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14 NORMAS LEGALES Viernes 24 de octubre de 2025 El Peruano / por Decreto Supremo N° 063-2021-PCM, o norma que lo sustituya; Que, el numeral 19.1 del artículo 19 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas Jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, establece que, sin perjuicio de la aplicación de los mecanismos de consulta pública previstos en el Reglamento que desarrolla el Marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2021-PCM, o norma que lo sustituya, los proyectos de normas jurídicas de carácter general deben ser publicados en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso; Que, asimismo, de acuerdo con el literal c) del numeral 20.1 del artículo 20 del citado Reglamento, constituye uno de los elementos que debe de contener la publicación de los proyectos normativos, el plazo para la recepción de los comentarios, aportes u opiniones, que no debe ser menor a quince (15) días calendario, contados desde el día siguiente de su publicación, salvo disposición normativa de rango superior que establezca lo contrario; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Decreto Legislativo N° 1413, Decreto Legislativo para promover y facilitar el transporte marítimo en trá fi co de cabotaje de pasajeros y de carga; la Ley N° 32049, Ley que complementa y modi fi ca el Decreto Legislativo N° 1413, Decreto Legislativo para promover y facilitar el transporte marítimo en trá fi co de cabotaje de pasajeros y de carga; el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo N° 009-20024-JUS; y, el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicación del Proyecto Disponer la publicación del proyecto del Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de los Mecanismos de Promoción del Cabotaje establecidos en el artículo 2 de la Ley N° 32049, Ley que complementa y modi fi ca el Decreto Legislativo N° 1413, Decreto Legislativo para promover y facilitar el transporte marítimo en trá fi co de cabotaje de pasajeros y de carga, así como de su Exposición de Motivos, en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”, con el objeto de recibir los comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general, dentro del plazo de treinta (30) días calendario, contados a partir de su publicación. Artículo 2. Recepción y sistematización de comentarios Los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto de Decreto Supremo a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser remitidas a la sede principal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con atención a la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Acuático y Logístico de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, ubicada en Jr. Zorritos N° 1203 – Cercado de Lima, o a la dirección electrónica normasmultimodal@ mtc.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALDO M. PRIETO BARRERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 2451264-1VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Aprueban la Sección N° 1 del Manual de Perfiles de Puestos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 086-2025- VIVIENDA-SG Lima, 22 de octubre de 2025VISTOS: La Nota N° 170-2025-VIVIENDA/OGGRH de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos; el Memorando N° 1834-2025-VIVIENDA/SG-OGPP, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 0856-025-VIVIENDA/SG-OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, tiene por objeto establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, con la fi nalidad que dichas entidades alcancen mayores niveles de e fi cacia y efi ciencia, y presten efectivamente servicios de calidad a través de un mejor Servicio Civil, así como promover el desarrollo de las personas que lo integran; Que, el numeral 1 de la cuarta disposición complementaria fi nal de la Ley N° 30057, establece que, para la aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) la entidad debe contar con el Manual de Per fi les de Puestos (MPP), que contenga, como mínimo, los puestos de funcionarios públicos y servidores de con fi anza; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 00018-2024-SERVIR-PE se aprueba la Directiva N° 003-2024-SERVIR-GDSRH, “Diseño de per fi les de puestos y elaboración, aprobación, administración y modi fi cación del Manual de Per fi les de Puestos”, la cual tiene por fi nalidad que las entidades públicas cuenten con reglas que les permitan elaborar per fi les de puestos y/o cargos de los distintos regímenes laborales para gestionar los procesos de selección, vinculación, inducción, periodo de prueba, desplazamiento, evaluación del desempeño, capacitación y, en los casos que corresponda, progresión en la carrera, en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos (SAGRH); Que, mediante O fi cios N° 001664-2025-VIVIENDA/ SG de fecha 11 de setiembre de 2025 y N° 01830-2025-VIVIENDA/SG de fecha 26 de setiembre de 2025, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – MVCS remite a la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR la propuesta de la Sección N° 1 del Manual de Per fi les de Puestos de la entidad, en cumplimiento del numeral 26.3 del artículo 26 de la Directiva N° 003-2024-SERVIR-GDSRH; propuesta que contiene sesenta y dos (62) per fi les de puestos priorizados de la estructura de recursos humanos de la entidad; Que, mediante O fi cio N° 01117-2025-SERVIR-PE de fecha 15 de octubre de 2025, SERVIR remite al MVCS el Informe Técnico N° 000230-2025-SERVIR-GDSRH, emitido por su Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, el cual contiene la opinión favorable respecto de la propuesta antes señalada, conforme a lo establecido en el numeral 27.2 del artículo 27 de la Directiva N° 003-2024-SERVIR-GDSRH; Que, en atención a lo dispuesto en los incisos 27.8 y 27.9 del artículo 27 de la Directiva N° 003-2024-SERVIR- GDSRH, una vez noti fi cada la opinión técnica favorable de SERVIR, la entidad pública que elabora y presenta la propuesta de MPP, la aprueba mediante resolución del titular. Dicha aprobación se realiza en un plazo no mayor a los cinco (5) días hábiles, contabilizados desde la fecha