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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2025 (28/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de mayo de 2025 El Peruano / - Concurso Nacional de Discurso y Ensayo “José Faustino Sánchez Carrión”. Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Educación Física y Deporte de la Dirección General de Educación Básica Regular, a las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces, a las Unidades de Gestión Educativa Local y a las Instituciones Educativas, en el marco de sus competencias, el cumplimiento de las Bases Generales y Especí fi cas de los Concursos Educativos 2025, aprobadas por el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Educación Física y Deporte de la Dirección General de Educación Básica Regular la difusión y promoción de los Concursos Educativos 2025 señalados en el artículo 1 de la presente Resolución, a través de la sede digital (www.gob.pe/minedu) y redes sociales o fi ciales del Ministerio de Educación, a fi n de garantizar la participación de los interesados. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ESTHER CUADROS ESPINOZA Viceministra de Gestión Pedagógica 2403386-1 ENERGÍA Y MINAS Otorgan a la empresa KALLPA GENERACIÓN S.A. la concesión temporal para desarrollar estudios de factibilidad relacionados a la generación de energía eléctrica del proyecto “Central Eólica Tanaka”, en el departamento de Arequipa RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 172-2025- MINEM/DM Lima, 9 de mayo de 2025 VISTOS: El Expediente N° 27418625 sobre la solicitud de otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios de factibilidad relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica del proyecto “Central Eólica Tanaka”, presentada por la empresa KALLPA GENERACIÓN S.A.; el Informe N° 278-2025-MINEM/DGE-DCE, de la Dirección General de Electricidad; el Memorando N° 00252-2025/MINEM-VME, del Despacho Viceministerial de Electricidad; el Informe N° 0408-2025-MINEM/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante documento con Registro N° 3947736, de fecha 06 de marzo de 2025, la empresa KALLPA GENERACIÓN S.A. presentó una solicitud de otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios de factibilidad relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica del proyecto “Central Eólica Tanaka” con una capacidad instalada de 403 MW, al amparo de lo dispuesto por el artículo 23 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y el artículo 30 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, los estudios de factibilidad mencionados en el considerando que antecede, se desarrollarán en los distritos de Acarí y Yauca, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa, en la zona comprendida dentro de las coordenadas UTM (WGS84) que fi guran en el Expediente; Que, de acuerdo con los Informes de Vistos, se verifi ca que KALLPA GENERACIÓN S.A. cumple con los requisitos establecidos en el artículo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, y el Código CE02-1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2014-EM, por lo que se concluye que corresponde otorgar la concesión temporal para realizar estudios de factibilidad relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica del proyecto “Central Eólica Tanaka”; Con los vistos de la Dirección General de Electricidad, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y del Despacho Viceministerial de Electricidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM; el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2014-EM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de la empresa KALLPA GENERACIÓN S.A., la concesión temporal para desarrollar los estudios de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica del proyecto “Central Eólica Tanaka” con una capacidad instalada de 403 MW, los cuales se llevarán a cabo en los distritos de Acarí y Yauca, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa, por un plazo de veinticuatro (24) meses, contados a partir de la publicación de la presente resolución, según lo establecido en el artículo 23 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 2.- Establecer como área de la concesión temporal otorgada, la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (WGS 84) - Zona 18: VÉRTICE ESTE NORTE 1 540257.2564 8280958.0474 2 541901.1286 8282466.81833 542716.3709 8280965.4086 4 544172.8514 8280005.1334 5 544656.4984 8279048.1754 6 547019.7126 8274836.4717 7 547166.6198 8274441.97888 548053.9624 8272991.4493 9 548617.7365 8272132.2409 10 549617.2387 8270873.0228 11 550203.3386 8269863.9864 12 549596.0146 8269306.2467 13 545934.2205 8270480.1019 14 539690.0250 8272489.299915 539500.4669 8272546.0938 16 539207.4528 8272645.3356 17 539356.4074 8273637.9891 18 538728.6765 8273637.9893 19 538721.2587 8274070.886120 539162.3506 8274479.7096 21 539004.6378 8275749.8449 22 539235.3700 8276111.0048 23 539640.6791 8276162.6757 24 540311.6559 8277981.6537 Artículo 3.- Disponer que la empresa KALLPA GENERACIÓN S.A. realice los estudios, respetando las