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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MARZO DEL AÑO 2025 (29/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Sábado 29 de marzo de 2025 El Peruano / de Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital, para los fi nes anteriormente señalados; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar, mediante Resolución Ministerial, la Transferencia Financiera del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a favor de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, la Municipalidad Provincial de Tambopata, el Instituto Tecnológico de la Producción, la Universidad Nacional de Trujillo, la Universidad Nacional Hermilio Valdizán Huánuco y la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, conforme a lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; Resolución Ministerial N° 493-2024-PRODUCE, que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2025 del Pliego 038. Ministerio de la Producción; y, la Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01 que aprueba la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 038: Ministerio de la Producción con cargo a los recursos del Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a favor de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, la Municipalidad Provincial de Tambopata, el Instituto Tecnológico de la Producción, la Universidad Nacional de Trujillo, la Universidad Nacional Hermilio Valdizán Huánuco y la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, hasta por la suma total de S/ 16 112 268, 50 (DIECISEIS MILLONES CIENTO DOCE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO Y 50/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento 3: Recursos por Operaciones O fi ciales, en el marco del Contrato de Préstamo N° 5287/OC-PE, y lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectúa con cargo a los recursos del Presupuesto Institucional 2025 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Categoría Presupuestaria 9002. Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5006387. “Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento, Partida de Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital, en la fuente de fi nanciamiento 3: Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito. Artículo 3.- Limitación en el uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo, seguimiento y cumplimiento La Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas físicas y fi nancieras para lo cual se realiza la citada Transferencia Financiera. Artículo 5.- Acciones Administrativas La O fi cina General de Administración o la que haga sus veces de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, efectúa las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 6.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO GONZALEZ GUERRERO Ministro de la Producción 2385651-1 RELACIONES EXTERIORES Delegan facultades al Viceministro de Relaciones Exteriores para que suscriba el “Acuerdo Operativo para la Adopción de un Procedimiento de Control Migratorio Simplificado sobre la Base del Acuerdo Marco para la Implementación de Sistemas de Control Integrado y de Cooperación para la Facilitación del Tránsito en los Pasos de Frontera Habilitados, entre la República del Perú y la República de Chile” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 047-2025-RE Lima, 28 de marzo de 2025Vista la Hoja de Trámite (GAC) Nº 1272, de 26 de marzo de 2025, del Despacho Viceministerial de Relaciones Exteriores; el Memorándum Nº DGA004822025, de 25 de marzo de 2025, de la Dirección General de América; el Memorándum Nº DGT003452025, de 26 de marzo de 2025, de la Dirección General de Tratados; y el Memorándum LEG005682025, de 27 de marzo de 2025, de la O fi cina General de Asuntos Legales; Debiendo ser suscrito el “Acuerdo Operativo para la Adopción de un Procedimiento de Control Migratorio Simpli fi cado sobre la Base del Acuerdo Marco para la Implementación de Sistemas de Control Integrado y de Cooperación para la Facilitación del Tránsito en los Pasos de Frontera Habilitados, entre la República del Perú y la República de Chile”; De conformidad con lo establecido en el artículo 5.6 de la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, y el Decreto Supremo Nº 031-2007-RE, ‘Adecúan normas nacionales sobre el otorgamiento de Plenos Poderes al derecho internacional contemporáneo’; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1.- Delegar en el señor Félix Ricardo Americo Antonio Denegri Boza, Viceministro de Relaciones Exteriores, las facultades su fi cientes para que suscriba el “Acuerdo Operativo para la Adopción de un Procedimiento de Control Migratorio Simpli fi cado sobre la Base del Acuerdo Marco para la Implementación de Sistemas de Control Integrado y de Cooperación para la Facilitación del Tránsito en los Pasos de Frontera Habilitados, entre la República del Perú y la República de Chile”. Artículo 2.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al señor Félix Ricardo Americo Antonio Denegri Boza, Viceministro de Relaciones Exteriores.