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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2025 (28/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de mayo de 2025 El Peruano / A LA: En Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos LocalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO DE CAPITAL2.6 Adquisición de activos no financieros 83 443 753,00 ============= TOTAL EGRESOS 83 443 753,00 ============= 1.2 El detalle de los pliegos y los recursos asociados a la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 1.1 del presente artículo, se encuentran en el Anexo “Transferencia de Partidas a favor de diversos gobiernos locales para fi nanciar la continuidad de la ejecución de inversiones y proyectos”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo y se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante resolución la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga de sus veces en los pliegos involucrados elabora las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de mayo del año dos mil veinticinco. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Economía y Finanzas 2403574-1 Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 a favor de la Universidad Nacional de Moquegua DECRETO SUPREMO Nº 103-2025-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante los numerales 92.1 y 92.2 del artículo 92 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, se autoriza al Ministerio de Educación, durante el presente Año Fiscal, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, a efectuar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los pliegos U.N. de Moquegua, U.N. de Cañete, U.N. Autónoma de Chota, U.N. de Juliaca y la U.N. Autónoma Altoandina de Tarma, hasta por la suma de S/ 2 004 800,00 (DOS MILLONES CUATRO MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 SOLES), para el fi nanciamiento de la compensación económica y aguinaldos correspondientes a las nuevas plazas de rectores y vicerrectores, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 313-2019-EF; las cuales se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación, a propuesta de este último; Que, mediante el O fi cio Nº 00827-2025-MINEDU/ SG, el Ministerio de Educación solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Universidad Nacional de Moquegua, para fi nanciar la compensación económica y aguinaldos correspondientes a las nuevas plazas de rector y vicerrectores de dicha Universidad, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 313-2019-EF, por el periodo de mayo a diciembre del año 2025, en el marco de lo dispuesto en los numerales 92.1 y 92.2 del artículo 92 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 00622-2025-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del citado Ministerio, con los respectivos sustentos; Que, mediante el Memorando Nº 1850-2025- EF/53.04, que adjunta el Informe Nº 1878-2025-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas determina el costo estimado para los conceptos de compensación económica y aguinaldos correspondiente a las nuevas plazas de un (01) rector y dos (02) vicerrectores en la Universidad Nacional de Moquegua para el periodo de mayo a diciembre del año 2025; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 653 334,00 (SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Educación, a favor de la Universidad Nacional de Moquegua, para fi nanciar lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en los numerales 92.1 y 92.2 del artículo 92 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 653 334,00 (SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Universidad Nacional de Moquegua, para fi nanciar la compensación económica y aguinaldos correspondientes a las nuevas plazas de rector y vicerrectores de dicha Universidad, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 313-2019-EF, por el periodo de mayo a diciembre del Año Fiscal 2025, en el marco de lo dispuesto en los numerales 92.1 y 92.2 del artículo 92 de la Ley Nº 32185 , Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Educación, de acuerdo al siguiente detalle: