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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (11/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Sábado 11 de octubre de 2025 El Peruano / a. Para estaciones con una máxima e.r.p. de 0.1 kW: - La Altura efectiva de antena (EHAAT) debe ser menor a 30 m. - El patrón de radiación debe conformase de tal manera que evite llegar a cubrir la localidad de Arequipa, de utilizar antenas directivas estas deben orientar el null hacia la localidad de Arequipa, departamento de Arequipa. b. Para estaciones con una máxima e.r.p. 0.25 kW:- La ubicación de la planta transmisora debe estar a una distancia de 6 km o mayor de los límites del distrito de Yura. - La Altura efectiva de antena (EHAAT) debe ser menor a 30 m. - El patrón de radiación debe conformase de tal manera que evite llegar a cubrir la localidad de Arequipa, de utilizar antenas directivas estas deben orientar el null hacia la localidad de Arequipa, departamento de Arequipa. c. Para estaciones con una máxima e.r.p. 0.5 kW:- La ubicación de la planta transmisora debe estar a una distancia de 8 km o mayor de los límites del distrito de Yura. - La Altura efectiva de antena (EHAAT) debe ser menor a 30 m. - El patrón de radiación debe conformase de tal manera que evite llegar a cubrir la localidad de Arequipa, de utilizar antenas directivas estas deben orientar el null hacia la localidad de Arequipa, departamento de Arequipa. Las estaciones a instalarse en esta localidad son secundarias de acuerdo a lo previsto en el artículo 16 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y están sujetas a los parámetros técnicos establecidos en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas con Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias. Artículo 2.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones debe considerar las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modi fi cación de características técnicas. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLO RENATO DE LOS SANTOS LA SERNA Viceministro de Comunicaciones 2446824-1 Modifican la Resolución Viceministerial Nº 350-2005-MTC/03 que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM), para distintas localidades del departamento de Lambayeque RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 0079-2025-MTC/03 Lima, 11 de setiembre de 2025 VISTO, el Informe Nº 2331-2025-MTC/28.01 de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; CONSIDERANDO:Que, el artículo 11 de la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión, concordado con el artículo 6 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modi fi catorias, en adelante el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión; Que, el artículo 7 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y de Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 350- 2005-MTC/03 y sus modi fi catorias, se aprobó los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para distintas localidades del departamento de Lambayeque; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 2331-2025- MTC/28.01, propone la modi fi cación de los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para localidades del departamento de Lambayeque, a fi n de incorporar la localidad de EL PROGRESO-TIERRA RAJADA-VEGA DEL PADRE SANTA ROSA; e indica que en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobado por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias, así como lo establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; De conformidad con la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión y sus modi fi catorias, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modi fi catorias, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias, el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Viceministerial Nº 350-2005-MTC/03 que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM), para distintas localidades del departamento de Lambayeque, a fi n de incorporar el plan de la localidad de EL PROGRESO-TIERRA RAJADA-VEGA DEL PADRE SANTA ROSA; conforme se indica a continuación: Localidad: EL PROGRESO-TIERRA RAJADA-VEGA DEL PADRE SANTA ROSA Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización CanalesPlan de Asignación Frecuencia (MHz) 233 94.5 237 95.3 249 97.7 257 99.3 277 103.3 Total de canales: 5 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.1 kW. Las estaciones a instalarse en esta localidad son secundarias de acuerdo a lo previsto en el artículo 16 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y están sujetas a los parámetros técnicos establecidos en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas con Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias.