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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (11/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Sábado 11 de octubre de 2025 El Peruano / Que, mediante Memorándum Nº D000349-2025- MIMP-DGPDV, la Dirección General de Población Desarrollo y Voluntariado remite a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización el Informe Nº D000034-2025-MIMP-DDCP-CMPM de la Dirección de Desplazados y Cultura de Paz, por medio del cual sustenta y solicita que las funciones de previstas en los literales i), j) y k) del artículo 104 de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables sobre con fl ictos sociales sean asignadas a las unidades del sector que cuenten con la relación jerárquica y línea de conexión que permita una intervención oportuna en los con fl ictos sociales de competencia del MIMP; señalando, entre otros aspectos, que su competencia prevista en el artículo 103 de la Sección Segunda del citado instrumento de gestión, no incluye aspectos sobre la materia de con fl ictos sociales, puesto que la Cultura de Paz es la promoción de actitudes y capacidades para el diálogo y el manejo constructivo de los con fl ictos en general, y no comprende la gestión gubernamental de los con fl ictos sociales, que subsume el análisis y diagnóstico multisectorial, la elaboración de planes de intervención, la intervención en las fases del con fl icto social, y el monitoreo del mismo; Que, el artículo 82 de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial Nº 342-2023-MIMP y modi fi cado por Resolución Ministerial Nº 294-2024-MIMP, señala que la Ofi cina de Seguridad y Defensa Nacional, depende de la Secretaría General y es responsable de asesorar y apoyar a la Alta Dirección en asuntos relacionados con la Seguridad y Defensa Nacional, así como con la Gestión del Riesgo de Desastres y se relaciona funcionalmente con el Ministerio de Defensa, el Viceministerio de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros, el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres, y el Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, con Memorándum Nº D000949-2025-MIMP- OGPPM, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización brinda conformidad y remite el Informe Nº D000120-2025-MIMP-OMI de la O fi cina de Modernización Institucional, por medio del cual propone la modi fi cación de los artículos 82, 83 y 104 de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 342-2023-MIMP y modi fi cada por Resolución Ministerial Nº 294-2024-MIMP, a fi n de reasignar las funciones en materia de gestión de con fl ictos sociales de la Dirección de Desplazados y Cultura de Paz a la O fi cina de Seguridad y Defensa Nacional, dado que esta última cuenta con competencias a fi nes y una ubicación jerárquica estratégica que le permitirá asumir de manera más adecuada dichas funciones; precisando que del análisis efectuado, no se observa duplicidad de funciones al interior de la entidad y dicha modi fi cación no impacta en las funciones de las unidades de organización de primer y segundo nivel, razón por la cual, no amerita la modi fi cación de la Sección Primera; Que, mediante el Informe Nº D000820-2025-MIMP- OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el marco de la normativa indicada y considerando lo señalado por la O fi cina de Modernización Institucional dependiente de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, considera legalmente viable continuar con el trámite de emisión de la presente Resolución Ministerial; Que, en ese contexto, resulta necesario modi fi car la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 342-2023-MIMP, modi fi cada por la Resolución Ministerial Nº 294-2024-MIMP, a fi n de reasignar a la O fi cina de Seguridad y Defensa Nacional, las funciones en materia de gestión de con fl ictos sociales correspondientes a la Dirección de Desplazados y Cultura de Paz; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica;De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los “Lineamientos de Organización del Estado”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi cación de los artículos 82, 83 y 104 de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 342-2023-MIMP y modi fi cada por Resolución Ministerial Nº 294-2024-MIMP Modi fi car los artículos 82, 83 y 104 de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 342-2023-MIMP, quedando redactados en los siguientes términos: “Artículo 82.- O fi cina de Seguridad y Defensa Nacional La O fi cina de Seguridad y Defensa Nacional, depende de la Secretaría General y es responsable de asesorar y apoyar a la Alta Dirección en asuntos relacionados con la Seguridad y Defensa Nacional, la Gestión del Riesgo de Desastres, así como la gestión de con fl ictos sociales . Se relaciona funcionalmente con el Ministerio de Defensa, el Viceministerio de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros, el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres, y el Instituto Nacional de Defensa Civil.” “Artículo 83.- Funciones de la O fi cina de Seguridad y Defensa Nacional Son funciones de la O fi cina de Seguridad y Defensa Nacional las siguientes: a. Asesorar a la Alta Dirección en el planeamiento, programación, ejecución y supervisión de la política y estrategias de Seguridad y Defensa Nacional, así como de la Gestión del Riesgo de Desastres en el Sector; b. Proponer la inclusión en los planes del MIMP acciones en materia de Seguridad y Defensa Nacional, y Gestión del Riesgo de Desastres, según las disposiciones que emite el ente rector; c. Planear y ejecutar, en coordinación con los órganos competentes del MIMP, la realización de jornadas de fortalecimiento de capacidades y asistencia técnica en seguridad, defensa nacional, gestión del riesgo de desastres y gestión de con fl ictos sociales; d. Formular los Planes de Movilización y Desmovilización, en coordinación con la O fi cina General de Recursos Humanos y otros órganos competentes, y supervisar la correcta implementación de los mismos; e. Planear, desarrollar y supervisar acciones para promover la cultura en Seguridad y Defensa Nacional, así como en la Gestión del Riesgo de Desastres en el Sector; f. Planear, coordinar y evaluar las acciones para la atención de la población vulnerable afectada por situaciones de emergencias y desastres a nivel nacional, en el marco de lo dispuesto por el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD); g. Administrar el Centro de Operaciones de Emergencia Sectorial del MIMP; h. Promover acciones, estrategias y proyectos para la prevención y gestión de con fl ictos sociales en los temas de competencias del Sector, con la participación de los actores sociales involucrados, la sociedad civil y del Estado; i. Promover y participar en los procesos de diálogo para el abordaje de con fl ictos sociales en los temas de competencia del Sector; j. Formular disposiciones administrativas obligatorias u orientadoras en materia de su competencia, así como supervisar su cumplimiento; y emitir opinión técnica;