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21 NORMAS LEGALES Viernes 14 de noviembre de 2025 El Peruano / DEFENSA Autorizan viaje de Oficial de la Marina de Guerra del Perú a la República Federativa de Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 01736-2025-DE Lima, 11 de noviembre del 2025 VISTOS: El O fi cio N° 10519/51 de la Subsecretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio N° 02838-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 02308-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante Carta s/n de fecha 8 de octubre de 2025, el Comandante de la Marina de Brasil hace extensiva la invitación al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, para que participe en la Ceremonia de Botadura del Submarino “Almirante Karam” (S-43) y en la entrega del Submarino “Tonelero” (S-42), a realizarse en el Complejo Naval de Itaguaí (CNI), ciudad de Río de Janeiro, República Federativa de Brasil, el 26 de noviembre de 2025; Que, por medio del O fi cio N° 699/42, el Comandante General de la Marina de Guerra del Perú comunica al Comandante de la Marina de Brasil que, debido a diversos compromisos de carácter o fi cial programados con antelación, no será posible su participación en los citados eventos, por lo que ha dispuesto la participación del Contralmirante Luis Humberto DEL CARPIO AZÁLGARA, Comandante de la Fuerza de Submarinos, identi fi cado con CIP N° 01802896 y DNI N° 09399154, en representación de la Marina de Guerra del Perú; Que, con O fi cio N° 10519/51, la Marina de Guerra del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del mencionado Ofi cial Almirante, para que participe en la Ceremonia de Botadura del Submarino “Almirante Karam” (S-43) y en la entrega del Submarino “Tonelero” (S-42), a realizarse en el Complejo Naval de Itaguaí (CNI), ciudad de Río de Janeiro, República Federativa de Brasil, el 26 de noviembre de 2025; asimismo, considerando el itinerario de los vuelos internacionales, solicita autorizar su salida del país el 25 de noviembre y su retorno el 27 de noviembre de 2025, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público; Que, a través del citado documento, la Institución Armada remite el Informe Legal N° 159-2025; la Hoja de Gastos N° 220-2025; la Hoja de Disponibilidad Presupuestaria N° 223-2025; así como, las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario N° 0000000002 y N° 0000006361, que garantizan el fi nanciamiento correspondiente; Que, conforme a lo indicado en el citado Informe Legal, la Marina de Brasil cubrirá los gastos de alojamiento y transporte interno del O fi cial Almirante, de acuerdo a la Carta s/n de fecha 8 de octubre de 2025; por lo cual debe otorgarse viáticos diarios hasta un cuarenta por ciento (40%) del que corresponde a la zona geográ fi ca, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial N° 696-2013-DE/SG, que aprueba porcentajes máximos de viáticos en función de la escala prevista en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modi fi cado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, con la fi nalidad de cubrir los gastos de alimentación; Que, mediante la Exposición de Motivos, la Institución Armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por cuanto, le permitirá al personal designado incrementar sus conocimientos, procedimientos y experiencias, así como fortalecer los vínculos de cooperación entre los países participantes, considerando el bene fi cio de estrechar lazos de amistad en la relación estratégica entre la Marina de Guerra del Perú y la Marina de Brasil; Que, mediante el O fi cio N° 02838-2025-MINDEF/ VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 558-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes; Que, con Informe Legal N° 02308-2025-MINDEF/SG- OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modi fi catoria; y el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modi fi catorias. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Contralmirante Luis Humberto DEL CARPIO AZÁLGARA, para que participe en la Ceremonia de Botadura del Submarino “Almirante Karam” (S-43) y en la entrega del Submarino “Tonelero” (S-42), a realizarse en el Complejo Naval de Itaguaí (CNI), ciudad de Río de Janeiro, República Federativa de Brasil, el 26 de noviembre de 2025; así como, autorizar su salida del país el 25 de noviembre y su retorno el 27 de noviembre de 2025. Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes Aéreos: Lima - Río de Janeiro (República Federativa de Brasil) - LimaClase económicaUS$ 2,460.50 x 1 persona US$ 2,460.50 Viáticos: US$ 370.00 x 1 persona x 1 día x 40% US$ 148.00 Total a pagar: US$ 2,608.50 Artículo 3.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El O fi cial Almirante comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 5.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR FRANCISCO DÍAZ PECHE Ministro de Defensa 2458642-1