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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 2025 (28/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 95

95 NORMAS LEGALES Viernes 28 de marzo de 2025 El Peruano / Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como en el Portal Web del Gobierno Regional Tumbes, precisando que la misma entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Tumbes para su promulgación. En Tumbes, a los cuatro días del mes de febrero del año dos mil veinticinco. ROBERTO ALAN RÍOS HERRERA. Consejero Regional POR TANTO: Mando se registre, publique, cumpla y archive. Dado en el Gobierno Regional Tumbes el 21 de febrero del 2025. SEGISMUNDO CRUCES ORDINOLA Gobernador Regional 2379120-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 576/ MDSMP, Ordenanza que aprueba beneficios de pronto pago denominado “Vecino Sanmartiniano Puntual” DECRETO DE ALCALDÍA N° 04-2025/ MDSMP San Martín de Porres, 19 de marzo de 2025 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTOS: El Informe N° 140-2025-SGRTYCD-GAT/ MDSMP de fecha 14 de marzo de 2025 emitido por la Subgerencia de Recaudación Tributaria y Control de la Deuda, Informe N° 014-2025-GAT-MDSMP de fecha 17 de marzo de 2025 emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, Informe N° 135-2025-OGAJ/MDSMP de fecha 18 de marzo de 2025 emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica, Memorandum N° 304-2025-MDSMP/ GM de fecha 19 de marzo de 2025 de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, el artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que, (…) el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; asimismo, el artículo 42° de la norma citada prescribe que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del concejo municipal; Que, a través de la Ordenanza N° 576/MDSMP publicada el 10 de enero de 2025 en el diario o fi cial El Peruano, se aprobó el bene fi cio de pronto pago denominado “Vecino Sanmartiniano Puntual” y el calendario de vencimiento de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2025, la misma que faculta en la Primera Disposición Final Transitoria al alcalde del distrito de San Martín de Porres, para que, mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para la aplicación de la mencionada ordenanza, así como para prorrogar la vigencia de la misma; Que, mediante Informe N° 140-2025-SGRTYCD- GAT/MDSMP de fecha 14 de marzo de 2025, la Subgerencia de Recaudación Tributaria y Control de la Deuda, remite a la Gerencia de Administración Tributaria, el proyecto de Decreto de Alcaldía que prorroga la vigencia de la Ordenanza N° 576/MDSMP sobre el bene fi cio de pronto pago denominado “Sanmartiniano Puntual” hasta el 3º de abril de 2025, con la fi nalidad de brindar facilidades de pago y bene fi cios tributarios que promuevan el cumplimiento voluntario y la regularización de las obligaciones tributaria de los contribuyentes del distrito de San Martín de Porres; esta medida busca fortalecer el vínculo entre la municipalidad y los vecinos sanmartinianos, reconociendo a los contribuyentes puntuales y sensibilizando a la población para que continúe cumpliendo con sus obligaciones tributarias de manera voluntaria; Que, mediante el Informe N° 014-2025-GAT/ MDSMP de fecha 17 de marzo de 2025, la Gerencia de Administración Tributaria hace suyo el Informe N° 140-2025-SGRTYCD-GAT/MDSMP de la Subgerencia de Recaudación Tributaria y Control de la Deuda; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica a través del Informe N° 135-2025-OGAJ/MDSM de fecha 18 de marzo de 2025, emite opinión legal favorable para la aprobación del Decreto de Alcaldía que aprueba la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 576/MDSMP, hasta el 30 de abril de 2025, ello en cumplimiento de lo establecido en la Primera Disposición Final y Transitoria de la citada Ordenanza; Que, la Gerencia Municipal mediante Memorando N° 304-2025-MDSMP/GM de fecha 19 de marzo de 2025, corre traslado a Secretaria General los actuados, con la fi nalidad que en el marco de sus competencias se sirva emitir el acto administrativo que corresponda para aprobar la prórroga del bene fi cio de pronto pago aprobado por Ordenanza N° 576/MDSMP; En uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de abril de 2025, la vigencia de la Ordenanza N° 576/MDSMP, Ordenanza que aprueba bene fi cios de pronto pago denominado “Vecino Sanmartiniano Puntual”, conforme lo dispuesto en la Primera Disposición Final y Transitoria de la citada norma. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y a las unidades orgánicas en lo que fuere de su competencia el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y a la O fi cina de Desarrollo de Tecnología de la Información y Estadística, la publicación del presente Decreto en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de San Martin de Porres (www.gob. pe/munisanmartindeporres). Regístrese, comuníquese , publíquese y cúmplase. HERNAN TOMAS SIFUENTES BARCA Alcalde 2384334-1