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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 2025 (28/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 79

79 NORMAS LEGALES Viernes 28 de marzo de 2025 El Peruano / Fiscalización Laboral – SUNAFIL, para las acciones correspondientes. Artículo 3.- Encargar a la Gerencia General realizar las acciones necesarias para la acreditación de la citada servidora ante las diferentes entidades fi nancieras y bancarias, Policía Nacional del Perú, Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y Banco de la Nación, debiendo cursarse los o fi cios para tal fi n. Artículo 4. - Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano” y en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL (www.gob.pe/suna fi l). Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE MICHAEL GUEVARA VARELA Superintendente 2385171-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Modifican el ámbito geográfico de las Zonas Registrales de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 00046-2025- SUNARP/SN Lima, 27 de marzo de 2025 VISTOS: El Memorándum N° 00543-2025-SUNARP/OPPM/ UPL y el Informe Técnico Nº 00042-2025-SUNARP/ OPPM/UPL, ambos del 24 de marzo de 2025, de la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 00259-2025-SUNARP/OAJ, del 24 de marzo de 2025, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 26366 se crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Sunarp, con la fi nalidad de mantener y preservar la unidad y coherencia del ejercicio de la función registral en todo el país, orientado a la especialización, simpli fi cación, integración y modernización de la función, procedimientos y gestión de todos los registros que lo integran; Que, con el Decreto Supremo N° 008-2024-JUS, se modi fi ca la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, que entró en vigor al día siguiente de la publicación de la Resolución N° 00120-2024-SUNARP/SN del 28 de agosto de 2024, que aprobó la modi fi cación de la Sección Segunda del citado Reglamento; Que, a través de la Resolución N° 00125-2024-SUNARP/SN, se aprueba la actualización del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (en adelante, ROF de la Sunarp); Que, mediante la Resolución N° 00126-2024-SUNARP/ SN, se aprueba el ámbito geográ fi co y las Sedes de las Zonas Registrales de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, conforme al Anexo que forma parte integrante del mencionado documento normativo; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 14 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y sus modi fi catorias, los órganos desconcentrados desarrollan funciones sustantivas para prestar bienes o servicios, y se crean para atender necesidades no cubiertas en el territorio; además de actuar en representación de la entidad a la cual pertenecen;Que, el nuevo modelo conceptual de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública (PNMGP) al 2030, aprobado con el Decreto Supremo N° 103-2022-PCM, plantea como segundo componente la estrategia de intervención para lograr los objetivos de política pública, a través de una óptima gobernanza sectorial, intersectorial e intergubernamental en la que las entidades de los tres niveles de gobierno tienen claridad sobre sus roles, competencias, y funciones para la ejecución de las intervenciones públicas en el territorio; Que, bajo dicho marco normativo la Sunarp se organiza en Zonas Registrales, comprendiendo la heterogeneidad de las regiones y, dada la magnitud del alcance de sus servicios, cuenta además, con o fi cinas registrales y ofi cinas receptoras, siendo estas últimas unidades de las Zonas Registrales encargadas de prestar servicios diferidos, a través de la recepción de documentos, para su posterior traslado a la O fi cina Registral de la que dependen; así como, brindar los servicios de publicidad registral conforme a lo autorizado; Que, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, a través del Memorándum N° 00543-2025-SUNARP/OPPM, en virtud de lo expuesto en el Informe Técnico N° 00042-2025-SUNARP/OPPM/UPL, sustenta la necesidad de modi fi car el ámbito geográ fi co de las Zonas Registrales de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobada por la Resolución N° 00126-2024-SUNARP/SN; siendo que, conforme al artículo 71 del ROF de la Sunarp, los Órganos Desconcentrados de la Sunarp, son las Zonas Registrales que se detallan a continuación: Zona Registral N° I, Zona Registral N° II, Zona Registral N° III, Zona Registral N° IV, Zona Registral N° V, Zona Registral N° VI, Zona Registral N° VII, Zona Registral N° VIII, Zona Registral N° IX, Zona Registral N° X, Zona Registral N° XI, Zona Registral N° XII, Zona Registral N° XIII y Zona Registral N° XIV, precisándose además que, el ámbito geográ fi co y las Sedes de las Zonas Registrales, se formalizan mediante Resolución de la Superintendencia Nacional; Que, mediante el Informe N° 00259-2025-SUNARP/ OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que, conforme a lo previsto en los literales c) y h) del artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, corresponde que el Consejo Directivo apruebe la modi fi cación del ámbito geográ fi co de las Zonas Registrales de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobado con la Resolución N° 00126-2024-SUNARP/SN, así como facultar al Superintendente Nacional de los Registros Públicos para su formalización; Que, en la sesión del Consejo Directivo N° 495 del 27 de marzo de 2025, se aprueba la modi fi cación del ámbito geográ fi co de las Zonas Registrales de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobado con la Resolución N° 00126-2024-SUNARP/SN, facultando al Superintendente Nacional de los Registros Públicos para su formalización mediante acto resolutivo; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, actualizado con la Resolución N° 00125-2024-SUNARP/SN; con el visado de la Gerencia General, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el ámbito geográ fi co de las Zonas Registrales de la Sunarp Modi fi car el ámbito geográ fi co de las Zonas Registrales de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobado con la Resolución N° 00126-2024-SUNARP/SN, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Actualización de los sistemas informáticos. Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información, de ser el caso, efectúe la actualización de los sistemas informáticos correspondientes, como producto de lo aprobado en el artículo 1 de la presente resolución.