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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 2025 (28/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 85

85 NORMAS LEGALES Viernes 28 de marzo de 2025 El Peruano / MINISTERIO PÚBLICO Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial provisional transitorio del Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 936-2025-MP-FN Lima, 27 de marzo de 2025 VISTO Y CONSIDERANDO: El ofi cio N° 012541-2024-MP-FN-PJFSLIMA, de fecha 10 de diciembre de 2024, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, por el cual remite y expresa conformidad a la carta de fecha 3 de diciembre de 2024, suscrita por el abogado Jonathan Lewis Silva Malca, fi scal adjunto provincial provisional transitorio del Distrito Fiscal de Lima Centro, designado en la Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad y destacado en el 5° Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Magdalena del Mar-San Miguel-Pueblo Libre, quien presenta su renuncia al cargo por motivos estrictamente personales. En la carta de renuncia suscrita por el citado abogado, señala como último día de labores el 10 de diciembre de 2024 y solicita la exoneración del plazo previsto en la ley, ante lo cual el jefe inmediato otorga su visto bueno, cumpliendo así con los lineamientos establecidos en el ofi cio circular N° 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022. El numeral 3 del artículo 106 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fi scal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-90-PCM, establece que: “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fi scales) . El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece lo siguiente: “ La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción” . En virtud a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación (e), conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la evaluación de los actuados contenida en el informe N° 00039-2025-MP-FN-OREF-MRUO, de fecha 25 de marzo de 2025, resulta necesario emitir el acto resolutivo que acepte la renuncia del referido fi scal, con efectividad al 11 de diciembre de 2024. Asimismo, advirtiéndose demora en el trámite de la presente renuncia, es pertinente se adopten las acciones necesarias con el fi n de determinar presuntas responsabilidades. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Jonathan Lewis Silva Malca, como fi scal adjunto provincial provisional transitorio del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en la Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, así como su destaque en el 5° Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Magdalena del Mar-San Miguel-Pueblo Libre, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2662-2024-MP-FN, de fecha 20 de noviembre de 2024; con e fi cacia anticipada a partir del 11 de diciembre de 2024, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo .- Hacer de conocimiento al abogado Jonathan Lewis Silva Malca que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General N° 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero .- Disponer las acciones administrativas que correspondan a fi n de determinar presunta responsabilidad respecto de la demora en la tramitación de la presente renuncia. Artículo Cuarto .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinadora de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, O fi cina de Imagen Institucional y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación (e) 2385118-1 Nombran fiscal adjunto superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 937-2025-MP-FN Lima, 27 de marzo de 2025 VISTO Y CONSIDERANDO: El ofi cio N° 001316-2025-MP-FN-CFSN-FPS-DHI, de fecha 24 de marzo de 2025, cursado por la Coordinadora de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, mediante el cual se eleva la propuesta para cubrir la plaza de fi scal adjunto superior en la Segunda Fiscalía Superior Penal Nacional Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad, la misma que, se encuentra vacante. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley N° 31718, los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. El artículo 65 de la Ley N° 30483, modi fi cada por la Ley N° 31718, establece que el fi scal llamado a cubrir provisionalmente una plaza superior es aquel que ocupe el puesto más alto en el cuadro de méritos de su nivel, como consecuencia del proceso de evaluación del desempeño parcial. En defecto de ello, el nombramiento se realiza respetando el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar.