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30 NORMAS LEGALES Domingo 30 de marzo de 2025 El Peruano / Artículo 4.- Inscripción Registral del área afectada de los bienes inmuebles a favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, inscriba a favor del Bene fi ciario el área expropiada de los bienes inmuebles, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Dispon er que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, a través de la Dirección de Disponibilidad de Predios, noti fi que la presente Resolución Ministerial a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias, requiriéndoles la desocupación y entrega del área expropiada de los bienes inmuebles dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse el área de los inmuebles desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área de los bienes inmuebles materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEX O VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA AFECTADA DE LOS INMUEBLES PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO VIAL CONCESIONADO: TRAMOS VIALES DEL EJE MULTIMODAL AMAZONAS NORTE DEL “PLAN DE ACCIÓN PARA LA INTEGRACIÓN DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL SUDAMERICANA – IIRSA”. N°.SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETOS PASIVOSIDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES 1. HITLER FLORES MILIAN 2. SCOTIABANK PERU SAACODIGO: IIRNO-210505-R-0017 2 650,77LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: Por el Norte: No presenta colindancias.Por el Sur:Colinda con la P.E. N° 07010781 y la P.E. N° 11039031, en línea recta con 02 tramos, con una distancia de 10.07 mI del vértice 3 al vértice 5.Por el Este:Colinda con la P.E. N° 07010781 y el Jr. Tupac Amaru, en líneas rectas y quebradas con 02 tramos, con una distancia de 9.82 mI del vértice 1 al vértice 3.Por el Oeste:Colinda con la P.E. N° 07010781 y el Jr. Tupac AMARU, en línea recta con 1 tramo, con una distancia de 2.45 mI del vértice 5 al vértice 1.AREA AFECTADA: 13.78 m 2AFECTACIÓN: DIRECTA Parcial del Inmueble COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL ÁREA AFECTADA VERTICES LADODISTANCIA (m) WGS84 - ZONA 18S ESTE (X) NORTE (Y) 1 1-2 9.20 234839.0769 9357324.8274 2 2-3 0.62 234846.9113 9357320.00433 3-4 8.34 234846.5065 9357319.52854 4-5 1.73 234838.7540 9357322.61475 5-1 2.45 234837.1677 9357323.2938 PARTIDAS ELECTRÓNICAS: Nos 07010781 y 11039031 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Moyobamba, Zona Registral Nº III – Sede Moyobamba. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: De fecha 09 de mayo de 2024, expedido por la Oficina Registral de Moyobamba, Zona Registral N° III - Sede Moyobamba, de conformidad con el Informe Técnico N°004654-2024-Z.R.N° III-SEDE-MOYOBAMBA/UREG/CAT de fecha 07 de mayo de 2024.INFORME DE VERIFICADOR CATASTRAL N° 008-2024-PAOJ: Emitido con fecha 04 de noviembre de 2024 y suscrito por verificador catastral. 2385532-1 Autorizan viaje de inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 149-2025-MTC/01.02 Lima, 26 de marzo de 2025 VISTOS: La Comunicación GOP/INS 033-2024 de la empresa AERO TRANSPORTE S.A., y el Informe N° 0121- 2025-MTC/12 de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y; CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establecen que los viajes al exterior que realicen; entre otros, los servidores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se autorizan mediante Resolución Ministerial del Sector, la que debe ser publicada en el diario o fi cial “El Peruano”; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y en el marco de dicha competencia es responsable de la vigilancia y la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que