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19 NORMAS LEGALES Sábado 29 de marzo de 2025 El Peruano / Privadas y Proyectos en Activos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 240-2018-EF; DECRETA:Artículo 1.- Seguridades y garantías Otorgar, mediante contrato, las seguridades y garantías del Estado de la República del Perú en respaldo de las declaraciones, seguridades y obligaciones a cargo del Concedente, establecidas en el Contrato de Concesión del Proyecto “Ferrocarril Huancayo - Huancavelica” a celebrarse con la empresa Concesionaria Ferroviaria del Perú S.A., en calidad de Concesionario. Artículo 2.- Ámbito de las seguridades y garantías La amplitud de las seguridades y garantías a que se refi ere el artículo precedente abarca las declaraciones, seguridades y obligaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, quien actúa en representación del Estado de la República del Perú, establecidas en el Contrato de Concesión del Proyecto “Ferrocarril Huancayo - Huancavelica”, observándose lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 240-2018-EF. Esta garantía no constituye una garantía fi nanciera. Artículo 3.- Suscripción de documentos Autorizar al Viceministro de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a suscribir, en representación del Estado de la República del Perú, el Contrato de Seguridades y Garantías a que se re fi ere el artículo 1 del presente Decreto Supremo. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de marzo del año dos mil veinticinco. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRÍGUEZ Ministro de Economía y Finanzas RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 2385665-1 Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 a favor del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones DECRETO SUPREMO Nº 059-2025-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, la Quincuagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, durante el presente año, a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), hasta por la suma de S/ 2 309 802,00 (DOS MILLONES TRESCIENTOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS DOS Y 00/100 SOLES), para el fi nanciamiento de la operatividad del Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad – RENTESEG creado mediante Decreto Legislativo Nº 1338, Decreto Legislativo que crea el Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad, orientado a la prevención y combate del comercio ilegal de equipos terminales móviles y al fortalecimiento de la seguridad ciudadana; las cuales se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones, a propuesta de este último. Asimismo, dispone que la propuesta de decreto supremo se presenta al Ministerio de Economía y Finanzas hasta el 03 de marzo de 2025 y se publica hasta el 31 de marzo de 2025. También, dispone que se exceptúa al OSIPTEL de lo establecido en el artículo 72 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y que la aplicación de la citada Disposición se fi nancia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; Que, mediante el O fi cio Nº 0481-2025-MTC/04, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, a favor del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), para el fi nanciamiento de la operatividad del Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad - RENTESEG, con cargo a sus recursos, de conformidad con lo dispuesto en la Quincuagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; adjuntando, para dicho efecto, los Informes Nº 0175-2025-MTC/09.03 de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y Nº 0011-2025-MTC/26.04 de la Dirección General de Políticas y Regulaciones en Comunicaciones del referido ministerio, con el sustento correspondiente. Asimismo, mediante los O fi cios Nº 0159- 2025-MTC/09 y 0177-2025-MTC/09, el referido Ministerio remite los Informes Nº 0236-2025-MTC/09.03 y 0266-2025-MTC/09.03 con información complementaria; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de S/ 2 309 802,00 (DOS MILLONES TRESCIENTOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS DOS Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones, con cargo a los recursos del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en la Quincuagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; DECRETA:Artículo 1.- Objeto Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 2 309 802,00 (DOS MILLONES TRESCIENTOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS DOS Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones para el fi nanciamiento de la operatividad del Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad - RENTESEG, en el marco de lo establecido en la Quincuagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, con cargo a los recursos del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 036 : Ministerio de Transportes y Comunicaciones