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7 NORMAS LEGALES Viernes 24 de octubre de 2025 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº28675 se establece que la Unidad Ejecutora 006: Programa Subsectorial de Irrigaciones - PSI, sustituye para todos los efectos a la Unidad Ejecutora 006: Unidad de Coordinación del Proyecto Subsectorial de Irrigación UCPSI y la Unidad Ejecutora 006 PSI se encarga de desarrollar las actividades del Programa de Riego Tecni fi cado, así como aquellas que venía ejecutando la Unidad Ejecutora UCPSI en el marco de los compromisos asumidos con organismos internacionales, concertados y en proceso, además de las actividades que se le encargue al Sector en materia de riego; Que, mediante el Decreto Supremo Nº098-2021-PCM, se aprueba la cali fi cación y relación de los Programas y Proyectos Especiales del Poder Ejecutivo que dependen de cada ministerio, en cuyo anexo se cali fi ca al PSI, como Programa del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; Que, el artículo 3 de la Ley Nº27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargo de con fi anza se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, el literal i) del numeral 2.1 de los Lineamientos de Gestión de la Unidad Ejecutora Programa Subsectorial de Irrigaciones, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 0084-2020-MINAGRI, dispone que es función de la Dirección Ejecutiva designar a personal de con fi anza de la entidad; Que, mediante el Memorando Nº 02532-2025-MIDAGRI-DVDAFIR-PSI-UADM y el Informe Nº00820-2025-MIDAGRI-DVDAFIR-PSI-UADM-UFRRHH, la Unidad de Administración, informa respecto a la veri fi cación realizada de la hoja de vida del señor Luis Alberto Zamudio Auquilla, quien cumple con los requisitos mínimos establecidos en la Resolución Directoral Nº00167-2019-MIDAGRI-PSI, para ocupar el cargo de con fi anza de Asesor de la Dirección Ejecutiva del Programa Subsectorial de Irrigaciones - PSI del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; Que, mediante el Memorando Nº 0616-2025-MIDAGRI- DVDAFIR-PSI-UPPS, la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Seguimiento de la entidad indica que el Programa Subsectorial de Irrigaciones cuenta con disponibilidad presupuestal para destinarla al puesto de Asesor de la Dirección Ejecutiva; Que, mediante Informe Legal Nº 00338-2025-MIDAGRI- DVDAFIR/PSI-UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable a la propuesta de designación del señor Luis Alberto Zamudio Auquilla en el cargo de Asesor de la Dirección Ejecutiva; Que, resulta necesario designar a la persona que ejercerá el cargo de Asesor de la Dirección Ejecutiva del Programa Subsectorial de Irrigaciones; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de funcionarios Públicos; en la Ley Nº31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directores de libre designación y remoción y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº053-2022-PCM; y estando en uso de las facultades conferidas en los Lineamientos de Gestión de la Unidad Ejecutora Programa Subsectorial de Irrigaciones, aprobado mediante la Resolución Ministerial Nº 084-2020-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR a partir del 24 de octubre de 2025, al señor LUIS ALBERTO ZAMUDIO AUQUILLA en el cargo de con fi anza de Asesor de la Dirección Ejecutiva del Programa Subsectorial de Irrigaciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. Artículo 2.- ENCARGAR al señor LUIS ALBERTO ZAMUDIO AUQUILLA, la Jefatura de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Seguimiento del Programa Subsectorial de Irrigaciones, en adición a sus funciones.Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el portal institucional del Programa Subsectorial de Irrigaciones (www.gob.pe/psi), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese y comuníquese.JOSE LUIS PINO CARDENAS Director EjecutivoPrograma Subsectorial de Irrigaciones 2451528-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Aprueban precios de referencia y derechos variables adicionales a que se refiere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 020-2025-EF/15.01 Lima, 23 de octubre de 2025 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 115-2001-EF, se establece el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en el Anexo I del citado decreto supremo; Que, a través del Decreto Supremo N° 055-2016-EF que modi fi ca el Decreto Supremo N° 115-2001-EF, se varía la regulación contenida en los artículos 2, 4 y 7, así como los Anexos II y III de dicha norma; Que, mediante Decreto Supremo N° 286-2024- EF se actualizan las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de Maíz, Azúcar y Lácteos disponiéndose que tengan vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025 y se dispone que la Tabla Aduanera aplicable a la importación de Arroz aprobada por el Decreto Supremo Nº 152-2018-EF, tenga vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025; Que, de acuerdo a los artículos 4 y 7 del Decreto Supremo N° 115-2001-EF, mediante Resolución Viceministerial emitida por el Viceministro de Economía se publican los precios de referencia así como los derechos variables adicionales; Que, en ese sentido corresponde aprobar los precios de referencia obtenidos en base a las cotizaciones observadas en el periodo del 1 al 30 de setiembre de 2025 y los derechos variables adicionales respectivos; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Supremo N° 115-2001-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Apruébanse los precios de referencia y los derechos variables adicionales a que se re fi ere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF: PRECIOS DE REFERENCIA Y DERECHOS VARIABLES ADICIONALES (DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF) US$ por T.M. --------------------------------------------------------------------------------------------------- Maíz Azúcar Arroz Leche entera en polvo --------------------------------------------------------------------------------------------------- Precios de 202 474 490 4 340 Referencia Derechos Variables 0 48 85 (arroz cáscara) Adicionales 122 (arroz pilado) -447 --------------------------------------------------------------------------------------------------- Regístrese, comuníquese y publíquese. ERICK WILFREDO LAHURA SERRANO Viceministro de Economía 2451476-1