del Distrito Judicial de Lima, en la Segunda Fiscalía Provincial Mixta de Huaycán, actualmente Fiscalía Provincial de Familia de Huaycán. La Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal Lima Este, eleva la mencionada renuncia a través de la Carpeta Electrónica Administrativa (CEA), al Despacho de la Fiscalía de la Nación, expresando su conformidad. Sobre el particular, el numeral 3 del artículo 106 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fi scal termina por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Decreto Supremo N° 005- 90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, establece que: “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fi scales)”. Por otro lado, los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052, modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. Conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la evaluación de los actuados; así como, considerando el informe N° 00016-2025-MP-FN-OREF-LLRM, de fecha 13 de marzo de 2025, resulta necesario emitir el acto resolutivo que acepte la renuncia del referido fi scal y su designación a su cargo de carrera. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo n° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.