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10 NORMAS LEGALES Miércoles 8 de octubre de 2025 El Peruano / Artículo 3.- Consignación del valor de la Tasación Disponer que, a través de la Unidad de Tesorería de la O fi cina de Administración, se consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Jefatural, bajo responsabilidad del funcionario encargado de efectuarla. Artículo 4.- Información necesaria para inscribir el área afectada del bien inmueble a favor del Bene fi ciario Disponer que la Dirección de Gestión Predial, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Jefatural y noti fi cada la consignación, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº 1192 y sus modi fi catorias, a efectos de inscribir el área expropiada del bien inmueble a favor de la Autoridad Nacional de Infraestructura. Artículo 5.- Orden de Inscripción Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, inscriba a favor de la Autoridad Nacional de Infraestructura el área expropiada del bien inmueble, bajo responsabilidad y sanción de destitución, de conformidad con el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº 1192 y sus modi fi catorias.Artículo 6.- Orden de levantar toda carga o gravamen que contengan la Partida Registral Disponer que el Registrador de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la partida registral respecto del área afectada del inmueble. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 7.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Disponer que la Dirección de Gestión Predial, gestione y noti fi que la presente Resolución Jefatural, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 30556 y sus modi fi catorias, requiriendo la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Jefatural, improrrogables, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área expropiada del bien inmueble. Artículo 8.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en la sede digital de la Autoridad Nacional de Infraestructura (www.gob.pe/anin), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNAN YAIPEN ARESTEGUI Jefe de la Autoridad Nacional de InfraestructuraAutoridad Nacional de Infraestructura ANEXO LINDEROS, MEDIDAS PERIMÉTRICAS Y COORDENADAS UTM Código: 2497906-MGEN-PRO-P4R-2 4 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA:ÁREA AFECTADA 01: 0.33 m² (0.0000 ha)AFECTACIÓN: PARCIAL DEL INMUEBLE POR EL NORTE: COLINDA CON EL ÁREA REMANENTE DE LA P.E. N.º 11014538, MEDIANTE LÍNEA QUEBRADA DE DOS (02) TRAMOS RECTOS, ENTRE LOS VERTICES 1 AL 3.LONGITUD 1.31 METROS LINEALES. POR EL ESTE: - POR EL SUR: COLINDA CON RED VIAL HV-950, MEDIANTE LÍNEA QUEBRADA DE DOS (02) TRAMOS RECTOS, ENTRE LOS VERTICES 3 AL 5.LONGITUD 0.67 METROS LINEALES. POR EL OESTE: COLINDA CON PROPIEDAD DE TERCEROS, EN LÍNEA RECTA DE UN (01) TRAMO, ENTRE LOS VERTICES 5 AL 1.LONGITUD 1.10 METROS LINEALES.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ DEL ÁREA AFECTADA – ZONA 18 S Vértice LadoDistancia (m)Coordenadas UTM - WGS84 Este (X) Norte (Y) 1 1-2 1.18 430204.3851 8554232.4804 2 2-3 0.13 430205.3491 8554231.7916 3 3-4 0.16 430205.4719 8554231.7680 4 4-5 0.51 430205.3220 8554231.7097 5 5-1 1.10 430204.8620 8554231.4897 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA:ÁREA AFECTADA 02: 13.50 m² (0.0014 ha)AFECTACIÓN: PARCIAL DEL INMUEBLE POR EL NORTE: COLINDA CON EL ÁREA REMANENTE DE LA P.E. N.º 11014538, MEDIANTE LÍNEA QUEBRADA DE CINCO (05) TRAMOS RECTOS, ENTRE LOS VERTICES 1 AL 6.LONGITUD 11.86 METROS LINEALES. POR EL ESTE: COLINDA CON PROPIEDAD DE TERCEROS, EN LÍNEA RECTA DE UN (01) TRAMO, ENTRE LOS VERTICES 6 AL 7.LONGITUD 1.99 METROS LINEALES. POR EL SUR: COLINDA CON RED VIAL HV-950, MEDIANTE LÍNEA QUEBRADA DE OCHO (08) TRAMOS RECTOS, ENTRE LOS VERTICES 7 AL 1.LONGITUD 10.50 METROS LINEALES.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ DEL ÁREA AFECTADA – ZONA 18 S Vértice LadoDistancia (m)Coordenadas UTM - WGS84 Este (X) Norte (Y) 1 1-2 2.33 430227.3430 8554241.1911 2 2-3 2.75 430229.4345 8554242.2273 3 3-4 3.01 430231.7945 8554243.6494 4 4-5 1.61 430234.6044 8554244.7401 5 5-6 2.16 430236.1779 8554245.0627 6 6-7 1.99 430238.3353 8554245.0529 7 7-8 0.19 430237.5897 8554243.2051 8 8-9 1.00 430237.4039 8554243.2102 9 9-10 0.91 430236.4055 8554243.1043 10 10-11 0.23 430235.5306 8554242.8680