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7 NORMAS LEGALES Jueves 23 de octubre de 2025 El Peruano / Físico Legal sustenta la propuesta de Protección Provisional del Sitio Arqueológico Quelca, ubicado en el distrito de Coayllo, provincia de Cañete, departamento de Lima, especi fi cando los fundamentos sobre la valoración cultural positiva y niveles de vulnerabilidad del bien inmueble objeto de protección provisional, de acuerdo con los lineamientos y criterios técnicos contenidos en la Directiva Nº 003-2018-VMPCIC/MC. En el referido informe se indica que el monumento arqueológico prehispánico viene siendo objeto de afectación veri fi cada debido a agentes antrópicos, según lo siguiente: CONSTRUCCIÓN DE RESERVORIOS DE AGUA EN CONCRETO ARMADO, E INSTALACIÓN DE MANGUERAS PARA RIEGO ARTIFICIAL. Y SEMBRÍOS RECIENTES DE TUNAS. SE APRECIAN HOYOS QUE INDICAN LA AMPLIACIONES PARA USO AGRÍCOLA E IMPLEMENTACIÓN DE RIEGO TECNIFICADO MEDIANTE DISTRIBUCIÓIN DE MANGUERAS. Que, el numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que el acto administrativo “puede motivarse mediante la declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condición de que se les identi fi que de modo certero, y que por esta situación constituyan parte integrante del respectivo acto. Los informes, dictámenes o similares que sirvan de fundamento a la decisión, deben ser noti fi cados al administrado conjuntamente con el acto administrativo”; Que, mediante Informe Nº 001538-2025-DSFL-DGPA- VMPCIC /MC de fecha 24 de setiembre de 2025, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal remite a la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Quelca, recaída en el Informe de Inspección Nº 007-2025-HCC-DCS-VMPCIC-MC, para su atención; Que, mediante Informe Nº 000373-2025-DGPA- VMPCIC-ARD/MC de fecha 13 de octubre de 2025, el área legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble recomienda emitir resolución directoral que determine la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Quelca; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2006-ED y sus modi fi catorias; la Ley Nº 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; la Directiva Nº 003-2018-VMPCIC/MC, aprobada por Resolución Viceministerial Nº 077-2018-VMPCIC-MC; la Resolución Viceministerial Nº 000001-2025-VMPCIC-MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Quelca, ubicado en el distrito de Coayllo, provincia de Cañete, departamento de Lima, por el plazo de dos años, prorrogable por el periodo correspondiente, previo sustento. Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección Nº 007-2025-HCC-DCS-VMPCIC-MC, elaborado por el especialista de la Dirección de Control y Supervisión de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural así como en los Informes Nº 001538-2025/DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, Informe Nº 000189-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-MDR/MC y el cuadro de datos técnico del plano PPROV-040-MC-DGPA-DSFL-2022 WGS84 los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, las siguientes:MEDIDA REFERENCIA Señalización: xCOLOCAR HITOS DE DELIMITACIÓN Y MURO DE SEÑALIZACIÓN. Artículo Tercero.- COMUNICAR a la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural de la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional, entre ellas, la coordinación correspondiente con el órgano competente del Ministerio de Cultura para la etapa de identi fi cación de pueblos indígenas u originarios y el análisis de las posibles afectaciones a los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (https://www.gob.pe/cultura). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Coayllo, a fi n de que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo Nº 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección Nº 007-2025-HCC-DCS-VMPCIC-MC, el Informe Nº 001538-2025/DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, Informe Nº 000189-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-MDR/MC e Informe Nº 000 373-2025-DGPA-VMPCIC- ARD/MC y el Plano PPROV-040-MC-DGPA-DSFL-2022 WGS84, las cuales serán publicadas en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (https://www.gob.pe/cultura) para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN JOSE ALDAVE SERNA Director General Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 2450493-1 Determinan la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Huaca Los Chinos, ubicado en el distrito de Tumán, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 000371-2025-DGPA- VMPCIC/MC San Borja, 20 de octubre del 2025 Vistos, el Informe de Inspección Nº 012-2025-LMGA- DDC LAM/MC de fecha 11 de setiembre de 2025 por el que se sustenta la propuesta de determinación de protección provisional del Sitio Arqueológico Huaca Los Chinos, ubicado en el distrito de Tumán, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, en razón del cual la Dirección Desconcentrada de Cultura de Lambayeque sustenta la propuesta de protección provisional; los informes Nº 001553-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC y Nº 000193-2025/DSFL-DGPA-VMPCIC-MDR/MC de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal; el