TEXTO PAGINA: 10
10 NORMAS LEGALES Sábado 29 de marzo de 2025 El Peruano / Que, en ese contexto, mediante los Informes N° 00137-2025-MINAM/VMDERN/DGDB/ DCEE, N° 00175-2025-MINAM/VMDERN/DGDB/DCEE, N° 00127-2025-MINAM/VMDERN/DGDB y N° 00158-2025-MINAM/VMDERN/DGDB la Dirección General de Diversidad Biológica sustenta y propone la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el “Plan de Acción al 2030 de la Estrategia Nacional de Diversidad Biológica del Perú al 2050”, a fi n que sea puesto en conocimiento del público para recibir los comentarios, aportes u opiniones de los interesados; Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; de la Dirección General de Diversidad Biológica; de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N° 26839, Ley sobre la conservación y aprovechamiento sostenible de la diversidad biológica; el Decreto Supremo N° 008-2024-MINAM, que aprueba la Estrategia Nacional de Diversidad Biológica al 2050; el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobada por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la publicación del “Plan de Acción al 2030 de la Estrategia Nacional de Diversidad Biológica del Perú al 2050”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, así como el proyecto de Resolución Ministerial que lo aprueba. Dicha publicación se realiza en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/1024-consultas- publicas-de-proyectos-normativos-minam), para recibir los comentarios, aportes u opiniones de los interesados, por un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 2.- Los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto señalado en el artículo precedente, deben ser remitidas por escrito al Ministerio del Ambiente, sito en la Avenida Antonio Miroquesada N° 425, primer piso, distrito de Magdalena del Mar, Lima o a la dirección electrónica endb@minam.gob.pe; siendo la Dirección de Conservación de Ecosistemas y Especies de la Dirección General de Diversidad Biológica, la encargada de su recepción, sistematización y análisis. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CASTRO VARGAS Ministro del Ambiente 2385220-2 CUL TURA Designan Director de Programa Sectorial IV de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000074-2025-MC San Borja, 28 de marzo del 2025VISTOS: el Informe N° 000152-2025-OGRH-SG/MC de la O fi cina General de Recursos Humanos; el Informe N° 000395-2025-OGAJ-SG/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; Que, conforme con el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Cultura, aprobado por la Resolución Ministerial N° 412-2019-MC, reordenado por la Resolución Ministerial N° 000184-2020-DM/MC, el cargo de Director/a de Programa Sectorial IV de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble es considerado de con fi anza; Que, en ese sentido, encontrándose vacante el cargo de Director/a de Programa Sectorial IV de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, resulta necesario designar a la persona que asumirá dicho cargo; Con los vistos de la O fi cina General de Recursos Humanos y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor JUAN JOSE ALDAVE SERNA en el cargo de Director de Programa Sectorial IV de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble del Ministerio de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. FABRICIO ALFREDO VALENCIA GIBAJA Ministro de Cultura 2385646-1 Determinan la Protección Provisional del Sitio Arqueológico “Cerro Pantayco”, ubicado en el distrito de Humay, provincia de Pisco, departamento de Ica RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 000100-2025-DGPA- VMPCIC/MC San Borja, 20 de marzo del 2025 Vistos, el Informe de Inspección N° 043-2024-SDPCICI- MATG-DDC ICA/MC de fecha 04 de febrero del 2025, en razón del cual la Dirección Desconcentrada de Cultura de Ica sustenta la propuesta para la determinación de la protección provisional del Sitio Arqueológico “Cerro Pantayco” ubicado en el distrito de Humay, provincia de Pisco, departamento de Ica; el Informe N° 000263-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/ MC e Informe N° 000025-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-MMP/MC de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal; el Informe N° 000099-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/ MC de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, y; CONSIDERANDO:Que, según se establece en el artículo 21 de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N° 31414 “Ley de Reforma Constitucional que refuerza la protección del Patrimonio Cultural de La Nación” “Los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográ fi cos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor