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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MARZO DEL AÑO 2025 (18/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 34

34 NORMAS LEGALES Martes 18 de marzo de 2025 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, mediante Formulario Único de Trámite (FUT), de fecha 20 de diciembre de 2024, la Srta. Fiorela Bustamante Siura, egresada de la Facultad de Agronomía, solicita el Duplicado de Diploma de Grado de Bachiller en Ciencias – Agronomía, por motivo de pérdida; Que, la Srta. Fiorela Bustamante Siura, obtuvo el Diploma de Grado de Bachiller en Ciencias - Agronomía mediante Resolución Nº 0714-UNALM, de fecha 02 de diciembre de 2005, encontrándose inscrito en el Libro Nº 30, Folio Nº 092 del Registro Nº 13871 de esta Casa de Estudios; Que, revisada la solicitud, ésta cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5º del TUO del Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades, aprobado con Resolución Nº 1503-2011-ANR y sus modi fi catorias, por lo que resulta procedente lo solicitado, debiendo expedirse el duplicado correspondiente; Por lo expuesto, estando a las normas legales glosadas, Ley 28626 y artículo 310 literal p) del Reglamento General de la UNALM; artículo 14 del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos (SUNEDU) aprobado por Resolución del Consejo Directivo Nº 009-2015-SUNEDU/ CD, y estando a lo acordado por el Consejo Universitario en sesión ordinaria de la fecha; SE RESUELVE: Artículo 1.- Anular el Diploma de Grado de Bachiller en Ciencias – Agronomía de la Srta. Fiorela Bustamante Siura, expedido el 2 de diciembre de 2005. Artículo 2.- Expedir el duplicado de Diploma de Grado de Bachiller en Ciencias – Agronomía, a favor de la Srta. Fiorela Bustamante Siura, por motivo de pérdida del original e inscribir en el libro o fi cial de registro. Artículo 3.- Dar cuenta de la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU). Artículo 4.- Publicar la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. AMÉRICO GUEVARA PÉREZ Rector JORGE PEDRO CALDERÓN VELÁSQUEZ Secretario General 2381122-1 Disponen la expedición de duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Ciencias - Estadística e Informática de la Universidad Nacional Agraria La Molina CONSEJO UNIVERSITARIO UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA RESOLUCIÓN Nº 0046-2025-CU- UNALM La Molina, 13 de febrero de 2025 CONSIDERANDO: Que, mediante Formulario Único de Trámite (FUT), de fecha 28 de enero 2025, presentado por Felipe Gabriel Serrano Hidalgo, ex estudiante de la Facultad de Economía y Plani fi cación solicita el Duplicado de Diploma de Grado de Bachiller en Ciencias – Estadística e Informática, por motivo de pérdida; Que, Felipe Gabriel Serrano Hidalgo, obtuvo el Diploma de Grado de Bachiller en Ciencias - Estadística e Informática, mediante Resolución Nº 149-2011-UNALM, de fecha 03 de marzo de 2011, encontrándose inscrito en el Libro Nº 35, Folio Nº 39 del Registro Nº 16818 de esta Casa de Estudios; Que, revisada la solicitud, ésta cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5º del TUO del Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades, aprobado con Resolución Nº 1503-2011-ANR y sus modi fi catorias, por lo que resulta procedente lo solicitado, debiendo expedirse el duplicado correspondiente; Por lo expuesto, estando a las normas legales glosadas, Ley 28626 y artículo 310 literal p) del Reglamento General de la UNALM; artículo 14 del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos (SUNEDU) aprobado por Resolución del Consejo Directivo Nº 009-2015-SUNEDU/ CD, y estando a lo acordado por el Consejo Universitario en sesión ordinaria de la fecha; SE RESUELVE:Artículo 1.- Anular el Diploma de Grado de Bachiller en Ciencias - Estadística e Informática de Felipe Gabriel Serrano Hidalgo, expedido el 03 de marzo de 2011. Artículo 2.- Expedir el duplicado de Diploma de Grado de Bachiller en Ciencias - Estadística e Informática, a favor de Felipe Gabriel Serrano Hidalgo, por motivo de pérdida del original e inscribir en el libro o fi cial de registro. Artículo 3.- Dar cuenta de la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU). Artículo 4.- Publicar la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. AMÉRICO GUEVARA PÉREZ Rector JORGE PEDRO CALDERÓN VELÁSQUEZ Secretario General 2381095-1 Disponen la expedición de duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Ciencias – Ingeniería Agrícola de la Universidad Nacional Agraria La Molina CONSEJO UNIVERSITARIO UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA RESOLUCIÓN Nº 0047-2025-CU- UNALM La Molina, 13 de febrero de 2025 CONSIDERANDO:Que, mediante Formulario Único de Trámite (FUT), de fecha 24 de enero 2025, presentado por el Sr. Samuel Leonardo Rojas Aguilar, egresado de la Facultad de Ingeniería Agrícola solicita el Duplicado de Diploma de Grado de Bachiller en Ciencias – Ingeniería Agrícola, por motivo de pérdida; Que, el Sr. Samuel Leonardo Rojas Aguilar, obtuvo el Diploma de Grado de Bachiller en Ciencias – Ingeniería Agrícola, mediante Resolución Nº 186-2018-CU-UNALM, de fecha 14 de junio de 2018, encontrándose inscrito en el Libro Nº 45, Folio Nº 334 del Registro Nº 21613 de esta Casa de Estudios; Que, revisada la solicitud, ésta cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5º del TUO del Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades, aprobado con Resolución Nº 1503-2011-ANR y sus modi fi catorias, por lo que resulta procedente lo solicitado, debiendo expedirse el duplicado correspondiente; Por lo expuesto, estando a las normas legales glosadas, Ley 28626 y artículo 310 literal p) del Reglamento General