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17 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de mayo de 2025 El Peruano / ECONOMÍA Y FINANZAS Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 a favor de diversos gobiernos locales DECRETO SUPREMO Nº 102-2025-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, en los numerales 1 y 2 de la Décima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32313, Ley que fortalece la Policía Nacional del Perú mediante la creación de unidades ejecutoras en las regiones policiales y encargan la gestión administrativa de las Escuelas de Educación Superior Técnico Profesional de la Policía Nacional del Perú (PNP) a las unidades ejecutoras de las regiones policiales en las cuales se encuentren, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, en el Año Fiscal 2025, a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de diversos gobiernos locales, con cargo a los recursos a los que se re fi ere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Asimismo, se dispone que el monto máximo de los recursos a transferir es el que corresponda a los créditos presupuestarios de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, certi fi cados no devengados al 31 de diciembre de 2024, por dichos gobiernos locales, que fueron autorizados en el artículo 2 de la Ley Nº 32103, Ley que aprueba créditos suplementarios para el fi nanciamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica y dicta otras medidas, con la fi nalidad de garantizar la ejecución de inversiones bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de proyectos que no se encuentren bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional consideradas en el artículo 2 de la Ley Nº 32103, estableciéndose, además, que para el cálculo del monto máximo de los recursos a transferir, se toma en consideración los recursos previamente habilitados a través del Decreto Supremo 029- 2025-EF, y que los créditos presupuestarios certi fi cados se determinan en función al registro en el Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público (SIAF-SP) al 31 de diciembre de 2024; Que, en los numerales 3 y 4 de la Décima Disposición Complementaria Final de la citada Ley, se establece que las modi fi caciones presupuestarias autorizadas en el numeral 1, se aprueban utilizando sólo el mecanismo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, a solicitud del titular del gobierno local debiendo publicarse el Decreto Supremo en un plazo de hasta treinta días calendario contados a partir de la vigencia de la Ley Nº 32313, debiendo presentarse la solicitud de fi nanciamiento por el titular del gobierno local al Ministerio de Economía y Finanzas, en un plazo de hasta treinta días calendario contados a partir de la vigencia de la citada Ley; adjuntando el informe con la opinión favorable previa del jefe de la o fi cina de presupuesto del gobierno local o la que haga sus veces. Asimismo, se dispone que las modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional para la continuidad del fi nanciamiento de las inversiones bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de proyectos que no se encuentren bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional consideradas en el artículo 2 de la Ley 32103, solo pueden ser solicitadas por el gobierno local en el marco de la Décima Disposición Complementaria Final; Que, mediante los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, se establece que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; y que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, diversos gobiernos locales solicitan una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, con cargo a los recursos a los que se re fi ere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, para fi nanciar la continuidad de la ejecución de diversas inversiones y proyectos, que fueron fi nanciadas en el Año Fiscal 2024 con la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, y cuyos créditos presupuestarios fueron certi fi cados y no devengados al 31 de diciembre de 2024, en el marco de la Décima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32313; adjuntando para dicho efecto, el informe con la opinión favorable previa del jefe de la o fi cina de presupuesto del gobierno local o la que haga sus veces, y el “Reporte de Validación de Datos” de la Ficha 2 “Solicitud de recursos para inversiones y proyectos de GL fi nanciados mediante art 2 - Ley 32103” del Módulo de Recolección de Datos; Que, mediante el Memorando Nº 0076-2025-EF/63.07, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, remite la información registrada en el Banco de Inversiones, respecto a inversiones que contaron con Presupuesto Institucional Modi fi cado (PIM) durante el año 2024; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 83 443 753,00 (OCHENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), a favor de diversos gobiernos locales, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en la Décima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32313, Ley que fortalece la Policía Nacional del Perú mediante la creación de unidades ejecutoras en las regiones policiales y encargan la gestión administrativa de las Escuelas de Educación Superior Técnico Profesional de la Policía Nacional del Perú (PNP) a las unidades ejecutoras de las regiones policiales en las cuales se encuentren; y, en el artículo 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA:Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 83 443 753,00 (OCHENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), a favor de diversos gobiernos locales, para fi nanciar la continuidad de la ejecución de diversas inversiones bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de proyectos que no se encuentren bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional consideradas en el artículo 2 de la Ley Nº 32103, que fueron fi nanciadas en el Año Fiscal 2024 con la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, y cuyos créditos presupuestarios fueron certi fi cados y no devengados al 31 de diciembre de 2024, en el marco de la Décima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32313, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : M. de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia 83 443 753,00 ============= TOTAL EGRESOS 83 443 753,00 =============