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12 NORMAS LEGALES Viernes 16 de mayo de 2025 El Peruano / VISTOS: Los Informes Nº D000019-2025-MIDIS/PNPDS-DE y Nº D000036-2025-MIDIS/PNPDS-DE, emitidos por la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO; el Memorando Nº D000151-2025-MIDIS-DGCGPS y el Informe Nº D000140-2025-MIDIS-DGCGPS, emitidos por la Dirección General de Calidad de la Gestión de las Prestaciones Sociales; los Informes Nº D000031-2025-MIDIS-OM y Nº D000055-2025-MIDIS-OM, emitidos por la O fi cina de Modernización; los Informes Nº D000073-2025-MIDIS-OGPPM y Nº D000127-2025-MIDIS-OGPPM, emitidos por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, los Informes Nº D000196-2025-MIDIS-OGAJ y Nº D000271-2025-MIDIS-OGAJ, emitido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 38.2 del artículo 38 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los Programas son estructuras funcionales creadas para atender un problema o situación crítica, o implementar una política pública especí fi ca, en el ámbito de competencia de la entidad a la que pertenecen; Que, mediante Ley Nº 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se establece que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2015- MIMP, se crea el Programa de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza, en el ámbito del Viceministerio de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 008-2017-MIDIS, se aprueba la transferencia del Programa de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y se modi fi ca su denominación a Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO; Que, el numeral 17.1 del artículo 17 de los Lineamientos de Organización del Estado (en adelante, los LOE), aprobados mediante el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y sus modi fi catorias, establece que un Programa es una forma de organización desconcentrada que adopta una entidad para resolver un problema, una situación crítica o implementar una política pública, en el ámbito de competencia de la entidad a la que pertenece; Que, asimismo, el numeral 17.1 del artículo 17 de los LOE establece que un Programa no tiene personería jurídica, pero puede contar con identidad organizacional para el cumplimiento de las funciones que determine su norma de creación y para la ejecución de sus procesos conforme se establezca en su Manual de Operaciones (en adelante, MOP); Que, conforme al numeral 55.1 del artículo 55 de los LOE, la propuesta del MOP se sustenta en un Informe Técnico elaborado por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, el cual justi fi ca su estructura y los mecanismos de control y coordinación; y, en un informe legal elaborado por la O fi cina de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces, que valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas en el MOP; Que, el numeral 55.2 del artículo 55 de los LOE señala que el MOP se aprueba según corresponda, por resolución ministerial o por resolución del titular de un organismo público, en el caso del Poder Ejecutivo; Que, en el marco de la normatividad vigente y aplicable en su oportunidad, mediante Resolución Ministerial Nº 012-2020-MIDIS, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO; instrumento de gestión que de fi nió su estructura, funciones y procesos básicos de las unidades que lo conforman; Que, a efectos de actualizar y adecuar el Manual de Operaciones del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO a la normativa vigente, en lo que respecta a la estructura orgánica, funciones de las unidades orgánicas que lo integran y procesos técnicos y/o administrativos, la Dirección Ejecutiva del referido Programa, mediante el Informe Nº D000019-2025-MIDIS/PNPDS-DE, rati fi cado con Informe Nº D000036-2025-MIDIS/PNPDS-DE, remite la propuesta del nuevo Manual de Operaciones del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO, recomendando su aprobación; Que, mediante el Memorando Nº D000151-2025- MIDIS-DGCGPS y el Informe Nº D000140-2025-MIDIS-DGCGPS, la Dirección General de Calidad de la Gestión de las Prestaciones Sociales expresa su conformidad y hace suyos los Informes Nº D000051-2025-MIDIS-DCMG y Nº D000083-2025-MIDIS-DCMG, respectivamente, de la Dirección de Calidad y Mejora Continua de la Gestión de las Prestaciones Sociales, en los cuales se emite opinión favorable sobre el proyecto del MOP del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO; Que, a través de los Informes Nº D000073-2025- MIDIS-OGPPM y Nº D000127-2025-MIDIS-OGPPM, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyos los Informes Nº D000031-2025-MIDIS-OM y Nº D000055-2025-MIDIS-OM, respectivamente, emitidos por la O fi cina de Modernización, en su calidad de órgano técnico competente en la materia, mediante los cuales se emite opinión técnica favorable sobre el proyecto del MOP del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO, recomendado continuar con los trámites necesarios para su aprobación; Que, a través de los Informes Nº D000196-2025- MIDIS-OGAJ y Nº D000271-2025-MIDIS-OGAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal considerando viable emitir el acto resolutivo que apruebe el proyecto de nuevo MOP del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO y derogue la Resolución Ministerial Nº 012-2020-MIDIS; Que, en atención a lo expuesto, a fi n de que el Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO cuente con un documento técnico normativo de gestión actualizado y adecuado a la normativa vigente, corresponde aprobar la propuesta de nuevo Manual de Operaciones en los términos formulados por el citado Programa Nacional; Con el visado del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la Dirección General de Calidad de la Gestión de las Prestaciones Sociales, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la O fi cina de Modernización; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los “Lineamientos de Organización del Estado”, y modi fi catorias; y, el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Resolución Ministerial Nº D000026-2025-MIDIS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación del Manual de Operaciones Aprobar el Manual de Operaciones (MOP) del Programa Nacional de entrega de la pensión no