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65 NORMAS LEGALES Sábado 24 de mayo de 2025 El Peruano / Que, de acuerdo con la actual normativa y conforme al modelo de control descentralizado orientado a resultados, la supervisión de la gestión en el uso de los recursos públicos debe asegurar una rendición de cuentas y el buen gobierno de las entidades públicas, cautelando la legalidad y e fi ciencia de sus actos y operaciones, así como las disposiciones para la correcta y transparente gestión de sus recursos y bienes, mediante la ejecución de servicios de control gubernamental y servicios relacionados, para el cumplimiento de sus fi nes y metas institucionales; Que, a través de la Resolución de Secretaría General Nº 043-2025-CG/SGE, se aprobó el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Contraloría General de la República, documento en el que se describen los cargos estructurales de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad; Que, la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial, mediante la Hoja Informativa Nº 000072-2025-CG/VCST, en atención a sus competencias establecidas en el literal d) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 179-2021-CG, y sus modi fi catorias, señala su conformidad a la propuesta presentada por la Gerencia de Control Político Institucional y Económico y la Subgerencia de Control del Sector Justicia Político y Electoral, para efectuar la designación en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional del Ministerio Público – Fiscalía de la Nación; Que, la Gerencia de Capital Humano, así como la Subgerencia de Personal y Compensaciones, y la Subgerencia de Políticas y Desarrollo Humano, a través de los documentos de vistos y sus antecedentes, han efectuado la veri fi cación del cumplimiento de los requisitos mínimos del profesional propuesto por la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial para ser designado en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional del Ministerio Público – Fiscalía de la Nación, con base en el Manual de Clasi fi cador de Cargos de esta Entidad Fiscalizadora Superior, aprobado por Resolución de Secretaría General Nº 043-2025-CG/SGE, la Directiva de los OCI, y demás disposiciones aplicables para dicho proceso; Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, y estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando Nº 000509-2025-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa Nº 000334-2025-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que designa en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional del Ministerio Público – Fiscalía de la Nación, entidad bajo el ámbito de la Subgerencia de Control del Sector Justicia Político y Electoral de la Gerencia de Control Político Institucional y Económico, de conformidad con la propuesta elevada por la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial, disponiendo las acciones de personal necesarias; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; y, conforme a lo dispuesto en la Directiva Nº 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 392-2020-CG y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al señor Carlo Fabricio Gonzales Herrera, en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional del Ministerio Público – Fiscalía de la Nación. Artículo 2.- La acción de personal dispuesta en el artículo 1 precedente, tendrá efectividad a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución, sin perjuicio del procedimiento de entrega y recepción de cargo correspondiente. Artículo 3.- Disponer que la entidad proporcione los medios necesarios para el ejercicio de la función de control, de conformidad con la normativa vigente.Artículo 4.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Gerencia de Administración y la Gerencia de Tecnologías de la Información de la Contraloría General de la República, adopten las acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 5.- Publicar la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR ENRIQUE AGUILAR SURICHAQUI Contralor General de la República 2402675-1 FUERO MILITAR POLICIAL Designan Asesor del Gabinete de Asesores del Fuero Militar Policial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 045-2025-FMP/P Lima, 26 de marzo 2025VISTO:El O fi cio N° 165-2025-FMP/DE del 25 de marzo 2025 del Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial, el Informe de Cumplimiento N° 009-2025-FMP/RRHH del 14 de marzo 2025 del Director de Recursos Humanos del Fuero Militar Policial, y el Informe Legal N° 069-2025-FMP/ OAJ del 25 de marzo 2025 del Jefe (e) de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Fuero Militar Policial. CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, en el artículo I de su Título Preliminar, establece la naturaleza, estructura, organización, competencia, jurisdicción, funciones y atribuciones del Fuero Militar Policial, como órgano jurisdiccional autónomo, independiente e imparcial; Que, la Ley N° 30057 del Servicio Civil, establece en su artículo 3 literal “e) Servidor de con fi anza . Es un servidor civil que forma parte del entorno directo e inmediato de los funcionarios públicos o directivos públicos y cuya permanencia en el Servicio Civil está determinada y supeditada a la con fi anza por parte de la persona que lo designó. Puede formar parte del grupo de directivos públicos, servidor civil de carrera, o servidor de actividades complementarias. Ingresa sin concurso público de méritos, sobre la base del poder discrecional con que cuenta el funcionario que lo designa. No conforma un grupo y se sujeta a las reglas que correspondan al puesto que ocupa”; Que, mediante Resolución Administrativa N° 065- 2022-FMP/CE/SG del 29 de agosto 2022, se aprobó las modi fi caciones al Reglamento de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, el cual establece: “Artículo 8° Funciones de la Presidencia del Fuero Militar Policial, en el numeral 8. Disponer la contratación y remoción del personal de funcionarios, servidores y personal de con fi anza, con arreglo a la normativa sobre la materia, y numeral 10. Emitir resoluciones relativas a sus funciones”; Que, el Reglamento de la Ley N° 31419 es aprobada por el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM de fecha 18 de mayo 2022, establece: “Artículo 2° Responsabilidades. 2.1. Las O fi cinas de Recursos Humanos, o las que hagan sus veces en la entidades públicas, son responsables de veri fi car el cumplimiento de los requisitos mínimos para el acceso a cargos o puestos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción. 2.2. Los funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, tiene la obligación de presentar previo a su