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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MARZO DEL AÑO 2025 (22/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Sábado 22 de marzo de 2025 El Peruano / Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA Presidente del Consejo de Ministros 2383283-3 Autorizan viaje del Ministro de Justicia y Derechos Humanos a Colombia y encargan su Despacho al Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 053-2025-PCM Lima, 21 de marzo de 2025CONSIDERANDO: Que, mediante carta s/n de fecha 28 de enero de 2025, la Dirección del Programa EL PACCTO 2.0 – EU- LAC Partnership on justice and security (Programa EL PACCTO 2.0), cursa invitación al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para participar en el “Seminario de Protección de juventud en América Latina y Caribe”, que se llevará a cabo en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 25 al 27 de marzo de 2025; Que, el objetivo del referido evento es debatir sobre la protección juvenil en los países de América Latina y el Caribe, el Estado del Arte de la protección juvenil en todas sus dimensiones (primaria, secundaria y terciaria). Para ello, se presentarán las políticas de protección juvenil como herramienta de prevención para combatir el crimen organizado, otorgando visibilidad a las mejores prácticas a través del análisis de casos prácticos (sociedad civil incluida) y se fomentará el diálogo entre los actores clave de los diferentes países en materia de prevención primaria, secundaria y terciaria. Asimismo, se buscará la elaboración conjunta de una hoja de ruta para que cada país interesado pueda elegir sus prioridades dentro de la protección juvenil, buscando conformar grupos de trabajo con prioridades comunes para desarrollar acciones con el apoyo del Programa EL PACCTO 2.0; Que, la asistencia del señor Eduardo Melchor Arana Ysa, Ministro de Estado en el Despacho de Justicia y Derechos Humanos en el citado evento, permitirá fortalecer la labor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos respecto a la conducción de la Política Nacional del Adolescente en Riesgo y en Con fl icto con la Ley Penal al 2030, aprobada por Decreto Supremo Nº 009-2023-JUS, la misma que tiene como parte de sus objetivos prioritarios, el reducir la concentración de condiciones de riesgo de los y las adolescentes en riesgo infractor, el cual pretende que los y las adolescentes se desarrollen de forma integral para evitar la inclusión en proyectos de vida en criminalidad; estableciendo como lineamiento el ejecutar acciones para disminuir factores de riesgo criminógeno en general e impulsar los factores protectores que contribuyan en la disminución de las condiciones de riesgo criminógeno; Que, por lo expuesto, resulta de interés institucional, autorizar el viaje del señor Eduardo Melchor Arana Ysa, Ministro de Estado en el Despacho de Justicia y Derechos Humanos, para participar en el mencionado evento; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que se deriven de la participación en el evento serán cubiertos por el Programa EL PACCTO 2.0., por lo que no irrogará gasto al Tesoro Público; Que, a partir de la ausencia del Titular y en tanto dure esta, es necesario encargar el Despacho de Justicia y Derechos Humanos;Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor EDUARDO MELCHOR ARANA YSA, Ministro de Estado en el Despacho de Justicia y Derechos Humanos, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 24 al 27 de marzo de 2025, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Encargar el Despacho de Justicia y Derechos Humanos al señor DANIEL YSAU MAURATE ROMERO, Ministro de Estado en el Despacho de Trabajo y Promoción del Empleo, en tanto dure la ausencia del Titular. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema no irroga gasto al Tesoro Público ni otorga derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA Presidente del Consejo de Ministros 2383283-4 Modifican los artículos 1 y 2 de la Resolución Suprema N° 045-2025-PCM RESOLUCIÓN SUPREMA N° 054-2025-PCM Lima, 21 de marzo de 2025CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Suprema N° 045-2025-PCM, se autoriza el viaje del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, ELMER JOSE GERMAN GONZALO SCHIALER SALCEDO, Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Nueva Delhi, República de la India, y a la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 14 al 22 de marzo de 2025; asimismo, el artículo 2 de la citada Resolución Suprema establece los gastos que irrogue el referido viaje serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, por razones de fuerza mayor, resulta necesario modi fi car los artículos 1 y 2 de la Resolución Suprema N° 045-2025-PCM, respecto a la fecha de retorno y los gastos por concepto de pasajes aéreos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 32185 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de