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22 NORMAS LEGALES Sábado 29 de marzo de 2025 El Peruano / por resolución del titular de un organismo público, en el caso del Poder Ejecutivo; Que, mediante el Decreto Supremo N° 010-2014-PRODUCE, se crea el Programa Nacional de Diversi fi cación Productiva en el ámbito del Ministerio de la Producción, que tiene como objetivo contribuir con la generación de nuevos motores de crecimiento económico y potenciar los existentes, la mejora de la productividad, competitividad y el comercio interno, a través de la promoción y el desarrollo de infraestructura productiva especí fi ca, en el ámbito de sus competencias, que conlleve a la diversi fi cación productiva; depende del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; Que, por el Decreto Supremo N° 016-2024-PRODUCE, se amplía el periodo de vigencia del Programa Nacional de Diversi fi cación Productiva hasta el 21 de noviembre de 2029, se modi fi ca el artículo 7 y se incorpora el artículo 6-A al Decreto Supremo N° 010-2014-PRODUCE; Que, con la Resolución Ministerial N° 274-2016-PRODUCE, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Diversi fi cación Productiva, documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura funcional del programa, entre otros; Que, con posterioridad a la aprobación del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Diversi fi cación Productiva, se han emitido normas sustantivas complementarias aplicables y de organización que ameritan la actualización de dicho documento técnico normativo de gestión organizacional; Que, el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 00443-2024-PRODUCE, dispone que en un plazo no mayor a noventa (90) días hábiles desde la publicación de dicha Resolución, se aprueba un nuevo Manual de Operaciones del Programa Nacional de Diversi fi cación Productiva en el marco de lo establecido en el Decreto Supremo N° 016-2024-PRODUCE; Que, mediante el Memorando N° 00000382-2025-PRODUCE/DVMYPE-I-PNDP, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Diversi fi cación Productiva formula la propuesta del nuevo Manual de Operaciones del referido Programa, la cual se sustenta en los fundamentos descritos en el Informe Nº 00000011-2025-PRODUCE/DVMYPE-I- PNDP-aasin de su Área de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 00000006-2025-PRODUCE/DVMYPE-I-PNDP-avillaranGTORRESR de su Área de Asesoría Legal, y se enmarca, principalmente, en los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, así como en lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 00443-2024-PRODUCE; Que, con Memorando Nº 00000312-2025-PRODUCE/ OGPPM, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite el Informe N° 00000104-2025-PRODUCE/OPM de su O fi cina de Planeamiento y Modernización que hace suyo, por el cual considera procedente aprobar el nuevo Manual de Operaciones del Programa Nacional de Diversi fi cación Productiva, por encontrarse en concordancia con los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; recomendando proseguir con el trámite correspondiente; Que, en consecuencia, resulta necesario emitir el acto resolutivo por el cual se deja sin efecto la Resolución Ministerial N° 274-2016-PRODUCE y se aprueba el nuevo Manual de Operaciones del Programa Nacional de Diversi fi cación Productiva; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo N° 054-2018- PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; los Decretos Supremos N° 010-2014-PRODUCE y N° 016-2024-PRODUCE; y la Resolución Ministerial N° 00443-2024-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 274-2016-PRODUCE, que aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Diversi fi cación Productiva. Artículo 2.- Aprobar el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Diversi fi cación Productiva que contiene tres (3) títulos, dos (2) capítulos, veinticuatro (24) artículos y un (1) Anexo, el cual forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución Ministerial y el Manual de Operaciones aprobado en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de esta norma en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO GONZALEZ GUERRERO Ministro de la Producción 2385258-1 Autorizan transferencia financiera a favor de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, la Municipalidad Provincial de Tambopata, el Instituto Tecnológico de la Producción, la Universidad Nacional de Trujillo, la Universidad Nacional Hermilio Valdizán Huánuco y la Universidad Nacional Mayor de San Marcos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00133-2025- PRODUCE Lima, 28 de marzo de 2025VISTOS: El O fi cio N° 133-2025-PRODUCE/ PROINNOVATE.DE y el Informe N° 036-2025-PRODUCE/PROINNOVATE.UPP del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNOVATE, el Memorando N° 00000314-2025-PRODUCE/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe N° 00000087-2025-PRODUCE/OP de la O fi cina de Presupuesto, el Informe N° 00000313-2025-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, la Resolución Ministerial N° 000493-2024-PRODUCE aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2025 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, en el marco de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; Que, el artículo 61 de la Ley N° 32185, señala que con la fi nalidad de contribuir al incremento de la productividad, a través del impulso al desarrollo productivo, del emprendimiento y la innovación, se autoriza durante el Año Fiscal 2025, al Ministerio de la Producción para que, a través del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNOVATE, efectúe transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales; asimismo, establece que las mencionadas transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, y requiriéndose el informe favorable previo de la o fi cina de presupuesto; dicha resolución se publica en el Diario O fi cial El Peruano;