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19 NORMAS LEGALES Domingo 11 de mayo de 2025 El Peruano / gestión administrativa de la entidad contratante pueden delegar, mediante resolución, las facultades que la citada ley les otorga, salvo las excepciones previstas en el reglamento; Que, conforme al numeral 24.2 del artículo 24 de la Directiva N° 0005-2021-EF/54.01 “Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras”, aprobada por Resolución Directoral N° 0014-2021- EF/54.01, el Cuadro Multianual de Necesidades es aprobado por el Titular de la Entidad u organización de la entidad, o a quien se hubiera delegado dicha facultad; Que, atendiendo a la estructura orgánica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y con el propósito de dar celeridad a los procedimientos que se realicen en la Entidad, resulta necesario delegar facultades en materia de contratación pública que corresponden al Titular de la Entidad, en el (la) Secretario (a) General y en el (la) Jefe (a) de la O fi cina General de Administración; Con el visado de la Secretaría General, de la O fi cina General de Administración; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2025-EF; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Delegar en el (la) Secretario (a) General, para el Año Fiscal 2025, en el marco de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF, la siguiente facultad: a) Aprobar la contratación mediante procedimientos de selección no competitivos en los supuestos previstos en los literales b), c), y k) del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley. Artículo 2.- Delegar en el (la) Jefe (a) de la O fi cina General de Administración, para el Año Fiscal 2025, en el marco de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF, las siguientes facultades: a) Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades; así como sus modi fi catorias. b) En el caso de obras bajo el sistema de entrega de solo construcción, autorizar la ejecución y pago de prestaciones adicionales de obras mayores al 15 % y hasta un máximo de 30 % del monto originalmente contratado, restándole los presupuestos deductivos vinculados. c) En el caso de obras bajo el sistema de entrega de solo construcción, autorizar la ejecución y pago de prestaciones adicionales mayores al 30 % hasta un máximo de 50 %, previa autorización de la Contraloría General de la República. d) En el caso de obras bajo el sistema de entrega diseño y construcción, autorizar prestaciones adicionales hasta un 40%, por el componente ejecución de la obra. e) En el caso de obras bajo el sistema de entrega diseño y construcción, autorizar prestaciones adicionales hasta un 50% previa autorización de la Contraloría General de la República, por el componente ejecución de la obra. Artículo 3.- Dejar sin efecto el numeral 2.2 del artículo 2, el numeral 3.2 del artículo 3, el numeral 6.2 del artículo 6 y el numeral 7.1 del artículo 7 de la Resolución Ministerial Nº 0335-2024-JUS. Artículo 4.- La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se re fi ere la presente Resolución, comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto.Artículo 5.- Disponer que la O fi cina General de Administración realice el ejercicio de las facultades delegadas con la asesoría legal y los vistos buenos de los profesionales abogados asignados y/o contratados en su respectivo órgano. Sin perjuicio de lo señalado, en caso de alguna duda o controversia que no pueda ser absuelta por sus profesionales asignados, previa opinión técnica y/o legal, puede solicitar asesoramiento a la O fi cina General de Asesoría Jurídica. Artículo 6.- Los (las) funcionarios (as) responsables a quienes se les delega facultades mediante la presente Resolución Ministerial, deberán informar trimestralmente al Despacho Ministerial, sobre el ejercicio de las facultades delegadas, dentro de los cinco (5) primeros días hábiles siguientes al vencimiento de cada trimestre. Artículo 7.- Remítase la presente Resolución a los Despachos Viceministeriales, a la Secretaría General, a los (las) Directores (as) y Jefes (as) de todos los órganos y unidades orgánicas, para su conocimiento, cumplimiento y difusión. Artículo 8.- Publíquese la presente Resolución Ministerial en la Sede Digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus) y en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2398253-1 Delegan facultades en diversos funcionarios del Ministerio durante el ejercicio 2025 RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 0063-2025-JUS Lima, 9 de mayo de 2025VISTOS, el Informe N° 046-2025-JUS/OGA y el Memorando Nº 1057-2025-JUS/OGA, de la O fi cina General de Administración; y, el Informe N° 581-2025-JUS- OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, tiene por fi nalidad defi nir y delimitar las facultades, funciones y atribuciones de los órganos que conforman el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, así como de fi nir su estructura orgánica hasta el tercer nivel; Que, la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2025-EF, establecen el marco normativo para efectivizar la contratación oportuna de bienes, servicios y obras, así como regular, en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento, la participación de los actores involucrados en el proceso de contratación pública; Que, de acuerdo al artículo 25 de la Ley Nº 32069, son actores involucrados directamente en el proceso de contratación pública, entre otros, el titular de entidad, la autoridad de la gestión administrativa y la dependencia encargada de las contrataciones; Que, el numeral 25.1 del artículo 25 establece que la autoridad de la gestión administrativa es la más alta autoridad de la gestión administrativa de cada entidad contratante. Es responsable de la aprobación, autorización y supervisión de los procesos de contratación de bienes, servicios y obras, con excepción de aquellas reservadas al titular de la entidad; y en el caso de los Ministerios es la Secretaría General; Que, conforme al numeral 25.2 del artículo 25 el titular de la entidad y la autoridad de la gestión administrativa de la entidad contratante pueden delegar, mediante resolución, las facultades que la citada ley les otorga, salvo las excepciones previstas en el reglamento;