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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MARZO DEL AÑO 2025 (22/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Sábado 22 de marzo de 2025 El Peruano / Sector 1”, especi fi cando los fundamentos sobre la valoración cultural positiva y niveles de vulnerabilidad del bien inmueble objeto de protección provisional, de acuerdo con los lineamientos y criterios técnicos contenidos en la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC. En el referido informe se indica que el monumento arqueológico prehispánico viene siendo objeto de afectación veri fi cada debido a agentes antrópicos, según lo siguiente: ACTUALMENTE LA ASOCIACION DE VIVIENDA VISTA ALEGRE VIENE EXPANDIENDO LA OCUPACION URBANA COLINDANTE AL SECTOR NORTE DEL BIEN INMUEBLE PREHISPÀNICO, PERMITIENDO LABORES DE EXCVACION CON MAQUINARIA PESADA ASI COMO LA CONSTRUCCIÒN DE UN MURO DE CONTENCIÒN Y COLUMNAS DE FIERRO ARMADO, AL INTEIROR DEL SITIO ARQUEOLÒGICO. Que, el numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que el acto administrativo “puede motivarse mediante la declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condición de que se les identi fi que de modo certero, y que por esta situación constituyan parte integrante del respectivo acto. Los informes, dictámenes o similares que sirvan de fundamento a la decisión, deben ser noti fi cados al administrado conjuntamente con el acto administrativo”; Que, mediante Informe N° 000254-2025-DSFL- DGPA-VMPCIC/MC de fecha 21 de febrero de 2025, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal remite a la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble la propuesta de protección provisional del Sitio Arqueológico “Golf de Huampaní Sector 1”, recaída en el Informe de Inspección N° 005-2025-HCC-DCS-VMPCIC-MC, para su atención; Que, mediante Informe Nº 000098-2025-DGPA- VMPCIC-ARD/MC de fecha 18 de marzo de 2025, el área legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble recomienda emitir resolución directoral que determine la protección provisional del Sitio Arqueológico “Golf de Huampaní Sector 1”; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED y sus modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC, aprobada por Resolución Viceministerial Nº 077-2018-VMPCIC-MC; la Resolución Viceministerial N° 000001-2025-VMPCIC-MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional del Sitio Arqueológico “Golf de Huampaní Sector 1”, ubicado en el distrito de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo periodo, debidamente sustentado. Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 005-2025-HCC-DCS-VMPCIC-MC, elaborado por el especialista de la Dirección de Control y Supervisión de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural así como en los Informes N° 000254-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, Informe N° 000024-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-MMP/MC y el cuadro de datos técnico del plano perimétrico con código N° PP-108_MC_DGPA/DSFL-2015 WGS84, los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, las siguientes:MEDIDA REFERENCIA Paralización y/o cese de la afectación:x CESE DE LA AFECTACIÒN Señalización: xCOLOCAR HITOS DE DELIMITACIÓN Y ACTUALIZACION DE SEÑALETICA EN EL MURO DE SEÑALIZACIÒN. Artículo Tercero.- COMUNICAR a la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural de la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (https://www.gob.pe/cultura ). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Lurigancho, a fi n de que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 005-2025-HCC-DCS-VMPCIC- MC, el Informe N° 000254-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/ MC, Informe N° 000024-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-MMP/ MC e Informe Nº 000098-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC y el Plano Perimétrico con código N° PP-108_MC_DGPA/ DSFL-2015 WGS84, las cuales serán publicadas en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (https://www. gob.pe/cultura ) para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.YURI WALTER CASTRO CHIRINOS Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 2382553-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a los Estados Unidos de América, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00307-2025-DE Lima, 18 de marzo del 2025VISTOS:El O fi cio N° 1571/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio N° 00315-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00482-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante O fi cio N° D00605/74, el Director de Telemática de la Marina de Guerra del Perú remite