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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MAYO DEL AÑO 2025 (16/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Viernes 16 de mayo de 2025 El Peruano / Artículo 2.- Disponer la publicación del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2026-2028 del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en la sede digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www. gob.pe/minjus) y en la Plataforma Digital única del Estado Peruano (www.gob.pe). Artículo 3.- Difundir la presente Resolución, a todos los Órganos, Unidades Orgánicas, Consejos, Comisiones, Programas y Unidades Ejecutoras del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para su conocimiento y fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2399841-1 Declaran en proceso de reorganización al Programa Nacional de Centros Juveniles-PRONACEJ y crean Grupo de Trabajo Sectorial temporal para proponer medidas urgentes que fortalezcan su seguridad integral e integridad institucional RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0162-2025-JUS Lima, 13 de mayo de 2025 VISTOS, el Informe Nº 64-2025-JUS/DGAC-DPC de la Dirección de Política Criminológica; el Informe N° 000176- 2025-JUS/DGAC de la Dirección de General de Asuntos Criminológicos; el Informe Nº 062-2025-JUS/OGPM- OOM de la O fi cina de Organización y Modernización; el Memorando N° 1149-2025-JUS/OGPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 570-2025-JUS/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, dispone en el literal e) de su artículo 7, que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos tiene por función especí fi ca, entre otras, implementar la política de reinserción social de las y los adolescentes en Con fl icto con la Ley Penal; Que, con Decreto Supremo N° 006-2019-JUS se crea el Programa Nacional de Centros Juveniles -PRONACEJ, con el objetivo de fortalecer la reinserción social de las y los adolescentes en con fl icto con la Ley Penal, a través de la atención especializada, ejecución de programas de prevención y tratamiento, y ejecución de medidas socioeducativas por medio de los Centros Juveniles, a nivel nacional; Que, recientemente se han advertido limitaciones en la gestión de la seguridad y en la integridad institucional de los centros juveniles a cargo del Programa Nacional de Centros Juveniles -PRONACEJ, la cual amerita una respuesta institucional inmediata para remediar esta situación; Que, en dicha medida, resulta necesario optimizar el funcionamiento del Programa Nacional de Centros Juveniles -PRONACEJ, de modo que se fortalezca su labor en la reinserción social de adolescentes en con fl icto con la ley penal; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0106- 2024-JUS, de fecha 03 de mayo de 2024, se dispuso crear el Grupo de Trabajo sectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para la elaboración de propuestas que coadyuven a la reestructuración y fortalecimiento del Programa Nacional de Centros Juveniles, el cual concluyó el 05 de agosto de 2024 con un Informe Final de Diagnóstico sobre las problemáticas advertidas en los centros de diagnóstico y rehabilitación; por lo que resulta necesario que se brinden soluciones a dichos problemas a través de instrumentos normativos y/o técnicos para el fortalecimiento de la seguridad e integridad institucional en dichos espacios; Que, a razón de lo expuesto, resulta necesario declarar al Programa Nacional de Centros Juveniles-PRONACEJ en proceso de reorganización y crear un Grupo de Trabajo, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, encargado de proponer medidas urgentes para el fortalecimiento de la seguridad integral e integridad institucional del mencionado Programa; Que, en virtud al literal a) del párrafo 41.1 del artículo 41 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1565, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2025-PCM, la presente norma se considera excluida del alcance del AIR Ex Ante por la materia que comprende consistente en la creación de un grupo de trabajo; Que, conforme al párrafo 28.1 del artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, los grupos de trabajo son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos especí fi cos; Con el visado del Despacho Viceministerial de Justicia; de la Dirección General de Asuntos Criminológicos; de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con Io dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Reglamento de Organizaciones y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS; y, el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; SE RESUELVE:Articulo 1.- Declaración del Programa Nacional de Centros Juveniles en proceso de reorganización y creación del Grupo de Trabajo Declarar al Programa Nacional de Centros Juveniles- PRONACEJ en proceso de reorganización y crear el Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, encargado de proponer medidas urgentes para el fortalecimiento de la seguridad integral e integridad institucional del mencionado Programa. Artículo 2.- Conformación del Grupo de Trabajo2.1. El Grupo de Trabajo está conformada por los siguientes integrantes: a. El/La Viceministro/a de Justicia, quien lo preside. b. Un/a representante del Despacho Ministerial del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. c. Un representante de la Secretaría General.d. El/la Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Centros Juveniles. e. El/la Director/a de la Dirección General de Asuntos Criminológicos. f. El/la Director/a de la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria. g. El/la Jefe/a de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización. h. El/la Jefe/a de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. i. El/la Jefe/a de la O fi cina de Integridad y Lucha contra la corrupción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. 2.2. La designación de los integrantes del Grupo de Trabajo previstos en los literales b) y c) del numeral 2.1 se realiza con posterioridad a la publicación del presente acto, a través de documento formal y deberá considerar la designación de un representante alterno.