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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (14/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Viernes 14 de noviembre de 2025 El Peruano / la consignación a nombre de los titulares registrales de las partidas en duplicidad que comprenden el inmueble con código 2499818-LAC-A2R-63; Que, para ello, la Dirección de Gestión Predial acompaña a su pedido, la disponibilidad presupuestal aprobada por la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, para la expropiación del área afectada de los inmuebles, mediante la Certi fi cación de Crédito Presupuestario con Nota Nº 0000003638 aprobado con fecha 20 de junio de 2025, y los Informes Técnicos de Tasación N° 04246-2024-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DC/TASACIONES y N° 04247-2024-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DC/TASACIONES, correspondientes a las áreas del inmueble identi fi cado con código 2499818-LAC- A2R-63, de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento; Que, con el Informe N° 001190-2025-ANIN/OAJ, la Ofi cina de Asesoría Jurídica opina que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30556 y el Decreto Legislativo N° 1192 resulta legalmente viable que la Jefatura emita la Resolución que aprueba la ejecución de la expropiación y la consignación vía judicial de los valores de las Tasaciones de las áreas afectadas del inmueble, con código 2499818-LAC-A2R-63; Con los vistos de la Dirección de Gestión Predial, la Dirección de Intervenciones Multisectoriales y de Emergencia y la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31841, Ley que crea la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN); la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios y sus modi fi catorias; el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias; y la Resolución Jefatural Nº 002-2023-ANIN-JEFATURA que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ANIN; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación de las áreas afectadas del Bien Inmueble y de los valores de las Tasaciones Aprobar la ejecución de la expropiación de dos (2) áreas del inmueble en duplicidad afectado por la ejecución del Proyecto “Creación del servicio de protección en riberas del Río Lacramarca vulnerables ante peligros de inundación, en 58 comunidades en los distritos de Macate, Cáceres del Perú y Chimbote de la provincia de Santa - departamento de Ancash”, identi fi cado con CUI Nº 2499818, y los valores de las Tasaciones de los mismos, ascendentes a la suma de S/ 52 611.50 (Cincuenta y dos mil seiscientos once con 50/100 soles) y S/ 52 986.30 (Cincuenta y dos mil novecientos ochenta y seis con 30/100 soles) respectivamente, correspondiente al código 2499818-LAC-A2R-63, conforme se detalla en el siguiente cuadro y en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural: SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETOS PASIVOSIDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE VALORES DE LAS TASACIONES (S/)CÓDIGO DE INMUEBLE N°ÁREAS AFECTADASINSCRITO EN LAS PARTIDAS ELECTRONICAS AFECTACIÓN AUTORIDAD NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA1. ELOMINA ZORAIDA ACOSTA PALOMINO 2. CLEBER EMITERIO ACOSTA PALOMINO3. OLGA NANCY ACOSTA PALOMINO 4. MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO2499818-LAC- A2R-63ÁREA 1 5,261.15 m 211014348 y 07004597 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chimbote, Zona Registral N° VII - Sede Huaraz, respectivamentePARCIAL52 611.50 ÁREA 2 5,298.63 m2 52 986.30 Artículo 2.- Consignación de los valores de las Tasaciones Disponer que, la Dirección de Gestión Predial elabore el expediente con la información y documentación necesaria para que la Procuraduría Publica de ANIN solicite en la vía judicial la consignación de los valores de las Tasaciones a nombre de los Sujetos Pasivos del inmueble con código 2499818-LAC-A2R-63, de acuerdo a lo establecido en el numeral 29.4 del artículo 29 del Decreto Legislativo Nº 1192 y sus modi fi catorias. Dicha consignación se mantiene hasta que se establezca de modo de fi nitivo la propiedad del predio en la vía judicial, arbitral o en otro mecanismo de solución de controversias. Disponer que la Unidad de Tesorería de la O fi cina de Administración, previa coordinación con la Procuraduría Pública de la ANIN, consigne en el Banco de la Nación, los montos de los valores de las Tasaciones a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192 y la Ley N° 30556 y sus modi fi catorias. Artículo 3.- Información necesaria para inscribir las áreas afectadas del bien inmueble a favor del Bene fi ciario Disponer que la Dirección de Gestión Predial, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Jefatural y noti fi cada la consignación, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº 1192 y sus modi fi catorias, a efectos de inscribir las dos (2) áreas expropiadas del bien inmueble a favor de la Autoridad Nacional de Infraestructura. Artículo 4.- Orden de Inscripción Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, inscriba a favor de la Autoridad Nacional de Infraestructura las dos (2) áreas expropiadas del bien inmueble, bajo responsabilidad y sanción de destitución, de conformidad con el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº 1192 y sus modi fi catorias. Artículo 5.- Orden de levantar toda carga o gravamen que contengan la Partida Registral Disponer que el Registrador de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contengan las partidas registrales del inmueble inscrito en duplicidad, respecto del inmueble con código 2499818-LAC-A2R-63. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con los valores de las Tasaciones pagados directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 6.- Noti fi cación al Sujeto Pasivo Disponer que la Dirección de Gestión Predial, gestione y noti fi que a los Sujetos Pasivos la presente Resolución Jefatural, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 30556 y sus modi fi catorias, requiriendo la desocupación y entrega de las dos (2) áreas expropiadas del bien inmueble dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notifi cada la presente Resolución Jefatural, improrrogables, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión de las dos (2) áreas expropiadas del bien inmueble. Artículo 7.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en la sede digital de la Autoridad Nacional de Infraestructura (www.gob.pe/anin), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. HERNAN YAIPEN ARESTEGUI Jefe de la Autoridad Nacional de Infraestructura Autoridad Nacional de Infraestructura