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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (14/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Viernes 14 de noviembre de 2025 El Peruano / (CAICB-A), la Inspección de Salud (INSPSAU), el Examen de Aptitud Psicológica (EAP) y la Prueba de Evaluación de Condición Física (TACF), actividades que se llevarán a cabo en la Escuela de Especialistas de la Aeronáutica (EEAR), ubicada en Guaratinguetá, estado de Sao Paulo, República Federativa de Brasil, a partir del 16 de noviembre de 2025; Que, con O fi cio Extra FAP N° 004356-2025-SECRE/ FAP la Fuerza Aérea del Perú solicita al Ministerio de Defensa la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, de los alumnos de primer año de la Fuerza Aérea del Perú, AL1 FAP ROBERT REY CHAVEZ LUJAN (titular), AL1 FAP HERNAN ALESSANDRO PEREZ UCEDA (titular) y AL1 FAP JEAN JAIRO ELIAS DOMINGUEZ FELIX (suplente) quienes participarán en el Curso de Formación de Sargentos (CF), a realizarse en la Escuela de Especialistas de la Aeronáutica (EEAR), ubicada en Guaratinguetá, estado de Sao Paulo, República Federativa de Brasil, del 16 de noviembre de 2025 al 30 de noviembre de 2027; asimismo, considerando el itinerario de los vuelos internacionales, solicita autorizar la salida del país el 15 de noviembre de 2025 y su retorno el 1 de diciembre de 2027; Que, a través del citado documento, la Institución Armada remite el Informe Legal N° 018-2025; la Hoja de Gastos N° 183 DGVC-ME/SIAF-RP; así como, las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario N° 0000000002, N° 0000000009 y N° 0000000755 que garantizan el fi nanciamiento correspondiente; Que, mediante la Exposición de Motivos y Sustento, la Institución Armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior de los alumnos de primer año de la Fuerza Aérea del Perú quienes participarán en el referido curso, por cuanto les permitirá adquirir conocimientos, experiencias y conocer las capacidades del área aeroespacial para mantener los altos estándares en lo que respecta al mantenimiento y/o reparación de aeronaves, redundando en bene fi cio de la Fuerza Aérea del Perú; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, a través del O fi cio N° 02863-2025-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 194-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN-LAYC la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización del viaje al exterior referido en los considerandos precedentes; Que, mediante el Informe Legal N° 02345-2025-MINDEF/SG-OGAJ la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y sus modi fi catorias; y el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, modi fi cado por Decreto Supremo N° 414- 2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, de los alumnos de primer año de la Fuerza Aérea del Perú que se detalla a continuación, para participar en el Curso de Formación de Sargentos (CF), a realizarse en la Escuela de Especialistas de la Aeronáutica (EEAR), ubicada en Guaratinguetá, estado de Sao Paulo, República Federativa de Brasil, del 16 de noviembre de 2025 al 30 de noviembre de 2027; así como autorizar su salida del país el 15 de noviembre de 2025 y su retorno el 1 de diciembre de 2027, conforme al siguiente detalle: AL1 FAP ROBERT REY CHAVEZ LUJAN Titular NSA N° 613760 DNI N° 74749687 AL1 FAP HERNAN ALESSANDRO PEREZ UCEDA Titular NSA N° 613809 DNI N° 60879461 AL1 FAP JEAN JAIRO ELIAS DOMINGUEZ FELIX Suplente NSA N° 613755 DNI N° 73951048 Artículo 2.- La participación del personal suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal titular. Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectuará los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos (ida): Lima – Guaratinguetá (República Federativa de Brasil) Clase económica: US$ 1,716.11 x 2 personas US$ 3,432.22 Gastos de traslado (ida): equipaje, bagaje e instalación US$ 1,045.35 x 1 x 2 personas US$ 2,090.70 Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero: US$ 1,045.35 / 30 x 15 días x 2 personas US$ 1,045.50 US$ 1,045.35 x 1 mes x 2 personas US$ 2,090.70 Total a pagar: US$ 8,659.12 Artículo 4.- El pago por gastos de compensación extraordinaria y gastos de traslado de retorno; así como, por pasajes aéreos internacionales y tarifa única de uso de aeropuertos de retorno, que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en misión de estudios, según corresponda, se efectuará con cargo al Presupuesto Institucional de la Fuerza Aérea del Perú del año fi scal correspondiente, de conformidad con la normatividad vigente. Artículo 5.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/ SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fi scal correspondiente. Artículo 6.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado. Artículo 7.- El personal autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad,