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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 2025 (28/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 92

92 NORMAS LEGALES Viernes 28 de marzo de 2025 El Peruano / Derechos Humanos de la Mujer, la Familia y Juventudes; Ofi cio N° 0001-2025-GRP/CR-CDSHMFJ emitido por el presidente de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, Derechos Humanos de la Mujer, la Familia y Juventudes, CD. Roberto Chale Suarez Chuquimantari, solicita la aprobación del mencionado dictamen; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la Región; Que, los Gobiernos Regionales tienen jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales, conforme a Ley, en mérito al artículo 3º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Que, los literales a) y e) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulan o reglamenten los asuntos de su competencia y funciones del Gobierno Regional, así como aprobar su Reglamento Interno; Que, habiendo tomado conocimiento la comisión ordinaria de desarrollo social, derechos humanos de la mujer, familia y juventudes de las propuestas para la denominación del año a nivel regional por las diversas instituciones representativas de la región Pasco a través de los documentos considerados, la misma que luego de un amplio debate la citada comisión ha acordado que la denominación del año a nivel regional se denominará: “AÑO DEL CENTENARIO DE INTERPRETACIÓN DE LA MULIZA A TI Y DEL BICENTENARIO DE LA TIERRA DEL CHARICAMAY Y LOS COMPADRES”, la misma que fue aprobada por unanimidad por todos sus miembros; Que, con O fi cio N° 0001-2025-GRP/CR-CDSHMFJ emitido por el presidente de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, Derechos Humanos de la Mujer, la Familia y Juventudes, CD. Roberto Chale Suarez Chuquimantari, solicita la aprobación de Dictamen N° 001-2025-GRP-CR/CODSDHMF que dictaminan, Aprobar que la denominación del año 2025, a nivel de la región Pasco, será “AÑO DEL CENTENARIO DE INTERPRETACIÓN DE LA MULIZA A TI Y DEL BICENTENARIO DE LA TIERRA DEL CHARICAMAY Y LOS COMPADRES”; Que, en la Cuarta Sesión Ordinaria de Consejo Regional de Pasco, de fecha dieciocho de febrero de dos mil veinticinco, en la estación de orden del día, el presidente de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, Derechos de la Mujer Humanos de la Mujer, la Familia y Juventudes, pone en consideración y sustenta ante el pleno del consejo, el Dictamen N° 001-2025- GRP-GR/ CODSDHMFJ, aprobado por unanimidad, la propuesta de la denominación del año regional de Pasco. Luego de un amplio debate fue aprobado por unanimidad de los presentes el Dictamen N° 001-2025-GRP-CR/CODSDHMF. Asimismo, fue aprobado por unanimidad la dispensa de lectura del acta; Que, estando a lo acordado por el Consejo Regional en su Sesión Ordinaria y en uso de sus facultades conferidas en el artículo 38º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, el Consejo Regional del Gobierno Regional Pasco ha emitido la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR la denominación del año regional 2025, “AÑO DEL CENTENARIO DE INTERPRETACIÓN DE LA MULIZA A TI Y DEL BICENTENARIO DE LA TIERRA DEL CHARICAMAY Y LOS COMPADRES”, la misma que será obligatorio en todas las instancias del sector público de la Región Pasco. Artículo Segundo.- DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva.Artículo Tercero.- EXHORTAR, al Gobernador Regional de Pasco para que disponga a la o fi cina de secretaria general, se comunique el presente acuerdo a todas las instituciones públicas para que consideren dicha denominación en sus documentos o fi ciales a nivel regional. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y el Portal WEB del Gobierno Regional de Pasco y su distribución a las instancias correspondientes. Artículo Quinto.- DISPONER que, la presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Comuníquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional Pasco, para su promulgación. En Cerro de Pasco, a los dieciocho días del mes de febrero del año dos mil veinticinco. JESSICA ORTIZ ÑAHUINRIPA Presidenta del Consejo Regional POR TANTO: Mando se Publique, Registre y Cumpla.Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Pasco, de fecha veinticuatro de febrero del año dos mil veinticinco. JUAN LUIS CHOMBO HEREDIA Gobernador Regional 2378883-1 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Modifican la Ordenanza Regional Nº 017- 2022-CR/GOB.REG. TACNA que crea la Comisión Regional Anticorrupción de Tacna ORDENANZA REGIONAL Nº 002-2025-CR/GOB.REG.T ACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veintiocho de febrero de dos mil veinticinco, en sesión ordinaria, aprobó la siguiente ordenanza regional; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191, establece: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (…)”. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 13 sobre el Consejo Regional preceptúa: “Es el órgano normativo y fi scalizador del gobierno regional. (…)”; a su vez, el artículo 15 sobre las atribuciones del Consejo Regional precisa: “a. Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (…)”. Además, el artículo 38 prescribe: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. (...)”. Que, la Ley Nº 29976, Ley que crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, en su artículo 1, señala: “Créase la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, con el objeto de articular esfuerzos, coordinar acciones y proponer políticas de corto, mediano y largo plazo dirigidas a prevenir y combatir la corrupción en el país”. Asimismo, en su artículo 9, preceptúa: “9.1. Los gobiernos regionales