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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MARZO DEL AÑO 2025 (30/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 94

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Domingo 30 de marzo de 2025 El Peruano / Que, en el marco del 57° período extraordinario de sesiones de la Asamblea General de la OEA, que se celebrará el 5 de mayo de 2025 en Washington D.C., Estados Unidos de América, se llevará a cabo la elección del nuevo Secretario General Adjunto de la organización para el período 2025-2030; Que, mediante carta de fecha 10 de marzo de 2025, dirigida al Secretario General de la OEA, el Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores del Perú comunicó la decisión del gobierno peruano de presentar la candidatura de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Ana María Liliana Sánchez Vargas de Ríos, al cargo de Secretaria General Adjunta de la OEA para el período 2025-2030; Que, la postulación de esta candidatura reviste gran importancia, ya que busca garantizar una representación geográ fi ca y de género en la estructura de la OEA, así como fortalecer la institucionalidad y los cuatro pilares fundamentales de la organización: democracia, derechos humanos, seguridad y desarrollo, mediante la promoción de una candidata peruana con amplia trayectoria y experiencia; Que, previo a la votación en la mencionada sesión extraordinaria de la Asamblea General de la OEA, el Estado peruano, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, presentará o fi cialmente la candidatura ante las autoridades de los Estados miembros de la OEA. En ese sentido, se considera fundamental que la candidata realice visitas a distintos países con el fi n de promover su postulación, exponer sus propuestas y presentar su plan de trabajo; Que, por lo expuesto, se estima importante la participación de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Ana María Liliana Sánchez Vargas de Ríos y el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Felipe Ugarelli Basurto, Director General para Asuntos Multilaterales y Globales, en las referidas actividades de promoción de la candidatura peruana; De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo N° 135- 2010-RE; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y, la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Ana María Liliana Sánchez Vargas de Ríos, Asesora Principal del Despacho Viceministerial de Relaciones Exteriores, a las ciudades de Brasilia, República Federativa del Brasil; Kingston, Jamaica; Bridgetown, Barbados; Puerto España, República de Trinidad y Tobago; y Washington D.C., Estados Unidos de América, del 31 de marzo al 9 de abril de 2025, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Felipe Ugarelli Basurto, Director General para Asuntos Multilaterales y Globales, a las ciudades de Brasilia, República Federativa del Brasil, del 31 de marzo al 1 de abril de 2025; y Washington D.C., Estados Unidos de América, del 6 al 9 de abril de 2025, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 3.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta Meta (346) 0137176 “Representación y negociación en organismos y foros internacionales - D. de Organismos y Política Multilateral”; y, Código POI AOI00004500227 “Ampliación del protagonismo del Perú en los principales organismos internacionales”, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosCiudad Pasajes aéreos (USD)Viáticos por día (USD)Número de díasTotal viáticos (USD) Ana María Liliana Sánchez Vargas de RíosBrasilia 3,630.00370.00 1 + 1 740.00 Kingston 315.00 1 315.00 Bridgetown 315.00 2 630.00 Puerto España315.00 1 315.00 Washington D.C.440.00 4 1,760.00 Luis Felipe Ugarelli BasurtoBrasilia 1,875.76 370.00 1 + 1 740.00 Washington D.C.775.07 440.00 3 1,320.00 Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje, se ha adicionado un (1) día de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda. Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, los comisionados deberán presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2385684-1 SALUD Autorizan viaje de profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas a la India, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 225-2025/ MINSA Lima, 28 de marzo del 2025Visto, el Expediente ELAB-DIGEMID20240000251, que contiene el Informe N° D000116-2024-DIGEMID- MINSA de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas; el Memorándum N° D000816-2025-OGA-MINSA de la O fi cina General de Administración; el Memorándum N° D000082-2025-OGGRH-MINSA de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos y la Nota Informativa N° D000351-2025-OGAJ-MINSA de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, el artículo 5 de la Ley N° 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, establece que la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM) es la entidad responsable de proponer políticas, y dentro de su ámbito, normar, regular, evaluar, ejecutar, controlar, supervisar, vigilar, auditar, certi fi car y acreditar en temas relacionados a lo establecido en la referida Ley, implementando un sistema de administración e fi ciente sustentado en estándares internacionales; Que, el artículo 11 de la acotada Ley señala que el Certi fi cado de Buenas Prácticas de Manufactura, emitido